Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              04 de mayo de 2021 - 03:06 p. m.

                                                                                                                              ¿Qué hago si la Policía me detiene en medio de las protestas del Paro Nacional?

                                                                                                                              Desde 2019, la organización Dejusticia elaboró una guía práctica de bolsillo para salir a protestar, que fue actualizada este año para incluir medidas relacionadas con el COVID-19 en el actual Paro Nacional. El Espectador replica ese ABC.

                                                                                                                              Dejusticia

                                                                                                                              Cientos de ciudadanos se volcaron a las calles desde el pasado 28 de abril para protestar.
                                                                                                                              Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                              ANTES DE SALIR A MARCHAR DEBES SABER QUE:

                                                                                                                              1. El derecho a la protesta social es un derecho fundamental, reconocido y protegido legal y constitucionalmente. (Art 37 de la Constitución). (Lea aquí: “Nadie ha dado la orden de disparar”: director de la Policía, general Jorge L. Vargas)

                                                                                                                              2. La protesta está estrechamente relacionada con otros derechos también reconocidos y protegidos por la Constitución como la libertad de expresión, la libertad de asociación, la libertad de locomoción y el derecho a la participación. (Art 20, 38, y 40 de la Constitución, Sentencia T-518/92, Sentencia C-150/15, Sentencia C-223/17).

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              4. El derecho a la protesta tiene dos condiciones esenciales: debe ser pacífica y sin armas. Cualquier acción violenta que se realice dentro de una manifestación puede ser sancionada.

                                                                                                                              5. Tienes derecho a protestar pública y pacíficamente, de manera individual o colectiva, y por el tiempo que consideres necesario.

                                                                                                                              6. Nadie puede impedirte asistir a una protesta. Tampoco pueden obligarte a participar en ella.

                                                                                                                              “¡Qué rico echarles gases!”: la violencia sexual en el Paro Nacional - El Espectador

                                                                                                                              RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL CONTAGIO:

                                                                                                                              1. Lleva muchos tapabocas y cámbialos lo más que puedas. (En vivo Paro Nacional en Bogotá: más de 400 personas protestan en el centro)

                                                                                                                              2. Cambia el tapabocas cuando lo sientas húmedo.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              3. Intenta tener el tapabocas muy bien puesto y corregir a quienes no lo utilicen correctamente.

                                                                                                                              4. No compartas bebidas.

                                                                                                                              5. Aplícate constantemente gel antibacterial.

                                                                                                                              6. No salgas si tienes síntomas, necesitamos cuidado mutuo.

                                                                                                                              7. Si vives con alguien en categoría de riesgo, no tengas contacto y aíslate durante los siguientes 14 días.

                                                                                                                              8. Hazte una prueba de Covid-19 a los 7 días del último día de haber salido a protestar.

                                                                                                                              *Esta información fue incluida redactada con base en una entrevista a Diana Higuera, epidemióloga de la Universidad John Hopkins e investigadora de Epiandes.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              DURANTE LA PROTESTA TIENES DERECHO A:

                                                                                                                              1.Fotografiar, grabar o tomar cualquier tipo de registro del desarrollo de la manifestación. (Lea aquí: Estas son las 87 personas desaparecidas en el Paro Nacional, según Defensoría)

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              2. Pronunciar arengas, utilizar carteles, insignias y banderas para expresar tu opinión.

                                                                                                                              3. Ser tratada/o con igualdad, no ser discriminada/o ni estigmatizada/o.

                                                                                                                              4. Llevar tu cuerpo cubierto o descubierto, de la manera que prefieras. ***Nosotros consideramos que es una conducta constitucionalmente protegida pero muchos jueces o agentes policiales podrían tener opiniones distintas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              5. Que se garantice tu vida e integridad física: a no ser víctima de desaparición forzada, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. (Art 11 y 12 de la Constitución).

