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El servicio público de aseo, como el servicio público de acueducto y alcantarillado, son servicios públicos domiciliarios regidos por un régimen constitucional y legal especial con ocasión de la expedición de la Constitución Política en 1991 y, particularmente, de la ley 142 de 1994 que desarrolla los preceptos constitucionales sobre la materia.
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El régimen prescribe que los distritos y municipios son prestadores excepcionales de dichos servicios, de tal manera que la regla general es que su prestación sea libre y en condiciones de igualdad por parte de empresas de servicios públicos (ESP) sean estas de carácter oficial, privado o mixto, donde corresponde al usuario escoger libremente a su prestador.
En el Distrito Capital de Bogotá aplica el mismo régimen constitucional y legal de prestación de estos servicios públicos domiciliarios que en cualquiera otro municipio del país, sin importar su tamaño.
En la Ciudad Capital la prestación del servicio de aseo se encuentra a cargo de cinco (5) ESP de naturaleza privada que tienen sendos contratos de concesión con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP). Contratos que no tienen otro sustento y motivo legal que garantizar la extensión de la cobertura del servicio a todos los usuarios de menores ingresos y, en consecuencia, garantizarles a los concesionarios la debida exclusividad que les permita cumplir con la ampliación requerida en la cobertura del servicio.
En cuanto a la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado en Bogotá puede hacerlo cualquier ESP, pero la empresa que lo presta a la inmensa mayoría de usuarios distritales es la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. (EAAB ESP), empresa de propiedad del Distrito Capital.
La designación de quienes ejerzan la dirección general de la UAESP y la gerencia general de la EAAB ESP, corresponde al alcalde mayor de la capital de los colombianos; por esta razón, la responsabilidad de asegurar la eficiente prestación de estos servicios públicos esenciales es exclusiva del mandatario de los bogotanos, Carlos Fernando Galán Pachón.
El alcalde mayor designó como gerente general de la UAESP a la economista Consuelo Ordoñez de Rincón y como gerente general de la EAAB ESP a la también economista Natasha Avendaño. Ambas profesionales con amplísima experiencia gerencial y ejecutiva, estudios superiores del más alto nivel, intachable hoja de vida, además de una especialísima experticia en régimen de los servicios públicos domiciliarios, como lo demandan los cargos para los cuales fueron designadas.
El alcalde Galán Pachón no solo acertó en el nombramiento de estas dos mujeres de hierro por su probada solidez personal y profesional, sino que difícilmente hubiera podido encontrar a dos mejores profesionales con el talante y la capacidad de cumplir dignamente con el honor de servirle a los bogotanos para garantizarles la prestación de vitales servicios públicos como son el aseo, el acueducto y el alcantarillado.
El reto de la directora Ordoñez de Rincón es inmenso en la urgente y necesaria tarea de recuperar el muy buen servicio de aseo con el que contaba la ciudad hace más de una década. Por su parte, la gerente Avendaño tiene en sus manos el no menos importante reto de dirigir y robustecer aún más a la empresa de acueducto y alcantarillado más importante del país.
Me aventuro a señalar que en breve Bogotá advertirá un positivo cambio en estos servicios, en especial en lo que refiere al servicio de aseo que en los últimos años -más de una década- ha estado bajo la torpe, ineficiente e ineficaz dirección de quienes han gerenciado la UAESP, como lo demuestra el estado de suciedad de la ciudad.
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