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Renta Ciudadana: por estas razones le pueden quitar el subsidio en 2026

Le contamos cuáles son los requisitos para recibir el apoyo económico y lo que pasa si un hogar no cumple alguno de ellos.

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07 de diciembre de 2025 - 09:00 p. m.
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Renta Ciudadana es un programa que busca contribuir a la superación de la pobreza mediante la entrega de ayudas económicas. El programa comenzó en 2024 y se implementa de manera gradual y progresiva a través de diversas líneas de intervención.

Además de las transferencias, el programa establece corresponsabilidades para promover el desarrollo de capacidades y la autogestión de los beneficiarios. Por esto cuenta con algunos requisitos para que las familias mantengan su permanencia en el programa.

Condiciones de salida de Renta Ciudadana

Las condiciones establecen los criterios específicos que indican cuándo un hogar ya no es elegible para participar en el programa.

Estas son las razones por las que los beneficiarios pueden dejar de recibir los apoyos económicos:

  1. Transcurrido seis meses desde la notificación del acto administrativo de suspensión, sin que se den las acciones correctivas necesarias y sin imputables a los titulares y/o beneficiarios.
  2. Retiro voluntario de la persona titular del hogar.
  3. Cuando uno de los miembros del hogar causa una situación que vulnera los derechos de los niños y/o niñas del hogar, y esta situación la confirma una autoridad administrativa competente.

También hay razones para la salida de las familias cuando se cumple la meta. Esto se da cuando:

  • Cumplimiento de la edad máxima permitida por el programa para el acompañamiento de niños o niñas.
  • Ausencia de niños o niñas en el hogar para el acompañamiento.
  • Demostración de que las personas con discapacidad no requieren cuidado o asistencia personal.
  • Alcance de la edad máxima para pertenecer al programa por parte de los adolescentes.

¿Cómo sé si me retiran del programa?

En las actuaciones para el retiro de hogares en el programa, Prosperidad Social expresa que se garantizará la notificación, el derecho a ser escuchado, la imparcialidad, la presentación de pruebas y la revisión de las decisiones adoptadas.

Además, el programa realizará acciones de búsqueda y acompañamiento a los hogares para subsanar las causas que originaron la suspensión administrativa.

Requisitos de permanencia en Renta Ciudadana

  1. Que no haya una decisión oficial de una autoridad competente que ordene cambiar la custodia o establecer medidas temporales de protección para niños y adolescentes. 
  2. Que en el hogar no haya un adolescente o joven vinculado al programa Jóvenes en Paz.
  3. Inscripción vigente de la persona titular y/o beneficiaria en uno de los siguientes registros administrativos: SISBÉN IV o los listados de población indígena.
  4. Coherencia de la información entre los registros administrativos del programa y otras fuentes de información disponibles.
  5. Vigencia del documento de identidad de las personas titulares y/o beneficiarias del programa.
  6. Que las condiciones sociales y económicas de los hogares estén acordes a los criterios establecidos por el programa Renta Ciudadana.
  7. Supervivencia de la persona titular o de los niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad atendidos por las líneas de intervención del programa.
  8. Suscripción del Acta de Compromiso y Corresponsabilidad.

En caso de que no se cumpla alguna de las condiciones mencionadas, Prosperidad Social puede suspender el hogar para expulsarlo posteriormente.

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