                                                                                                                              6. Una protesta no puede ser disuelta arbitrariamente. La Policía y el Esmad sólo pueden intervenir para aislar los focos de violencia y deben responder de manera proporcional y racional. (Sentencia T-456/92)

                                                                                                                              Plantón de volqueteros en Bogotá, Carrera Séptima con Calle 172.
                                                                                                                              Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga

                                                                                                                              SI TE DETIENE LA POLICÍA:

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              1.Puede hacerlo en dos casos: orden de captura y por estar cometiendo un delito en flagrancia. Si te detienen sin alguna de estas justificaciones es una detención arbitraria y la Policía no puede llevarte a ninguna parte. (Art 297, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              2. Tienes derecho a guardar silencio, a ser informado de tus derechos y de los cargos por los que te detienen. También a realizar una llamada telefónica. (Art 303, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              3. En caso de judicialización, la Policía debe llevarte ante un juez de control de garantías para definir la legalidad de la captura. Debe ocurrir dentro de las 36 horas después de la detención. (Art 297, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              4. Si pasan más de 36 horas sin llevarte ante el juez o la detención no tiene justificación, tú o una persona cercana puede presentar un habeas corpus frente a cualquier juez de la República para que ordene tu liberación inmediata. En este caso, como necesitas pruebas, es mejor que tú o la persona cercana contacte a una abogada. (Art 30 de la Constitución).

                                                                                                                              5. Tienes derecho a nombrar a una abogada. Si no tienes, el Estado debe brindar de manera gratuita a un defensor público.

                                                                                                                              Paro Nacional: noche violenta en Cali, Manizales y Floridablanca - El Espectador

                                                                                                                              OTROS CONSEJOS:

                                                                                                                              1.Evita generar o agravar cualquier conflicto, bien sea con otros manifestantes, con personas ajenas a la protesta o con la fuerza pública.

                                                                                                                              2. Crea un protocolo de seguridad con tus amigos: elijan un punto de encuentro y tengan a mano una lista de teléfonos en caso de emergencia.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              3. Si tienes alguna denuncia puedes hacerla ante la Fiscalía, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y algunas organizaciones sociales.

                                                                                                                              4. En caso de ser agredida por un miembro del Esmad, puedes identificarlo por el número que tenga en el casco o en su uniforme de protección.

                                                                                                                              5. Te recomendamos descargar nuestra investigación “Elogio a la Bulla: Protesta y Democracia en Colombia”.

                                                                                                                              SEIS NORMAS PARA TENER A LA MANO:

                                                                                                                              1.Artículo 11, Constitución Política: El derecho a la vida es inviolable, no habrá pena de muerte.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              2. Artículo 12, Constitución Política: Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

                                                                                                                              3. Artículo 20, Constitución Política: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial.

                                                                                                                              4. Artículo 37, Constitución Política: Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              5. Artículo 38, Constitución Política: Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

                                                                                                                              6. Artículo 297, Código de Procedimiento Penal: Para la captura se requerirá orden escrita proferida por un juez de control de garantías con las formalidades legales y por motivos razonablemente fundados […]

                                                                                                                              Puede descargar la guía completa aquí

                                                                                                                              Así se ve la Plaza de Bolívar en Bogotá en el Paro Nacional.
                                                                                                                              Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                              TELÉFONOS IMPORTANTES

                                                                                                                              Fiscalía General de la Nación:

                                                                                                                              Teléfono: 57(1) 570 20 00 – 57(1) 414 90 00

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Dirección: Avenida Calle 24 No. 52 – 01

                                                                                                                              Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos:

                                                                                                                              Teléfono: (57) (1) 658 3300

                                                                                                                              Dirección: Calle 113 No. 7-45, Torre B, Of. 1101. Ed. Teleport Business Park

                                                                                                                              Defensoría del Pueblo:

                                                                                                                              Teléfonos: (57) (1) 314 73 00 018000 914814

                                                                                                                              Dirección: Cra. 9 No 16- 21

                                                                                                                              Personería de Bogotá:

                                                                                                                              Teléfono: (57) (1) 3820450

                                                                                                                              Dirección: Cra. 7 #21-24

                                                                                                                              Procuraduría General de la Nación:

