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Definen nuevas condiciones para la carga de vehículos eléctricos en Colombia

Con ellas se busca impulsar el despliegue de infraestructura de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables en el país. Le decimos en qué consisten.

10 de julio de 2021 - 03:25 p. m.
El precio de la carga en las estaciones será fijado libremente por el prestador del servicio.
El precio de la carga en las estaciones será fijado libremente por el prestador del servicio.
Foto: Agencia AFP

El Ministerio de Minas y Energía definió esta semana las condiciones de mercado y el estándar mínimo de conector que se podrá instalar en las estaciones de carga de vehículos eléctricos asociadas a un prestador de servicio.

Estas medidas se establecen con el fin de impulsar el despliegue de infraestructura de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables en Colombia.

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De acuerdo con la cartera de Energía, las nuevas estaciones que entren en operación 12 meses después de la entrada en vigencia de esta reglamentación deberán contar con al menos un conector Tipo 1 para nivel de carga 2 y 3 de corriente alterna. Además, contarán con al menos un conector CCS Combo 1 para nivel de carga 3 de corriente directa.

La norma también establece que el precio de la carga de vehículos eléctricos o híbridos enchufables en las estaciones será fijado de manera libre por parte del prestador de este servicio, esto con el fin de fomentar precios competitivos y eficientes.

También se definió que el suministro de energía eléctrica para vehículos eléctricos en estaciones de carga será un servicio de carga y no un servicio público domiciliario o actividad de comercialización de energía eléctrica.

Esta reglamentación se suma a la medida tomada en diciembre de 2020 para permitir que las estaciones de servicio que operan actualmente puedan prestar el servicio complementario de carga para vehículos eléctricos para impulsar la movilidad sostenible.

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“Con esta nueva regulación estamos promoviendo el ingreso de nuevos prestadores de servicio de carga, que permitirán que los colombianos que adquieran su vehículo eléctrico puedan contar con mayor cantidad de estaciones de carga, generando confianza para transitar por las calles”, dijo Diego Mesa, ministro de Minas y Energía.

Según Mesa, Colombia es líder regional en ventas, con 4.723 vehículos eléctricos a junio de 2021. Dicha cifra refleja un avance del 71 % en la meta de contar con una flota de 6.600 vehículos eléctricos establecida en el Plan Nacional de Desarrollo.

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La cartera recordó que en 2019 se expidió la Ley de Movilidad Eléctrica y se lanzó la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica, que ofrece beneficios a quienes compren un vehículo de este tipo, como estar exentos de pico y placa, tener un descuento del 10 % en las primas del SOAT o un costo menor en la revisión técnico-mecánica, entre otros.

Los vehículos eléctricos e híbridos también pueden acceder a otros incentivos tributarios, como exclusión de IVA, cero aranceles, descuento en el impuesto de renta del 25 % de la inversión realizada y deducción del impuesto de renta del 50 % de la inversión realizada en un periodo, dice el Ministerio.

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Manuel(24574)11 de julio de 2021 - 12:00 a. m.
Y para cuando la reglamentación de las instalaciones eléctricas en las viviendas y en la distribución urbana? Recordemos que la recarga de estos vehículos es demorada y es absurdo que estas recargas no puedan hacerse en casa, aprovechando las noches. Y será que se sigue discriminando el costo del servicio de electricidad por estrato? La energía eléctrica es en la actualidad de las más costosas.
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