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Secretaría de Hacienda amplió plazo para declarar y pagar impuesto de ICA

Tras fallas técnicas durante el fin de semana, la entidad distrital anunció que hasta este 24 de septiembre, los contribuyentes pueden realizar su trámite

Redacción Bogotá
23 de septiembre de 2024 - 09:39 p. m.
Tras fallas técnicas durante el fin de semana, la entidad distrital anunció que hasta este 24 de septiembre, los contribuyentes pueden realizar su trámite
Tras fallas técnicas durante el fin de semana, la entidad distrital anunció que hasta este 24 de septiembre, los contribuyentes pueden realizar su trámite
Foto: El Espectador - José Vargas
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El 20 de septiembre, la secretaría de Hacienda declaró la contingencia en el vencimiento del cuarto bimestre de la retención del impuesto de Industria y Comercio del año gravable 2024, luego de que la plataforma Si-Capital presentara fallas técnicas, debido a la alta demanda de los contribuyentes que desbordó la capacidad de los sistemas impidiendo así la liquidación y pago de la mencionada retención.

De esta manera, y luego de superar la coyuntura, la entidad distrital amplió el plazo de declaración y pago para este martes 24 de septiembre, con el fin de que los contribuyentes estén al día con el cuarto bimestre del impuesto ICA.

“Vale la pena recordar que, por la novedad, los contribuyentes no deben pagar sanciones ni intereses de mora, siempre y cuando paguen en la fecha establecida y mencionada anteriormente. Reiteramos nuestras excusas por los inconvenientes causados y agradecemos a los contribuyentes que ya cumplieron con sus obligaciones tributarias”, señalaron.

De acuerdo con el Calendario Tributario 2024 están pendientes la declaración y pago del quinto bimestre, que se debe realizar el 20 de diciembre; y el sexto y último bimestre, que tiene fecha límite para el 21 de febrero de 2025.

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El impuesto de Industria y Comercio se genera por el ejercicio o la realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción de Bogotá, ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ello.

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