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Grafiteros de Cáqueza: juez respalda su libertad de expresión

Integrantes del grupo “Unión de jóvenes Caqueceños” acudieron a las acciones de tutela, luego de que la administración no les permitiera realizar grafitis alusivos a las movilizaciones sociales.

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Redacción Bogotá
02 de marzo de 2022 - 11:06 p. m.
El fallo ordena a a la Alcaldía municipal dar una respuesta a fondo de los derechos de petición solicitados por los jóvenes.
El fallo ordena a a la Alcaldía municipal dar una respuesta a fondo de los derechos de petición solicitados por los jóvenes.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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El Juzgado Promiscuo Familia de Cáqueza informó el fallo de la tutela en segunda instancia formulada por los jóvenes Andrés Felipe Quintero Gómez y Jorge Alexander Rojas. El juez advierte que existió una vulneración del derecho a la libre expresión por parte de la administración municipal.

Los hechos iniciaron cuando los jóvenes, pertenecientes al grupo ”Unión de jóvenes Caqueceños”, le solicitaron a la alcaldía del municipio permiso para realizar grafitis en una pared, ubicada a las afueras del coliseo municipal, con contenido relacionado con la protesta social pacífica en agosto del 2021.

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Sin embargo, la administración negó la solicitud alegando que “No es posible discernir claramente el aporte de la misma a la conservación y/o exaltación de la cultura caqueceña, ni la construcción de escenarios de paz y sana convivencia”, se lee en la acción de tutela. Los jóvenes en respuesta a esto acudieron a una primera tutela, en la cual les dieron por respuesta que no se advierte vulneración alguna de los derechos fundamentales por parte del ente municipal.

En este punto decidieron optar por un recurso de apelación, el cual indicó que la respuesta otorgada por la administración municipal fue de carácter genérico, pues esta “no ofrece ningún tipo de análisis que permita concluir cuáles son las razones para determinar que el citado mural no aporta nada a la cultura caqueceña, ni a los espacios de paz y la sana convivencia”, se registra en el documento legal.

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Además, en el fallo se establece que se vulneraron los derechos de petición y libre expresión a estos jóvenes, lo que permite concluir que “se revoca la decisión en primera instancia, y en su lugar, se tutelarán los derechos fundamentales de petición y libre expresión de los demandantes”.

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Por Redacción Bogotá

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