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Restricción de vehículos de carga en diciembre: horarios de vías en festivos

Los vehículos de carga con peso igual o superior a las 3,4 toneladas tendrán restricciones de movilidad durante los festivos de diciembre. Estos serán los horarios y las vías en que regirá la medida.

07 de diciembre de 2023 - 08:07 p. m.
Así será la restricción de horarios y vías para vehículos de carga en Colombia.
Así será la restricción de horarios y vías para vehículos de carga en Colombia.
Foto: Peter H / Pixabay

El Ministerio de Transporte declaró que durante el puente festivo del Día de las Velitas (jueves 07 al domingo 10 de diciembre), el festivo de navidad (del 22 al 25 de diciembre) y en año nuevo (30 de diciembre al 1° de enero), habrá restricción para vehículos de carga en toda la red vial nacional. Le contamos qué días y en qué horarios no podrán transitar los vehículos que superen las 3.4 toneladas.

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Fechas y horarios: festivo de velitas

Jueves 07 diciembre 2023

Aplica únicamente en las vías del Departamento de Cundinamarca (sentido éxodo salida Bogotá). Igualmente, aplica en ambos sentidos en las vías “Bogotá – Tunja”, “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué” e “Ibagué - Calarcá - La Paila””.

Viernes 08 diciembre 2023

La medida regirá desde las 6:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. en todas las vías donde aplica la restricción, que podrá consultar en la parte final de la nota, exceptuando la vía “Popayán - Pasto – Ipiales - Rumichaca”.

Sábado 09 de diciembre 2023

La restricción aplica en ambos sentidos únicamente en las vías Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué e Ibagué - Calarcá - La Paila, desde las 4:00 p.m. hasta las 11:00 p.m.

Domingo 10 diciembre 2023

La medida regirá desde las 10:00 a.m. hasta las 11:00 p.m. en todas las vías donde aplica la restricción, que podrá consultar en la parte final de la nota.

En las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué” e “Ibagué - Calarcá - La Paila”, aplica en ambos sentidos desde las 08:00 a.m. hasta la 01:00 a.m. del lunes 11 de diciembre.

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Fechas y horarios: festivo de Navidad

Viernes 22 de diciembre 2023

Desde las 3:00 p.m. hasta las 11:00 p.m. Aplica únicamente en las vías del Departamento de Cundinamarca (sentido éxodo salida Bogotá). 12:00 p.m. hasta las 11:00 p.m. , aplica en ambos sentidos, en las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué.” e “Ibagué - Calarcá – La Paila”.

Sábado 23 de diciembre 2023

Desde las 06:00 a.m. hasta las 15:00 p.m., en todas las vías donde aplica la restricción, que podrá consultar en la parte final de la nota, exceptuando la vía “Popayán - Pasto – Ipiales - Rumichaca”.

Domingo 24 de diciembre 2023

No aplica

Lunes 25 de diciembre 2023

No aplica

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Fechas y horarios: Año Nuevo

Viernes 29 de diciembre 2023

Desde las 3:00 p.m. hasta las 11:00 p.m., aplica únicamente en las vías del Departamento de Cundinamarca (sentido éxodo salida Bogotá). Desde las 12:00 p.m. hasta las 11:00 p.m., aplica en ambos sentidos, en las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué.” e “Ibagué - Calarcá – La Paila”.

Sábado 30 de diciembre 2023

Desde las 06:00 a.m. hasta las 3:00 p.m., en todas las vías donde aplica la restricción, que podrá consultar en la parte final de la nota, exceptuando la vía “Popayán - Pasto – Ipiales - Rumichaca”.

Domingo 31 de diciembre 2023

No aplica

Lunes 1° de enero 2024

No aplica

Vías donde aplica la restricción

  • ARMENIA - MONTENEGRO - QUIMBAYA.
  • BARRANQUILLA - CARTAGENA (VÍA AL MAR).
  • BARBOSA - CISNEROS - SAN JOSÉ DEL NUS.
  • BOGOTÁ - CHÍA - CAJICÁ - UBATÉ - CHIQUINQUIRÁ - BARBOSA - SAN GIL - BUCARAMANGA.
  • BOGOTÁ - CHOACHÍ.
  • BOGOTÁ - LA CALERA - GUASCA - GUATAVITA - SESQUILÉ (INCLUYE YE DE SALITRE - SOPO - BRICEÑO).
  • BOGOTÁ - LA VEGA - VILLETA - HONDA Y CORÁN - GUADUAS.
  • BOGOTÁ - FUSAGASUGÁ - MELGAR - IBAGUÉ.
  • BOGOTÁ - TOCANCIPÁ - TUNJA.
  • BOSCONIA – ZAMBRANO - CARMEN DE BOLÍVAR - CRUZ DEL VISO – TURBACO - CARTAGENA.
  • BUCARAMANGA - PAMPLONA - CÚCUTA.
  • CARRETO - CALAMAR - SANTO TOMAS – SABANAGRANDE (ATL).
  • HONDA - DORADAL - MEDELLÍN.
  • IBAGUÉ - CALARCÁ – LA PAILA.
  • IBAGUÉ - HONDA.
  • MANIZALES - MARIQUITA - ARMERO.
  • MONTERÍA - CERETÉ - LORICA - COVEÑAS - TOLÚ - TOLUVIEJO - CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR).
  • MOSQUERA (DESDE PEAJE RÍO BOGOTÁ D.C.) - FACATATIVÁ – LOS ALPES.
  • NEIVA - GARZÓN - PITALITO.
  • PRIMAVERA - AMAGÁ - BOLOMBOLO - CIUDAD BOLÍVAR.
  • PRIMAVERA - LA PINTADA - LA FELISA - LA MANUELA.
  • PUERTO ARAUJO - PUERTO BOYACÁ.
  • PUERTA DE HIERRO – MAGANGUÉ- MOMPÓS - GUAMAL – EL BANCO – TAMALAMEQUE – EL BURRRO.
  • SANTA MARTA - PALOMINO.
  • SINCELEJO - EL CARMEN DE BOLÍVAR.
  • SOGAMOSO - TOQUILLA.
  • TUNJA - BARBOSA.
  • TUNJA - CHIQUINQUIRÁ.
  • TUNJA - DUITAMA - SOGAMOSO.
  • VILLAVICENCIO - CUMARAL.
  • VILLAVICENCIO - PUERTO LÓPEZ.
  • YE DE CIÉNAGA - FUNDACIÓN - SAN ROQUE - AGUACHICA.
  • YE DE HATILLO (BARBOSA-ANTIOQUIA) - YARUMAL - CAUCASIA.

Vías donde no aplica la restricción

  • BARRANQUILLA - YE DE CIÉNAGA.
  • BOGOTÁ - VILLAVICENCIO - ACACÍAS.
  • BUCARAMANGA - LA LIZAMA.
  • BUCARAMANGA - SAN ALBERTO.
  • CALI – POPAYÁN.
  • CÚCUTA - YE DE ASTILLEROS - SARDINATA - OCAÑA.
  • GIRARDOT – NARIÑO – GUATAQUÍ – CAMBAO.
  • MEDELLÍN - SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  • NEIVA - ESPINAL - GIRARDOT.
  • PALMIRA – LA YE DE VILLA RICA.
  • PEREIRA – CARTAGO – LA PAILA.

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