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La mesada 13, en términos sencillos es una prima de fin de año que reciben los pensionados en el país cada diciembre. Este pago adicional está dirigido a todas las personas pensionadas, tanto por vejez/jubilación como por invalidez o sobrevivencia.
La normativa que regula este pago extra es la Ley 100 de 1993, dónde además se indica que sin importar el régimen pensional del que sea beneficiario —público o privado— este pago es obligatorio.
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Con el ambiente navideño picando noviembre, Colpensiones y los fondos privados de pensiones deberán pagar este dinero a las y los pensionados del país al terminar la primera quincena del mes de diciembre, tal y como lo estipula la ley.
Para recibir este pago no es necesario que los beneficiados generen ninguna solicitud, pues se hace de manera automática y teniendo en cuenta los datos alojados en el sistema. Por esta razón, es recomendable que verifique en la plataforma que toda su información se encuentra en regla y así evitar posibles retrasos en el pago.
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¿Cuál es el valor de la mesada 13?
El equivalente de este pago adicional es del 100 % del valor de una mesada mensual, por lo que recibirá el mismo monto que se le debita todos los meses a su cuenta bancaria.
Por ejemplo: si usted recibe COP 1.500.000 cada mes, ese será el valor del pago adicional de la mesada 13.
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Además, este pago tiene el beneficio de que no se descuenta de allí ningún aporte —como por ejemplo el de salud—, lo que significa que recibirá el valor completo, pero únicamente para el mes de diciembre.
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