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A la elección de Jhon Fredy Núñez a la curul de paz del Caquetá le ha salido un nuevo argumento en contra: de acuerdo con el abogado Antonio Luis García, quien es coadyuvante en la demanda contra él, la Registraduría habría cometido prevaricato, pues modificó una resolución después de que el Consejo de Estado hubiera decretado una medida cautelar que suspendió la elección del candidato.
Como investigó este diario, Núñez era cuestionado por su cercanía con políticos tradicionales del departamento del Caquetá, entre ellos el ex gobernador liberal Álvaro Pacheco, condenado por parapolítica. Jhon Fredy Núñez logró la votación más alta a la Curul de Paz del Caquetá con aval de la Fundación Igualdad Social. El proceso estuvo demandado incluso desde que Núñez era candidato, pues veedores y líderes argumentaban que él había pertenecido al Partido de Integración Nacional, luego llamado Opción Ciudadana, por el cuál fue candidato en oportunidades.
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Cabe recordar que los aspirantes a las curules de paz no podían haber militado antes en los partidos políticos con representación en el Congreso, tampoco estaban facultados para recibir apoyos de las maquinarias tradicionales. Esto estaba expresamente prohibido en el decreto que revivió las curules de paz, ya que el propósito de esas 16 sillas en la Cámara de Representantes era darle voz a las víctimas y los territorios más golpeados por el conflicto armado.
Jhon Fredy Núñez incurría en esta causal de inhabilidad: fue miembro del Partido Opción Ciudadana por lo menos desde 2009, según se evidenció en sus candidaturas con aval de esa colectividad y en publicaciones que él mismo hizo en sus redes sociales donde aseguraba ser directivo del partido. Opción Ciudadana resultó inmerso en múltiples escándalos por sus vínculos con los paramilitares y muchos de sus miembros acabaron condenados en los procesos de la parapolítica.
Núñez no logró desvirtuar estos señalamientos, por eso el Consejo de Estado aceptó estudiar la demanda contra su elección. Pero lo decisivo fue que el Consejo de Estado impuso una medida cautelar que suspendió la elección mientras se pronuncia de fondo, por lo que Núñez no podía ser acreditado como congresista, por lo menos temporalmente y mientras el proceso siguiera su curso.
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Debido a lo anterior hubo sorpresa de ver a Jhon Fredy Núñez el día de la posesión del nuevo Congreso de la República, el pasado 20 de julio, cuando tomó el juramento y recibió las credenciales que lo acreditaron como congresista. Jaime Luis Lacouture, el secretario general de la Cámara de Representantes, dijo el 1 de agosto en respuesta a un derecho de petición que Núñez se posesionó porque la Cámara aún no había sido notificada de la decisión judicial pero que “una vez sea comunicada esta decisión, se procederá a la atención de las solicitudes ordenadas”.
De acuerdo con el documento de coadyuvancia allegado al Consejo de Estado por los demandantes, la elección de Jhon Fredy Núñez “no satisface los preceptos constitucionales imperantes y menos aún la teleología perseguida por el Acuerdo Final”, ya que el propósito del Acuerdo con las Curules de Paz era “garantizar representación a quienes nunca la han tenido”.
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La resolución de la discordia
El proceso contra Núñez se ha centrado en la interpretación del apartado que lo inhabilita, pues según los demandantes es muy claro que la norma le prohibía presentarse como candidato, mientras la defensa sostiene lo contrario: la última aspiración de Núñez a un cargo de elección popular por el partido Opción Ciudadana ocurrió en 2015 y por eso, según su defensa, no estaría impedido, pues fue 6 años antes de la norma que creó las Curules de Paz. En la resolución No. 10592 del 28 de septiembre de 2021 la Registraduría puntualizó que no podían aspirar a las curules de paz quienes hubieran sido candidatos por partidos políticos “en cualquier tiempo”, desarrollando lo que decía el acto legislativo que creó las curules de paz.
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Pero luego la misma Registraduría expidió una nueva resolución, la 20211 del 26 de julio de 2022, para eliminar la expresión “en cualquier tiempo” de la resolución anterior, lo que en opinión del abogado Antonio Luis García “es muy grave, porque para que un acto administrativo pueda modificar otro acto tiene que obedecer a razones meramente formales, como errores de digitación, desde mi perspectiva [lo que cambiaron] no es un error formal”, asegura García y esto se agravaría porque “un acto administrativo no puede reformar asuntos de fondo para reformar un acto anterior y lo están haciendo [...] Ahí hay un presunto prevaricato, puro y duro, la Registraduría está ajustando su normatividad interna en perjuicio de una medida provisional del Consejo de Estado”, sostiene el abogado, refiriéndose a la suspensión de la elección de Núñez.
Modificar la resolución de la Registraduría eventualmente favorece a Núñez, quien ha centrado su defensa en decir que siempre estuvo habilitado como candidato.
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Pero, además, la Corte Constitucional había hecho un control de constitucionalidad al acto legislativo que creó las Curules de Paz y se pronunció en la sentencia C-089 del 10 de marzo de 2022. En esa sentencia la Corte “no consideró que se debiera aplicar un factor temporal a la norma”, de acuerdo con la coadyuvancia a la demanda, eso significa que la resolución modificada también va en contra del fallo de la Corte, según García.
Aunque este diario ha intentado comunicarse con Jhon Fredy Núñez varias veces, incluso desde cuando era candidato antes de resultar electo, no ha sido posible conocer su versión sobre el caso. No obstante, en una entrevista con Enfoque Radio a finales de julio el candidato dijo que la demanda contra él era promovida por los que perdieron la elección con él y que estos candidatos actuaban “como la novia fea, que si no es para ella, no es para nadie”. La última vez que llamamos a Jhon Fredy Núñez a su número personal fue el 9 de agosto al cierre de este artículo, también le habíamos enviado preguntas antes por correo electrónico y por WhatsApp.
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¿La silla vacía como escenario probable?
Las candidaturas y resultados de las curules de paz fueron objeto de múltiples demandas, casi siempre aduciendo que los candidatos y hoy electos congresistas no estaban habilitados para aspirar a esa circunscripción especial. Aunque varias de estas demandas fueron aceptadas por el Consejo de Estado, el caso de Jhon Fredy Núñez es el más avanzado, además es el único que por el momento tiene una suspensión provisional sobre su elección.
Pero entre las pretensiones de la demanda contra Núñez hay un elemento interesante, pues piden que “se posesione a la candidata no elegida que según el orden de inscripción le siga en forma sucesiva y descendente dentro de la misma lista electoral [...] la señora Blanca Nubia Cunacué Noreña”. Esta petición es llamativa porque de fallarse a favor demostraría que la silla vacía no es el único escenario posible, en ese sentido, las comunidades y víctimas no perderían la curul. Blanca Nubia Cunacué es la fórmula de Núñez en la lista por la cual aspiraron ambos, avalada por la Fundación Igualdad Social.
El propio Núñez ha especulado con el tema en algunas entrevistas a medios, diciendo que de anularse su elección el Caquetá se quedaría sin esa silla en la Cámara de Representantes. La opinión en el departamento está dividida al respecto. Óscar Neira, un periodista local que ha hecho seguimiento al tema, considera que “sí hubo una disputa desigual” por la Curul de Paz en el Caquetá, pues “el señor Núñez venía de participar en la política tradicional, al contrario de los demás contendores, que era gente de las organizaciones y sin trayectoria en los escenarios electorales tradicionales”.