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Seguros, bancos y vehículos: los reclamos por el aumento del ICA que se discute en Bogotá

La reforma tributaria de Bogotá aumentaría el ICA de aseguradoras, bancos y comerciantes de vehículos. Hacienda defiende el ajuste, mientras los gremios advierten posibles efectos sobre sus clientes y la inversión. ¿Cuánto cambia el impuesto y qué sabemos de sus posibles efectos?

18 de septiembre de 2026 - 07:00 a. m.
Billetes colombianos de distintas denominaciones, imagen de referencia para la nota sobre el aumento del ICA en Bogotá.
Foto: Twitter @Barranquilladgl
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De los múltiples reparos alrededor de la Reforma Tributaria, que radicó la administración de Carlos Fernando Galán y que discute la plenaria del Concejo, se suman los del sector financiero y de seguros. Detrás de una póliza para proteger la vivienda; un crédito para comprarla, o un vehículo para trabajar hay empresas que pagarían más impuesto de Industria y Comercio (ICA). Esta medida abrió una discusión sobre cuánto de este impacto pueden absorber los negocios y qué parte podría llegar a sus clientes.

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El debate, que forma parte del proyecto de Acuerdo por una Ciudad Inteligente, superó la etapa en la comisión de hacienda el 9 de septiembre y el 15 comenzó el debate en plenaria del cabildo. Según el Distrito, con una serie de aumentos de los impuestos locales, a través del predial y del ICA, aspira a recaudar COP 1,08 billones adicionales al año. El proyecto contempla alivios e incentivos, modificando las tarifas del ICA, con reducciones para 275 actividades y aumentos para 169. La expectativa de recaudo corresponde al paquete completo, no exclusivamente a los sectores financiero, asegurador y automotor.

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¿Qué cambiaría para las aseguradoras?

Para dimensionar el ajuste conviene empezar por las tarifas. En respuesta a El Espectador, la Secretaría de Hacienda explicó que las actividades de seguros paga por el ICA 14 pesos por cada 1.000 que reporten en ingresos (14 por mil) y la propuesta es aumentarlo a 21 por mil.. Sin embargo, durante el primer debate se estableció una escala que partiría de 20 por 1.000 hasta 2027; bajaría a 19 en 2028, y quedaría en 18 desde 2029. Su aplicación comenzaría en el siguiente período gravable después de la aprobación del acuerdo, precisó la entidad.

Esas tarifas se cobran sobre una base particular. Según Hacienda, para las compañías de seguros de vida, seguros generales y reaseguradoras el impuesto se calcula sobre las primas retenidas, conforme a la Ley 14 de 1983. En términos sencillos, corresponden a lo que permanece en la aseguradora después de pagar al reasegurador, por asumir parte del riesgo que cubre una póliza.

Asimismo, la Secretaría aclaró que el tratamiento depende de la actividad económica bajo la cual tribute cada entidad, por lo que no se puede atribuir automáticamente el mismo incremento a seguros, medicina prepagada y planes complementarios. Por otra parte, los servicios de salud propiamente dichos tendrían un ajuste de 9,66 a 10 por 1.000, incluso cuando los preste una empresa que también desarrolla actividades aseguradoras.

La diferencia importa para entender el posible efecto sobre el usuario. Hacienda señaló que “su incidencia no necesariamente se traduce en un aumento de precios” y explicó que intervienen el margen disponible, la competencia y la sensibilidad de la demanda. Su respuesta, sin embargo, no cuantificó cuánto del incremento podrían absorber las compañías ni cuánto trasladarían a sus clientes.

Los reparos de bancos y comerciantes de vehículos

La preocupación por ese traslado también aparece en el reclamo bancario. Jonathan Malagón, presidente de Asobancaria, manifestó junto con Colombia Fintech su rechazo a la propuesta inicial y advirtió posibles efectos sobre hogares, empresas y emprendedores. “Bogotá no puede encarecer el crédito y al mismo tiempo aspirar a atraer más inversión”, escribió en una publicación.

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Cuando Asobancaria formuló ese reclamo, la propuesta buscaba subir la tarifa del ICA del sector financiero de 14 a 21 por 1.000 (parecido al de las aseguradoras), lo cual representaba un incremento del 50 %. Sin embargo, durante el primer debate, el Concejo ajustó el aumento y estableció una tarifa de 20 por 1.000 hasta 2027; 19 en 2028, y 18 desde 2029, según Hacienda. Así, la versión que pasó a plenaria mantiene un incremento frente a la tarifa actual, aunque menor al que cuestionó inicialmente el gremio.

Por otro lado, Fenalco Bogotá Cundinamarca pidió retirar el incremento para la comercialización de vehículos y motocicletas, cuya tarifa, según el gremio, pasaría de 6,9 a 11 por 1.000. Su director, Juan Esteban Orrego, relacionó el ajuste con decisiones sobre inversión y expansión fuera de la capital, al advertir que “cuando se incrementa de manera permanente el costo de operar en Bogotá, las empresas empiezan a tomar decisiones”.

