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En horas de la tarde del miércoles 12 de febrero se registró un grave incendio en un local de colchones ubicado en el centro comercial Outlet Factory, en la Calle 9 con Carrera 62, en la Av. de las Américas, al occidente de Bogotá.
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Para controlar la situación, los Bomberos de las estaciones Puente Aranda, Central, Restrepo y el Equipo Técnico de Rescate realizaron maniobras de ventilación mecánica.
Por la cantidad de humo y por el riesgo de que las llamas se extendieran a otros locales, 200 personas fueron evacuadas y finalizadas las labores de atención, Bomberos Bogotá reportó que no se registraron personas heridas. Los organismos de socorro atendieron, además, una fuga en el sistema contra incendios (que falló en el momento de la emergencia) dentro de la fábrica de colchones hasta aproximadamente las dos de la tarde.
✅ Situación controlada
— Bomberos Oficiales de Bogotá (@BomberosBogota) February 12, 2025
🔄 Se evacuaron aproximadamente 200 personas como medida preventiva.
🔥 100 % liquidado se procede con el Equipo de Investigación de Incendios a investigar origen y causa
⚠️ No se reportan personas lesionadas. Seguimos atentos. pic.twitter.com/00CujzQdCk
La situación fue controlada en un 100% y se dio inició a una investigación para determinar las posibles causas del incidente. Así mismo, el centro comercial permanece habilitado.
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Multas por generar incendios en Colombia
Según lo tipificado en el Código Penal, en el artículo 350, estos son los tres tipos de incendios en los que se podría incurrir en delitos, junto con sus respectivas sanciones:
- Incendio a objetos: La norma sanciona a aquellas personas que incendien un objeto o elemento tangible y material, que pueda ser trasportado fácilmente de un lugar a otro, con una multa que alcanza los $195 millones de pesos y hasta 12 años de cárcel, según lo determine un juez. Quien “prenda fuego en cosa mueble incurrirá en prisión de 16 a 144 meses y multa de 13.33 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, asegura el artículo.
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- Incendio a inmuebles: En caso de que la conducta sea dirigido a un “inmueble u objeto de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público o de utilidad social”, la sanción podría llegar hasta los 15 años de prisión y multa de hasta $975 millones. “La prisión será de 32 a 180 meses y multa de 133.33 a setecientos cincuenta 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, asegura la norma.
- Incendio forestal: Este es el caso con mayor sanción, debido a que la ley indica que “quien destruya, inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales incurrirá en prisión de 60 a 135 meses, y multa de 167 a 18.750 salarios mínimos legales mensuales vigentes”. Esto significa que, si el juez así lo determina, podría sancionar con 11 años de cárcel y una multa de $24 mil millones.
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Por Redacción Bogotá
