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La Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional la emergencia económica decretada por el gobierno de Gustavo Petro en diciembre, mientras adopta una decisión de fondo sobre su constitucionalidad. La medida cautelar congela los efectos del decreto legislativo que habilitaba al Ejecutivo a expedir normas con fuerza de ley, incluidas disposiciones tributarias, bajo el argumento de una crisis fiscal y de riesgo para el cumplimiento de obligaciones del Estado.
La determinación fue adoptada por la Sala Plena en una votación 6-2, tras estudiar una ponencia del magistrado Carlos Camargo, que advirtió posibles incompatibilidades “ostensibles” con el ordenamiento constitucional. Entre los cuestionamientos centrales figura el cumplimiento de los requisitos formales para declarar la emergencia, en particular la validez de las firmas de todos los ministros, algunas de las cuales corresponderían a funcionarios encargados cuya situación jurídica no estaría plenamente acreditada.
Aunque la suspensión no implica un pronunciamiento definitivo sobre la validez del decreto, sí detiene de manera inmediata los efectos de las medidas adoptadas al amparo de la emergencia.
En términos prácticos, la suspensión congela un paquete de medidas tributarias y parafiscales con las que el Gobierno esperaba recaudar cerca de COP 11 billones en 2026, según proyecciones oficiales. Ese flujo de ingresos estaba llamado a aliviar presiones de caja en un contexto de déficit fiscal elevado y mayores vencimientos de deuda, lo que explica por qué la revisión constitucional del decreto se convirtió rápidamente en un punto de fricción entre el Ejecutivo, los gremios económicos y el alto tribunal.
#LaCorteInforma | La Corte suspende provisionalmente el Decreto 1390 de 2025 “Por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional”, mientras se profiere una decisión de fondo.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) January 29, 2026
Comunicado: pic.twitter.com/Ow6rC40Ixb
La decisión activó reacciones inmediatas desde el sector empresarial, gremial y político, así como desde el propio Gobierno, que defiende la emergencia como un instrumento para enfrentar un déficit fiscal y de liquidez que, según su lectura, compromete la sostenibilidad de políticas sociales y el pago de obligaciones constitucionales.
La presidenta del Consejo Gremial Nacional, Natalia Gutiérrez, subrayó el carácter constitucional de la medida y su función preventiva. “Respetamos plenamente la independencia y autonomía de la Corte Constitucional. La suspensión del decreto de emergencia era necesaria, es coherente con la Constitución y cumple la función clave de evitar la consolidación de perjuicios irremediables derivados de medidas excepcionales que producirían efectos inmediatos e irreversibles”, afirmó.
En su declaración, Gutiérrez sostuvo que no existe una crisis imprevisible que justifique el uso de poderes excepcionales y advirtió que estos no pueden emplearse para imponer reformas estructurales ni reemplazar el debate democrático.
Desde el @ConsejoGremial Respetamos plenamente la independencia y autonomía de la Corte Constitucional. La suspensión del decreto de emergencia era necesaria, es coherente con la Constitución y cumple la función clave de evitar la consolidación de perjuicios irremediables…
— Natalia Gutierrez (@NGutierrezJ) January 29, 2026
En una línea similar se pronunció Javier Díaz, presidente de Analdex, para quien la suspensión provisional del decreto es “una buena noticia para el país”. Díaz recordó que el gremio exportador había insistido en la ausencia de hechos sobrevinientes que justificaran la declaratoria de emergencia y consideró que la decisión del alto tribunal busca evitar daños a la economía nacional mientras se adelanta el estudio de fondo. “La Corte suspende el decreto mientras hace un estudio de fondo”, dijo, al valorar la medida como un mecanismo de prudencia institucional.
Declaración de @javierDiazMo sobre la suspensión del decreto de emergencia económica. pic.twitter.com/MMXH05WqmO
— Analdex Colombia (@AnaldexColombia) January 29, 2026
Desde el análisis jurídico y tributario, la lectura fue aún más enfática. Juan David Velasco, socio de impuestos en Baker McKenzie Colombia, señaló que la suspensión tiene como efecto inmediato evitar un daño irreparable a los contribuyentes, al considerar que el decreto presenta una “abierta contradicción con la Carta Política”. Velasco agregó que el caso podría sentar un precedente constitucional relevante, al reforzar el equilibrio entre los poderes públicos y enviar una señal de confianza en el Estado de Derecho, a la espera de una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la emergencia.
