Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La causa de la dificultad por la que está pasando el exdiputado del departamento de Atlántico, Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro Urrego, es muy simple. La Fiscalía General de la Nación, como ente acusador, le enrostra a este político que entre mayo de 2021 y diciembre de 2023 gastó un total de $1.205 millones que “no son producto de su labor como diputado”.
Los ingresos anuales del hijo del jefe del Estado como servidor público del departamento de Atlántico llegan a penas a $280 millones, resultando un incremento, hasta ahora injustificado, de su patrimonio. Por esa razón, se le acusa de cometer presuntamente el delito de “enriquecimiento sin justa causa” y el delito de “lavado de activos” consagrados en los artículos 412 y 323 del Código Penal, respectivamente.
El tipo penal del “enriquecimiento sin justa causa” exige simplemente que quién lo comenta se trate de un servidor público o haya desempeñado funciones públicas, como lo fuera e hiciera Nicolás Petro Burgos. También que durante su vinculación con la administración (en este caso con la Asamblea Departamental de Atlántico) o dentro de los cinco (5) años posteriores a su desvinculación (los hechos investigados corresponden al lapso durante el cual se desempeñó como diputado), obtenga, para sí o para otro, incremento patrimonial injustificado. Nada más exige la norma penal. El lavado de activos es un delito que consiste en dar apariencia de legalidad a bienes o dinero provenientes de actividades ilícitas.
El fiscal del caso, Mario Burgos, respecto al enriquecimiento sin justa causa, allega junto con la acusación una relación muy sustentada de gastos que el investigado Petro Burgos efectuó, la gran mayoría en dinero efectivo, durante el lapso de que se ocupa la investigación penal. También sustenta el fiscal Burgos que el investigado Petro Burgos nunca ha reportado ingresos por otros conceptos, como podría ser el producto de actividades empresariales o profesionales, etc. que no fueran incompatibles con su labor como servidor público. Los únicos ingresos reportados oficialmente por Petro Burgos son notoriamente insuficientes para cubrir los gastos efectuados.
La acusación de la Fiscalía parece ser muy sólida; tanto que, como todos recordarán, el hijo del presidente frente a la evidencia inicialmente en un gesto de grandeza con su hijo por nacer entonces (ya nació), dijo ante el juzgado de control de garantías y ante el país entero que colaboraría con la Justicia e incluso que delataría a los responsables por el ingreso de dineros no reportados en la campaña presidencial de su padre.
Después de la visita de éste -quien dice no haberlo criado- en un gesto de mediocridad y mezquindad, el investigado Petro Burgos se empezó a retractar y hoy se dice paradójicamente inocente. Su talón de Aquiles se llama Day Vásquez, su engañada exesposa, quién lo delató en detalle.
La defensa del hijo del mandatario no la tiene fácil y en la etapa del Juicio que comienza deberá demostrar que el fiscal del caso le endilga unos gastos que Petro Burgos no efectuó o justificar el ingreso de $1.205´750.000,00 para haberlos hecho. De no ser así, se enfrenta a una pena de entre 9 a 15 años de prisión, multa equivalente al doble del valor del enriquecimiento e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses.
Petro Burgos no es el único, ni el primero ni será el último político que hace de la noble e importante actividad de la política su perverso modo de vida para enriquecerse por cuenta del erario y acumular poder político.
En la siguiente entrega seguiremos desarrollando el tema.