                                                                                                                              Teléfonos: (57) (1) 587 8750

                                                                                                                              01 8000 940 808

                                                                                                                              Dirección: Carrera 5 #15-80

                                                                                                                              Cientos de ciudadanos se volcaron a las calles desde el pasado 28 de abril para protestar.
                                                                                                                              Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                              ANTES DE SALIR A MARCHAR DEBES SABER QUE:

                                                                                                                              1. El derecho a la protesta social es un derecho fundamental, reconocido y protegido legal y constitucionalmente. (Art 37 de la Constitución). (Lea aquí: “Nadie ha dado la orden de disparar”: director de la Policía, general Jorge L. Vargas)

                                                                                                                              2. La protesta está estrechamente relacionada con otros derechos también reconocidos y protegidos por la Constitución como la libertad de expresión, la libertad de asociación, la libertad de locomoción y el derecho a la participación. (Art 20, 38, y 40 de la Constitución, Sentencia T-518/92, Sentencia C-150/15, Sentencia C-223/17).

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              4. El derecho a la protesta tiene dos condiciones esenciales: debe ser pacífica y sin armas. Cualquier acción violenta que se realice dentro de una manifestación puede ser sancionada.

                                                                                                                              5. Tienes derecho a protestar pública y pacíficamente, de manera individual o colectiva, y por el tiempo que consideres necesario.

                                                                                                                              6. Nadie puede impedirte asistir a una protesta. Tampoco pueden obligarte a participar en ella.

                                                                                                                              “¡Qué rico echarles gases!”: la violencia sexual en el Paro Nacional - El Espectador

                                                                                                                              RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL CONTAGIO:

                                                                                                                              1. Lleva muchos tapabocas y cámbialos lo más que puedas. (En vivo Paro Nacional en Bogotá: más de 400 personas protestan en el centro)

                                                                                                                              2. Cambia el tapabocas cuando lo sientas húmedo.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              3. Intenta tener el tapabocas muy bien puesto y corregir a quienes no lo utilicen correctamente.

                                                                                                                              4. No compartas bebidas.

                                                                                                                              5. Aplícate constantemente gel antibacterial.

                                                                                                                              6. No salgas si tienes síntomas, necesitamos cuidado mutuo.

                                                                                                                              7. Si vives con alguien en categoría de riesgo, no tengas contacto y aíslate durante los siguientes 14 días.

                                                                                                                              8. Hazte una prueba de Covid-19 a los 7 días del último día de haber salido a protestar.

                                                                                                                              *Esta información fue incluida redactada con base en una entrevista a Diana Higuera, epidemióloga de la Universidad John Hopkins e investigadora de Epiandes.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              DURANTE LA PROTESTA TIENES DERECHO A:

                                                                                                                              1.Fotografiar, grabar o tomar cualquier tipo de registro del desarrollo de la manifestación. (Lea aquí: Estas son las 87 personas desaparecidas en el Paro Nacional, según Defensoría)

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              2. Pronunciar arengas, utilizar carteles, insignias y banderas para expresar tu opinión.

                                                                                                                              3. Ser tratada/o con igualdad, no ser discriminada/o ni estigmatizada/o.

                                                                                                                              4. Llevar tu cuerpo cubierto o descubierto, de la manera que prefieras. ***Nosotros consideramos que es una conducta constitucionalmente protegida pero muchos jueces o agentes policiales podrían tener opiniones distintas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              5. Que se garantice tu vida e integridad física: a no ser víctima de desaparición forzada, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. (Art 11 y 12 de la Constitución).

