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El futuro financiero de Colombia se sigue definiendo en el Congreso. Según las cuentas del Ministerio de Hacienda, al Presupuesto General de la Nación del próximo año le faltan COP 16,3 billones.
Para obtenerlos, el Gobierno radicó en el Congreso una Ley de Financiamiento (reforma tributaria) con la que busca aumentar el recaudo a través de medidas como imponer un IVA del 19 % a los juegos de suerte y azar en línea, así como a los servicios de software y procesamiento de datos en la nube.
El panorama actual para la reforma no es alentador, pues su apoyo (especialmente en el Senado) no ha sido el más entusiasta. La probabilidad de que se hunda es cada vez más alta.
Recientemente, el presidente Gustavo Petro se ha pronunciado sobre esto, señalando que las comisiones económicas del Congreso lo único que han hecho es “endeudar más al país” mediante el encarecimiento de la deuda.
Petro aseguró, a través de su cuenta en X, que con el hundimiento de la Ley de financiamiento el Gobierno no se vería afectado, sino el país, pues se tendrían menos recursos para aspectos clave como la inversión.
Desde la oposición se ha insistido en que el Presupuesto General aprobado para el próximo año, por COP 546,9 billones, es suficiente, y que los recursos que el Ministerio de Hacienda afirma que faltan deberían obtenerse mediante un ajuste en el gasto de funcionamiento del propio Gobierno. Esta posición ha sido calificada por el mandatario como “sectarismo político”.
“Toda deuda no es más que impuestos futuros. Las mayorías de oposición en la Comisión Tercera Económica, creyendo falsamente ahorcar financieramente el programa del gobierno por odio político, lo que hace es encarecer la deuda y trasladarla al futuro. He ahí la cobardía: debe aprobar los nuevos impuestos”, señaló Petro, quien añadió que por lo que ordena la constitución no hay más formas para recortar el gasto por decenas de millones de pesos ni en la deuda (porque se tienen que pagar los compromisos que tiene la Nación), ni por el gasto social.
El único camino que resta en este escenario, añade el presidente, sería mediante un recorte en la inversión, en donde figuran las carreteras 4G y el metro de Bogotá.
“Quienes hablan de derroche de gasto y recorte no entienden ni las necesidades sociales ni el estado social de derecho, por eso vamos hacia una emergencia”, concluyó Petro.
Entre líneas, muchos han interpretado que el presidente tendría un plan B en caso de que la reforma se hunda: acudir a una emergencia económica.
¿Qué es una emergencia económica?
Aunque este es un concepto técnico, no es desconocido por muchos colombianos, ya que ha sido protagonista en los últimos años, siendo la pandemia del covid-19 el caso más sonado.
Como lo explica el Ministerio de Hacienda, una emergencia económica se da en el marco de un Estado de Emergencia, que es cuando se presentan hechos que perturben o amenacen con perturbar de forma grave e inminente el orden económico y social, o que constituyan una calamidad pública.
Con esta declaratoria, el presidente, con la firma de todos sus ministros, puede emitir decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a resolver la crisis que se ha presentado, así como impedir la extensión de sus efectos.
En esas circunstancias, el presidente puede declarar estado de emergencia por períodos de hasta 30 días, que sumados no pueden exceder los 90 días en el año.
El Gobierno también debe convocar al Congreso, que debe examinar, hasta por un lapso de treinta días, el informe sobre las causas que determinaron el Estado de Emergencia y se debe pronunciar sobre la conveniencia de este.
En suma, esto le permite al Gobierno actuar de forma más ágil para atender las situaciones adversas, sin que las medidas que requieran aprobación legislativa tengan que pasar necesariamente por el Congreso.
Hay que tener en cuenta que las declaraciones de emergencia económica deben cumplir con las condiciones que establece la Constitución. Si no lo hacen, la Corte Constitucional las puede tumbar.
Así mismo, las medidas que se tomen bajo el amparo de este estado de excepción pasan a control automático de la Corte.
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