Publicidad

Sube la tasa de usura en diciembre: ¿cuánto interés le pueden cobrar por sus créditos?

Le contamos en cuánto quedó y cuáles serán los créditos más costosos.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
28 de noviembre de 2025 - 11:59 p. m.
Imagen de referencia.
Imagen de referencia.
Foto: Getty Images
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

La Superintendencia Financiera certificó las tasas de interés bancario para el último mes del año.

Para el crédito de consumo y ordinario, la tasa está en 16,68 % efectivo anual. La cifra representa un incremento de 0,02 % frente a la vigente en noviembre (16,66 %).

En la siguiente tabla se encuentran las certificaciones del interés bancario corriente para otras modalidades de crédito:

ModalidadInterés efectivo anual
Crédito de consumo de bajo monto45,16 %
Crédito productivo de mayor monto27,32 %
Crédito productivo rural18,62 %
Crédito productivo urbano38,85 %
Crédito popular productivo rural49,58 %
Crédito popular productivo urbano59,94 %

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio. Es decir, la tasa de usura (superarla conlleva sanciones definidas en el Código Penal).

Para el crédito de consumo y ordinario, la tasa de usura en diciembre quedó en 25,02 % (en noviembre estaba en 24,99 %).

Modalidades de créditoInterés remuneratorio y de mora (efectivo anual)Usura (efectivo anual)
Crédito de consumo y ordinario25,02 %25,02 %
Crédito de consumo de bajo monto67,74 %67,74 %
Crédito productivo de mayor monto40,98 %40,98 %
Crédito productivo rural27,93 %27,93 %
Crédito productivo urbano58,28 %58,28 %
Crédito popular productivo rural74,37 %74,37 %
Crédito popular productivo urbano89,91%89,91%

¿Y si me cobran más de la tasa de usura?

La usura es un delito tipificado en el Código Penal. Es decir que quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de préstamos de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente.

Independientemente de la manera en la que se demuestre la operación, ocultarla o disimular, incurrirá en prisión de 32 a 90 meses y se deberá pagar una multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

 

Manuel Fernando Lara Bustamante(vtib9)30 de noviembre de 2025 - 01:41 p. m.
Certificaron una usura de 89.91% efectivo anual?
zorrillo(6652u)29 de noviembre de 2025 - 01:05 a. m.
No me queda clara la información que publican en esas dos tablas. A qué se refiere cada una? Por qué son diferentes?
Mario Giraldo(196)29 de noviembre de 2025 - 12:26 a. m.
Recuerdo los tiempos donde la usura eran créditos a mas del 8% y quienes los cobraban unas sanguijuelas de mala muerte. Bajo este panorama, el efectivo es rey, y el colchon el mejor sitio para el dinero. Delen las gracias al banco de la republica!
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.