
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El aumento del salario mínimo se mueve en direcciones paralelas en las esferas empresariales y del hogar. Una de las más sensibles por su categoría de vulnerabilidad es la cuota alimentaria, el dinero que padres y madres deben aportar para el sostenimiento de sus hijos.
Con el salario mínimo vigente de este año fijado en COP 1.750.905, más un auxilio de transporte de COP 249.095, para un ingreso de COP 2 millones, miles de familias tienen la obligación de nuevos incrementos en la cuota.
La claridad en el salario es fundamental, pues la ley presume que toda persona obligada a dar alimentos gana al menos un salario mínimo, incluso si está desempleada o trabaja en la informalidad. Es el piso legal para hacer los cálculos, con base en el Código Civil y el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
Ahora, uno de los errores más comunes es creer que hay una tarifa fija por hijo. No la hay.
Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la cuota alimentaria se define caso por caso, con base en dos criterios centrales:
- La capacidad económica de quien paga (ingresos reales).
- Las necesidades del menor (gastos reales).
Sin embargo, la ley sí establece límites y referencias que ayudan a entender los rangos.
El tope legal: hasta el 50 % del salario
La legislación fija un límite claro: la cuota alimentaria no puede superar la mitad del salario mensual del obligado (sea que gane el mínimo o más).
Para 2026, esto significa que si una persona devenga el salario mínimo, el máximo total que podría destinar a cuotas alimentarias es COP 875.452 (el 50 % de COP 1.750.905).
Ese valor no es por hijo, sino el tope global que se reparte entre todos los hijos que tenga la persona.
Es decir, si un padre con salario mínimo tiene dos hijos, ese monto máximo se divide entre ambos, según lo que determine la autoridad competente.
Cabe aclarar que el auxilio de transporte no constituye salario, por lo que no se incluye para calcular porcentajes de cuota alimentaria.
Factores que influyen en la cuota alimentaria
- Ingresos de ambos padres: cada padre debe aportar en proporción a sus ingresos.
- Necesidades del hijo: incluyen salud, educación, alimentación, vivienda, entre otros.
- Capacidades económicas de los padres: se evalúa la capacidad de cada padre para contribuir.
Además, la edad, el nivel socioeconómico, los gastos necesarios y otras obligaciones alimentarias son tomados en cuenta para establecer la cifra exacta.
En tiempos de inflación, ajustes salariales y bolsillos apretados, la cuota alimentaria es un pilar para miles de hijos, un compromiso frente a su bienestar.
Requisitos para solicitar y fijar una cuota alimentaria
Para establecer una cuota alimentaria, el ICBF indica que la persona interesada debe:
- Presentar la solicitud ante una Comisaría de Familia, un Centro de Conciliación o un juez de familia, según el caso.
- Aportar pruebas de que el niño, niña o adolescente es reconocido legalmente por el progenitor obligado.
- Proveer información sobre el lugar de residencia o trabajo del obligado, para garantizar su citación.
¿Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria?
El incumplimiento de esta obligación tiene graves consecuencias legales. Así lo explicó el portal jurídico MisAbogados:
- Embargo de bienes: las cuentas bancarias, activos y salario del deudor pueden ser embargados para garantizar el pago.
- Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam): los obligados que incumplan pueden ser inscritos en este registro, lo que conlleva restricciones como la imposibilidad de tomar posesión de cargos públicos, obtener créditos o salir del país.
- Delito de inasistencia alimentaria: este incumplimiento está contemplado en el Código Penal colombiano y puede acarrear penas de prisión y multas.
El incumplimiento de la cuota alimentaria puede llevar a sanciones penales, incluyendo prisión de 16 a 54 meses y multas.
Para adelantar el proceso, debe dirigirse a la Fiscalía General de la Nación con los documentos y elementos que prueben el incumplimiento injustificado, incluyendo el acta de conciliación o la sentencia de Juez de Familia que fijó la cuota alimentaria.
Según el órgano de investigación, se deberán incluir “las facturas de los gastos correspondientes a lo incumplido, comprobantes de pago de colegios, atenciones médicas, compra de víveres y demás elementos que haya incluido en la cuota alimentaria. Una vez presentada la denuncia, la Fiscalía tendrá la labor de investigar los hechos y, si hay lugar a ello, acudir a un Juez Penal para adelantar el proceso correspondiente”.
💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.