Estos son los caminos legales que tienen las víctimas de las manifestaciones

Los heridos o familias de las víctimas mortales tienen derecho a ser representados por un abogado, a que la Fiscalía investigue los hechos y a que se les brinde reparación.

Diego Ojeda
16 de septiembre de 2020 - 03:00 a. m.
Expertos recomiendan a las víctimas buscar representación de abogados ajenos al Estado.
Expertos recomiendan a las víctimas buscar representación de abogados ajenos al Estado.
Foto: Mauricio Alvarado

En medio de las manifestaciones del pasado 9 y 10 de septiembre, según el informe de las autoridades, se registraron nueve muertos, 240 civiles y 196 policías lesionados. También actos vandálicos como los destrozos en 69 CAI y la afectación de 37 buses de Transmilenio y 49 buses del SITP. Mientras la ciudad trata de salir de este oscuro episodio, lo que vienen son las investigaciones penales y disciplinarias para tratar de identificar a los responsables, tanto de los ataques a uniformados y ciudadanos, como de los actos vandálicos.

El Espectador consultó a varios abogados para brindar detalles sobre cuáles son las vías legales que tienen todos los afectados y las familias de las víctimas mortales para reclamar sus derechos a la verdad, a la justicia y a que se les brinde reparación. Julio Andrés Sampedro, abogado litigante en derecho penal y exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad Javeriana, explica que en principio los afectados pueden constituirse como víctimas en los procesos penales que adelanta la Fiscalía, en el marco de esta jornada de manifestaciones. “Esos procesos son competencia de la jurisdicción ordinaria, es decir, de la Fiscalía y de sus delegados”, asegura. Incluso, si así lo recomiendan los abogados en su estrategia, estas personas podrían agruparse y conformar una asociación de víctimas.

El camino legal al que pueden acceder los afectados comienza con la presentación de las denuncias en el ente acusador, que se pueden hacer en cualquiera de las oficinas que tiene en el país, o mediante su canal de atención electrónica. Según María Alejandra Garzón Mora, abogada defensora de derechos humanos, de la Asociación Red de Defensores y Defensoras DH Colombia, cree importante que en ese momento la información que aporten las víctimas sea lo más detallada posible en términos de fecha, hora, lugar, las personas que estuvieron cerca del afectado, los traslados que le hicieron, qué fue lo que originó su lesión y demás circunstancias de contexto que ayuden a este ente en la recolección del material probatorio.

Sampedro agrega que cada uno de los afectados tiene derecho a ser representado por un abogado, en la medida de lo posible, que sea de confianza. Pero si la persona no tiene los recursos para pagar uno, la ley establece la posibilidad de que la Defensoría del Pueblo le nombre uno de oficio, que represente sus derechos. Para este tipo de delitos, Garzón recomienda que las víctimas se apoyen en organizaciones no gubernamentales, “porque son casos en donde las personas se enfrentan al mismo Estado. Hay que ser estratégicos para la búsqueda de la justicia”, dice al poner como ejemplo Temblores, al Comité de Solidaridad de Presos Políticos, al Cajar, a DH Colombia y al Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice).

Garzón también asegura que a la par del proceso penal, las víctimas pueden comenzar un proceso disciplinario ante la Procuraduría General de la Nación, para que los comandantes y policías involucrados sean investigados y, eventualmente, se logren las respectivas destituciones. De igual forma, se puede promover ante la justicia administrativa un proceso de reparación directa.

“Esta es una demanda que se presenta en contra del Ministerio de Defensa-Policía Nacional a los juzgados administrativos, en la que se busca la indemnización de los perjuicios causados. Para presentarla hay un término de caducidad de dos años a partir de la fecha de los hechos. Es importante que la familia o el abogado de la familia sean quienes aporten las pruebas”, explica.

Sampedro agrega que el cálculo de la reparación se realiza de acuerdo con las pruebas y las responsabilidades que se muestren dentro del proceso, que esto es algo que puede tardar entre uno y dos años, pero que en ese tiempo se pueden brindar ayudas del Estado (como sepelios y gastos médicos). “La reparación por el delito se generará cuando se produzca la sentencia”, explica.

La Secretaría de Gobierno también ha puesto a disposición de las víctimas una asistencia inmediata que, además de la asesoría jurídica, les brinda una valoración médica y psicológica, apoyo en trámites que tengan que ver con otra entidad (como auxilios funerarios), atención del ICBF (en caso de que sea un menor de edad), así como protección y asistencia para los afectados y sus familiares hasta en primer grado de consanguinidad, civil o su compañero permanente.

Sin duda, estos días han sido una prueba a la confianza que tiene la ciudadanía en la Policía, y el desarrollo de cada uno de estos procesos penales y disciplinarios será una prueba más, esta vez, para el sistema judicial colombiano.

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Alexandra(gqu63)16 de septiembre de 2020 - 09:07 a. m.
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arturo(6208)16 de septiembre de 2020 - 12:44 p. m.
Ok perfecto y los policías q resultaron heridos por los terroristas también tiene. Derecho a denunciar correcto
  • Nelson(11961)16 de septiembre de 2020 - 01:57 p. m.
    Obvio, lo que no tienen derecho es a aplicar la pena de muerte ( menos indiscriminada).
Alexandra(gqu63)16 de septiembre de 2020 - 09:05 a. m.
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