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No obstante, tras varias conciliaciones en el Concejo, surgidas al finalizar el primer debate en el Recinto de los Comuneros, Hacienda informó que dicho aumento variaría según la comercialización del tipo vehículos. De esta forma, el nuevo ajuste tendría tarifas de ICA de 8 por 1.000 para eléctricos, 10 para híbridos y de 11 (la tarifa plena inicial) para los demás.

Para dimensionar el cambio, piense en lo siguiente. Sobre una misma base gravable de COP 100 millones, el comerciante pagaría actualmente COP 690.000, tomando como referencia la tarifa de 6,9 por mil originalmente y según el tipo de automotor. Esa diferencia representa el 15,9 % del impuesto actual; es decir, que por cada COP 100 que hoy paga, desembolsaría aproximadamente COP 15,9 más. Aplicando la misma comparación, el pago por híbridos aumentaría un 44,9 % y por los demás vehículos, un 59,4 %, según cálculos propios hechos para este reportaje.

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Estos porcentajes indican cuánto aumentaría el impuesto del comerciante, antes del efecto de la deducción en renta, y no cuánto subiría el precio de un vehículo. Además, el ejemplo mantiene constantes los ingresos gravables para aislar el cambio de tarifa; establecer cuánto de ese costo llegaría al comprador requiere conocer qué parte absorbería el negocio y qué parte trasladaría a sus clientes, lo cual es incierto todavía.

¿Cuánto representa el cambio para una aseguradora?

Para el caso de las aseguradoras, por cada $1.000 millones de base gravable, una aseguradora paga actualmente COP 14 millones de ICA. Y ahora, con la tarifa propuesta de 20 por mil, pagaría COP 20 millones, es decir, COP 6 millones adicionales y un incremento del 42,9 %.

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No obstante, de acuerdo con la variación propuesta en el texto que pasó el primer debate, el pago bajaría a COP 19 millones en 2028 y a COP 18 millones desde 2029, con incrementos del 35,7 % y del 28,6 % frente a la tarifa actual. Sin embargo, estas estamaciones recaen sobre una base gravable constante, antes del efecto de la deducción en renta y por lo tanto oo representan posibles aumentos en las pólizas.

¿Qué responde Hacienda y cómo funciona la deducción?

Frente a las advertencias del sector financiero, Hacienda sostiene que el ajuste responde a su capacidad contributiva y recuerda que la territorialidad del impuesto está sujeta a reglas legales. Asimismo, señala que el ICA efectivamente pagado puede deducirse en renta, lo que mitigaría su efecto sobre las empresas.

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La deducción, de hehco, permite restar ese gasto al calcular la renta sobre la cual se liquida el impuesto nacional. Por tanto, puede reducir el pago de renta, pero no equivale a recuperar íntegramente el ICA entregado a Bogotá. El ahorro depende de la tarifa aplicable y de las condiciones tributarias de cada compañía, aspectos necesarios para establecer cuánto le cuesta finalmente el incremento.

Pero esta discusión no es nueva o propia del debate que genera la inciativa del distrito, pues esta tensión tiene antecedentes, según explica Juan Carlos Torres, contador público especializado en tributación. El experto se remonta a un informe de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios de 2021. En dicho documento, explica Torres, “los expertos advirtieron que, al gravar los ingresos y no las ganancias, el ICA puede pesar especialmente sobre negocios que venden mucho, pero conservan poco después de pagar proveedores, trabajadores y otros gastos”.

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Además, sostiene el experto,los autores del estudio señalaron que los beneficios en el impuesto de renta no solucionaban completamente ese problema, pues solo podían aprovecharlos las empresas con utilidades y con la obligación de un impuesto de renta suficiente para aplicar el alivio. Por ello recomendaron eliminar el ICA, aunque reconocieron una dificultad relevante: los gobiernos locales dependen de ese recaudo, como le ocurre precisamente a Bogotá. Por ende, concluye Torres, “antes de retirarlo, habría que asegurar otras fuentes de financiación, mediante impuestos sobre inmuebles o mayores transferencias del Gobierno nacional”.

Para Bogotá, la discusión reúne así una necesidad de financiación y advertencias sobre la actividad económica que merecen evaluación. Las tarifas permiten medir la carga adicional; pero establecer qué parte llegará al consumidor exige examinar las condiciones de cada mercado. Esa distinción será decisiva para valorar tanto los ingresos que espera obtener la ciudad como los efectos que temen los gremios.

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Mientras el proyecto continúa su trámite, queda pendiente una pregunta que conecta las cuentas del Distrito con las de sus habitantes. Si las empresas absorben el incremento, este reducirá sus resultados; si lo trasladan, sus clientes podrían asumir parte del costo. La proporción dependerá de cada mercado y todavía no está cuantificada. Así, junto al recaudo que Bogotá espera obtener, la evaluación de la reforma tendrá que considerar qué ocurre con el acceso a los servicios y con las actividades económicas que contribuyen a financiar la ciudad.

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Por Miguel Ángel Vivas Tróchez

Periodista egresado de la Universidad Externado de Colombia interesado en Economía, política y coyuntura internacional. juvenalurbino97 mvivas@elespectador.com
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