La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) también respaldó la decisión de la Corte. Su presidente, Bruce Mac Master, afirmó que la suspensión es de gran importancia mientras se estudia el decreto de fondo, en un contexto en el que —según dijo— existe un amplio consenso nacional sobre la inexistencia de causales para decretar una emergencia económica.
Mac Master enfatizó que los hechos alegados por el Gobierno no eran sobrevinientes y que el uso de este mecanismo, de no haberse suspendido, habría podido generar efectos irreparables sobre ciudadanos, empresas y entidades territoriales. Para el dirigente gremial, la decisión representa una defensa clara del Estado de derecho en Colombia.
Es totalmente equivocado, y hasta cierto punto manipulador, tratar de presentar la decisión de la corte constitucional sobre la emergencia económica como una decisión a favor o en contra del gobierno, o peor, aún como una decisión política o ideológica.
— Bruce Mac Master (@BruceMacMaster) January 30, 2026
La corte constitucional… pic.twitter.com/KDrPI0OBJy
Desde el Gobierno, la lectura fue diametralmente opuesta. El ministro del Interior, Armando Benedetti, defendió la declaratoria de emergencia al señalar que no se trata únicamente de un déficit fiscal, sino de un “déficit de riesgo”, que comprometería la capacidad del Estado para pagar su deuda y cumplir obligaciones constitucionales, como la seguridad social.
En su declaración, Benedetti planteó el debate en términos distributivos y afirmó que, al suspender la emergencia, la Corte estaría protegiendo a los sectores de mayores ingresos. “
Aquí lo que está en el debate es quién paga la crisis, si los más ricos como queríamos nosotros con la emergencia económica, o lo terminan pagando los sectores más vulnerables”, sostuvo.
No hay derecho. Al suspender provisionalmente la Emergencia Económica se está protegiendo a los megarricos. pic.twitter.com/0UlK6Elzti
— Armando Benedetti (@AABenedetti) January 29, 2026
En el plano político, la exsenadora y precandidata presidencial Paloma Valencia celebró la decisión y recordó que había solicitado formalmente la suspensión del decreto. En su mensaje, cuestionó la legitimidad constitucional de la emergencia y afirmó que el Gobierno no podía saltarse al Congreso ni imponer impuestos por decreto. Valencia insistió en que no existía un hecho grave e imprevisto que justificara la medida y atribuyó la crisis fiscal a problemas estructurales de la administración actual.
La Corte Constitucional acogió mi solicitud y suspendió la emergencia económica.
— Paloma Valencia L (@PalomaValenciaL) January 29, 2026
El Gobierno Petro no puede desconocer la Constitución, saltarse al Congreso e imponer impuestos por Decreto.
No había un hecho grave e imprevisto que justificara esta emergencia. La crisis fiscal… pic.twitter.com/ugfelJNbaA
Entre las medidas suspendidas se encuentran impuestos al patrimonio, una sobretasa al sector financiero, ajustes al IVA y al consumo, nuevos gravámenes a la extracción de petróleo y carbón, así como una contribución parafiscal destinada a respaldar a la empresa Air-e. Parte del debate jurídico gira en torno a la dificultad de revertir estos cobros en caso de que la Corte declare inexequible el decreto, en especial en tributos indirectos como el IVA, donde la devolución de recursos recaudados se considera prácticamente inviable. Ese riesgo de irreversibilidad fue uno de los argumentos centrales para ordenar la suspensión provisional.
Con la suspensión provisional, la discusión sobre la emergencia económica entra en una fase decisiva con implicaciones fiscales inmediatas. El congelamiento de los impuestos y contribuciones decretados bajo el estado de excepción introduce un compás de espera sobre el recaudo proyectado, la estabilidad de las finanzas públicas y la capacidad del Gobierno para atender compromisos de gasto en un contexto de estrechez de caja.
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