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¿Declaración de renta sugerida? Estos errores pueden traerle problemas

Aunque la declaración de renta sugerida por la DIAN puede ser una herramienta con información útil, esta no reemplaza el análisis juicioso que debe hacer cada contribuyente.

Ilustración de un formulario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).
Es importante revisar los ingresos de diferentes fuentes, bienes y deudas al cierre del año, retenciones, beneficios tributarios y operaciones extraordinarias.
Foto: Cristian Garavito

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Continúan los vencimientos para presentar las declaraciones de renta correspondientes al año gravable 2025. Las personas naturales deben cumplir con esta obligación de acuerdo con el calendario tributario establecido por la DIAN, que fija las fechas límite según los dos últimos dígitos del NIT.

Según advierte Diego Fernando Urrea, docente del programa de Contaduría de la Fundación Universitaria del Área Andina, uno de los errores más comunes entre los contribuyentes es aceptar sin revisar la declaración de renta sugerida por la DIAN.

La declaración de renta sugerida es un borrador que ofrece la entidad basándose en la información que aportan los bancos, empresas y otras entidades (lo que se conoce como información exógena), sobre los movimientos financieros que realizó la persona durante el año.

Puede que la información reportada a la DIAN sea inexacta, de allí que no se recomienda presentar esta declaración sin antes hacer una revisión.

“La declaración sugerida es una ayuda para diligenciar, no una liquidación definitiva. La información que contiene puede modificarse, adicionarse o eliminarse. Por eso, el problema no está en utilizarla, sino en presentar datos incorrectos sin comprobarlos”, explica el profesional.

Para él, es importante revisar los ingresos de diferentes fuentes, bienes y deudas al cierre del año, retenciones, beneficios tributarios y operaciones extraordinarias.

Por ejemplo, un movimiento bancario no necesariamente corresponde a un ingreso gravado, ya que puede tratarse de una venta, un préstamo o un traslado entre cuentas propias.

“También es necesario evitar duplicidades y verificar que las deudas correspondan al saldo al cierre del período y no a su valor inicial. Para empresarios e independientes, la recomendación es conciliar facturación, recaudos y cuentas por cobrar, teniendo en cuenta su régimen y las reglas de realización aplicables”, detalla.

La información presentada por un banco, empleador o comercio puede contener errores, por lo que se recomienda revisar cada reporte con tiempo, dado que de encontrarse errores puede solicitarse su revisión y corrección por escrito, junto con certificados y comprobantes.

“Las billeteras digitales también requieren orden documental. Un comerciante debe distinguir los pagos de clientes de préstamos, reintegros y traslados propios. Por eso, resulta conveniente evitar, en lo posible, utilizar una misma cuenta como caja del negocio, ahorro familiar y canal de recaudo de terceros. Si esto ocurre, es recomendable llevar un registro que permita explicar cada movimiento”, aconseja.

Aunque todo esto puede resultar demasiado complejo, el profesional señala que revisar la declaración sugerida no requiere de conocimientos contables avanzados. Para lo anterior, recomienda: reunir los certificados y la declaración anterior; descargar la información disponible de terceros; comparar los ingresos con sus soportes; verificar bienes, deudas y retenciones; y revisar las diferencias antes de presentar.

“Los errores que no se corrigen también pueden tener efectos posteriores. Una inconsistencia patrimonial puede repetirse año tras año y dificultar la explicación del origen de los recursos. En determinadas conductas, como la omisión de activos o la inclusión de pasivos inexistentes, el artículo 648 contempla una sanción del 200 % del mayor impuesto determinado, cuando proceda”, advierte.

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