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¿Cuáles son las multas y sanciones por no renovar la matrícula mercantil?

El trámite se debe realizar en los tres primeros meses de cada año. Les explicamos cuáles son las sanciones que establece la ley para quienes no cumplen con el requisito.

01 de abril de 2022 - 04:26 p. m.
Solo en Bogotá 470.579 empresas y establecimientos de comercio deben cumplir con este requisito. – Imagen de referencia
Foto: Óscar Pérez
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Este 31 de marzo venció el plazo para que las empresas y establecimientos de comercio renovaran la matrícula mercantil, el registro que certifica la existencia de los negocios.

Según el Código de Comercio, esta es una obligación que se debe cumplir dentro de los tres primeros meses de cada año.

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Renovar la matrícula mercantil les permite a los empresarios acceder a beneficios. El primero de ellos es hacer parte del sector formal de la economía y así entablar relaciones comerciales con otros empresarios, ampliar la base de clientes, participar en licitaciones públicas, acceder a financiación y hacer parte de los programas estatales de fomento empresarial.

Del mismo modo, a través de las cámaras de comercio, quienes cumplen el requisito pueden recibir programas gratuitos de formación, acudir a eventos y recibir acompañamiento. Por ejemplo, la Cámara de Comercio de Bogotá asegura que quienes realizan este trámite tienen a su disposición más de 1.000 servicios, la mayoría gratuitos.

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Según la Superintendencia de Sociedades estas son algunas de las consecuencias de la no renovación oportuna de la matrícula mercantil:

Otras consecuencias a largo plazo

Recuerde que este tramite se puede hacer de manera remota ya que todas las cámaras de comercio cuentan con un módulo electrónico. La Superintendencia de Sociedades recordó que después del 31 de marzo el comerciante puede renovar en cualquier momento.

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