La Superintendencia Financiera de Colombia certificó el tope máximo del interés bancario corriente para los créditos de consumo y ordinarios en 19,28% y para microcréditos en 36,76%. Ambos presentaron una reducción frente al valor establecido para el periodo anterior de 2 y de 13 puntos básicos, respectivamente.
Para el primer caso el valor aplicará para todo el mes de julio, mientras que para el segundo se extenderá por tres meses hasta septiembre de este año.
La entidad aclaró que como los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el interés bancario corriente, según el Código de Comercio, el tope para la modalidad de crédito de consumo y ordinario será de 28,92% efectivo anual y para la de microcrédito, de 55,14% efectivo anual.
Así mismo, dado que la usura se configura cuando el cobro a cambio de un préstamo excede en la mitad el interés bancario corriente, la Superintendencia señaló que para la modalidad de crédito de consumo y ordinario el interés no podrá superar el 28,92 % efectivo anual y para la modalidad de microcrédito el 55,14 % efectivo anual.
Aquí también ambas representaron una disminución de tres puntos básicos (-0,03 %) para el caso del crédito de consumo y ordinario y de 20 puntos básicos (-0,20 %) para el microcrédito respecto al periodo anterior.
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Cabe recordar que la Superfinanciera certificó el interés bancario corriente para la modalidad de consumo de bajo monto el segundo semestre del año pasado en 34,25 %, lo que significa que la usura será de 51,38 % entre octubre de 2018 y septiembre de 2019.