                                                                                                                              6. Una protesta no puede ser disuelta arbitrariamente. La Policía y el Esmad sólo pueden intervenir para aislar los focos de violencia y deben responder de manera proporcional y racional. (Sentencia T-456/92)

                                                                                                                              Plantón de volqueteros en Bogotá, Carrera Séptima con Calle 172.
                                                                                                                              Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga

                                                                                                                              SI TE DETIENE LA POLICÍA:

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              1.Puede hacerlo en dos casos: orden de captura y por estar cometiendo un delito en flagrancia. Si te detienen sin alguna de estas justificaciones es una detención arbitraria y la Policía no puede llevarte a ninguna parte. (Art 297, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              2. Tienes derecho a guardar silencio, a ser informado de tus derechos y de los cargos por los que te detienen. También a realizar una llamada telefónica. (Art 303, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              3. En caso de judicialización, la Policía debe llevarte ante un juez de control de garantías para definir la legalidad de la captura. Debe ocurrir dentro de las 36 horas después de la detención. (Art 297, Código de Procedimiento Penal).

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              4. Si pasan más de 36 horas sin llevarte ante el juez o la detención no tiene justificación, tú o una persona cercana puede presentar un habeas corpus frente a cualquier juez de la República para que ordene tu liberación inmediata. En este caso, como necesitas pruebas, es mejor que tú o la persona cercana contacte a una abogada. (Art 30 de la Constitución).

                                                                                                                              5. Tienes derecho a nombrar a una abogada. Si no tienes, el Estado debe brindar de manera gratuita a un defensor público.

                                                                                                                              Paro Nacional: noche violenta en Cali, Manizales y Floridablanca - El Espectador

                                                                                                                              OTROS CONSEJOS:

                                                                                                                              1.Evita generar o agravar cualquier conflicto, bien sea con otros manifestantes, con personas ajenas a la protesta o con la fuerza pública.

                                                                                                                              2. Crea un protocolo de seguridad con tus amigos: elijan un punto de encuentro y tengan a mano una lista de teléfonos en caso de emergencia.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              3. Si tienes alguna denuncia puedes hacerla ante la Fiscalía, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y algunas organizaciones sociales.

                                                                                                                              4. En caso de ser agredida por un miembro del Esmad, puedes identificarlo por el número que tenga en el casco o en su uniforme de protección.

                                                                                                                              5. Te recomendamos descargar nuestra investigación “Elogio a la Bulla: Protesta y Democracia en Colombia”.

                                                                                                                              SEIS NORMAS PARA TENER A LA MANO:

                                                                                                                              1.Artículo 11, Constitución Política: El derecho a la vida es inviolable, no habrá pena de muerte.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              2. Artículo 12, Constitución Política: Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

                                                                                                                              3. Artículo 20, Constitución Política: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial.

                                                                                                                              4. Artículo 37, Constitución Política: Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              5. Artículo 38, Constitución Política: Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

                                                                                                                              6. Artículo 297, Código de Procedimiento Penal: Para la captura se requerirá orden escrita proferida por un juez de control de garantías con las formalidades legales y por motivos razonablemente fundados […]

                                                                                                                              Puede descargar la guía completa aquí

                                                                                                                              Así se ve la Plaza de Bolívar en Bogotá en el Paro Nacional.
                                                                                                                              Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                              TELÉFONOS IMPORTANTES

                                                                                                                              Fiscalía General de la Nación:

                                                                                                                              Teléfono: 57(1) 570 20 00 – 57(1) 414 90 00

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Dirección: Avenida Calle 24 No. 52 – 01

                                                                                                                              Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos:

                                                                                                                              Teléfono: (57) (1) 658 3300

                                                                                                                              Dirección: Calle 113 No. 7-45, Torre B, Of. 1101. Ed. Teleport Business Park

                                                                                                                              Defensoría del Pueblo:

                                                                                                                              Teléfonos: (57) (1) 314 73 00 018000 914814

                                                                                                                              Dirección: Cra. 9 No 16- 21

                                                                                                                              Personería de Bogotá:

                                                                                                                              Teléfono: (57) (1) 3820450

                                                                                                                              Dirección: Cra. 7 #21-24

                                                                                                                              Procuraduría General de la Nación:

                                                                                                                              Teléfonos: (57) (1) 587 8750

                                                                                                                              01 8000 940 808

                                                                                                                              Dirección: Carrera 5 #15-80

                                                                                                                              Por Dejusticia

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar