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¡Ojo! Por esta razón usted podría estar en la lista de deudores morosos del Estado

El próximo 1 de agosto la Contaduría General de la Nación publicará oficialmente el informe semestral de deudores.

Redacción Bogotá
06 de julio de 2023 - 01:13 a. m.
Las personas que tengan obligaciones con seis (6) meses de mora y por
un valor superior a cinco (5) SMMLV serán reportadas en el BDME.
Las personas que tengan obligaciones con seis (6) meses de mora y por un valor superior a cinco (5) SMMLV serán reportadas en el BDME.
Foto: Getty Imeges

La Alcaldía de Bogotá emitió un comunicado en el que anuncia que todos aquellos ciudadanos que a la fecha tengan impuestos con un periodo de morosidad mayor a seis meses y por un valor superior a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes, será reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado que emite semestralmente la Contaduría General de la Nación.

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Asimismo, el reporte incluirá a los contribuyentes que han incumplido los acuerdos de pago suscritos con la Secretaría Distrital de Hacienda. La publicación del listado final del boletín está prevista para el 1 de agosto de 2023.

Juan Mauricio Ramírez, secretario de Hacienda, hizo un llamado a los deudores para que paguen los “saldos pendientes en los impuestos distritales, como Predial, Vehículos Automotores, ICA, ReteICA y Delineación Urbana, entre otros, y eviten ser reportados en este boletín”, manifestó Ramírez.

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Si desean conocer sus obligaciones tributarias pendientes, los contribuyentes pueden ingresar al sitio web de la Secretaría, www.haciendabogota.gov.co. Allí, en el botón “Boletín de deudores”, según el tipo de impuesto, puede generar los recibos y realizar los pagos correspondientes.

En el caso de Predial y Vehículos, solo debe tener a la mano el número de identificación del propietario y el CHIP o la placa; con respecto a los demás impuestos, tendrá que ingresar a la Oficina Virtual y verificar las obligaciones pendientes de pago.

Boletín de Deudores Morosos del Estado

Debe tener en cuenta que el objetivo del Boletín de Deudores Morosos del Estado no es dar a conocer la historia crediticia o la capacidad de pago de las personas naturales o jurídicas, sino apoyar el proceso de depuración y saneamiento de las cuentas públicas, y a través de ello, realizar una efectiva gestión de cobro. Por tanto, las entidades del Estado no podrán realizar el registro de un deudor sin plena identificación o número de obligaciones, o algún otro dato parcial o incompleto.

De acuerdo con lo estipulado por la ley, a los deudores se les deberá avisar con más de 20 días de antelación, la decisión de reportarlo. De igual manera, cuando alguien haya saldado su deuda y por error, aparezca en el boletín, la persona puede solicitar a la entidad reportante proceder de forma inmediata con la eliminación del registro en el BDME.

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Ahora, si usted saldó su deuda, luego de publicado el BDME, debe demostrar la cancelación de la deuda o la suscripción del acuerdo de pago, y así, la entidad que lo reportó, deberá de forma inmediata, vía CHIP, efectuar el retiro del deudor de la página Web de la Contaduría General de la Nación para que sea excluida del boletín.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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