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Con la reforma pensional, ¿quiénes pueden trasladarse de las AFP a Colpensiones?

Las personas que quedan en el régimen de transición y que ya cumplieron la edad de pensión también pueden aprovechar la oportunidad de traslado que creó la reforma pensional, aunque inicialmente se interpretó que no. Le explicamos.

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15 de enero de 2025 - 12:00 a. m.
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El 1° de julio de 2025 las pensiones en Colombia cambiarán. Ese día entra en vigencia el sistema de pilares del Gobierno de Gustavo Petro. Todos los afiliados cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y quienes ganen más cotizarán el excedente en unas nuevas entidades llamadas Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

Sin embargo, algunas personas estarán en el régimen de transición, es decir, se quedarán bajo las reglas que definió la Ley 100 de 1993, las que han estado vigente en las últimas tres décadas.

Para saber si se queda en el régimen anterior o entra en la reforma, debe consultar el número de semanas que tiene cotizadas, descargando la historia laboral de Colpensiones o de su fondo privado, y calcular cuántas tendrá el 30 de junio de 2025 (un día antes de que entre en vigencia la ley). También puede solicitar la información en Colpensiones o en el fondo.

  • Los hombres que tengan 900 semanas cotizadas o más se quedan en el régimen actual, los que tengan menos pasan al nuevo sistema.
  • A las mujeres que tengan 750 semanas cotizadas o más se les seguirá aplicando la Ley 100 de 1993, las que tengan menos pasan al nuevo sistema.

Le recomendamos: Cómo saber si debo elegir ACCAI y otras claves de la reforma pensional

La oportunidad de traslado

La ley establecía que las mujeres pueden trasladarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa hasta los 47 años y los hombres hasta los 52 años, es decir, hasta 10 años antes de la edad de pensión, pero la reforma habilitó una oportunidad de traslado para las personas que están a menos de 10 años de cumplir el requisito.

En meses pasados hubo un debate jurídico sobre la oportunidad de traslado para las personas que ya cumplieron la edad (57 años para las mujeres y 62 años los hombres), pero no se han pensionado. Miembros del Gobierno estaban interpretando que estas personas no podían trasladarse de los fondos privados a Colpensiones o viceversa, mientras que Asofondos defendía que sí.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, explicó a este diario que el debate ya se zanjó. En diciembre, Colpensiones comunicó a sus empleados que los traslados para quienes ya cumplieron la edad sí están permitidos.

Lea: “La sostenibilidad financiera de Afinia está en riesgo”: gerente

A junio de 2024 había más de 25.100 procesos activos contra Colpensiones de personas que solicitaban que se les aprobara el traslado y esta parte de la reforma pensional buscaba, justamente, finalizar estos procesos.

Así las cosas, en la práctica, cualquier persona que no se haya pensionado y esté en el régimen de transición puede cambiarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa.

Andrés Izquierdo, abogado y CEO de Integral Soluciones Pensionales (ISP), explicó que el requisito adicional que se estaba exigiendo (no haber cumplido la edad de pensión) “es contrario a la ley y las personas a quienes les hayan negado el traslado por el argumento de la edad, pueden exigir su afiliación”.

Tenga en cuenta:

  • Si quiere hacer el traslado debe comunicarse con Colpensiones o con su fondo privado y solicitar la doble asesoría.
  • En la doble asesoría le explicarán, tanto en Colpensiones como en el fondo privado, cómo podría quedar su pensión en cada régimen para que pueda tomar una decisión informada.
  • Fecha límite: la oportunidad de traslado para quienes están a menos de 10 años de la edad de pensión estará vigente hasta el 16 de julio de 2026.

De acuerdo con datos de Asofondos, a la fecha ya se han realizado más de 46.000 dobles asesorías completas y se han aprobado más de 33.000 traslados.

A las personas que ya estaban adelantando procesos judiciales para conseguir el traslado, Izquierdo les recomienda consultar con su abogado para evitar que el “riesgo de inconstitucionalidad de la reforma” (teniendo en cuenta las demandas que le han puesto a la iniciativa en la Corte Constitucional) les pueda llegar a afectar más adelante.

¿Qué son las ACCAI?

El tema de las ACCAI y el de los traslados va por lados opuestos. La oportunidad de traslado es para quienes no entran en la reforma, la ACCAI, en cambio, es para las personas que pasan al nuevo sistema.

Es importante aclarar que la elección de ACCAI, que debe hacerse antes del próximo 16 de enero, aplica para las personas que sí entran en la reforma pensional (mujeres con menos de 750 semanas y hombres con menos de 1.000 semanas), que ganan más de 2,3 salarios mínimos ($3.274.050 en 2025) y que estaban afiliadas a Colpensiones.

También: ¿Qué son las ACCAI, para qué sirven y cómo la puede elegir? Se acaba el plazo

La ACCAI es la entidad en la que se cotizarán los aportes por encima de 2,3 salarios mínimos. ¿Cuáles son las opciones? Aunque se espera que en el futuro haya más ACCAI, por ahora sólo tienen licencia los fondos privados: Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia.

Tenga en cuenta que si estaba afiliado a Colpensiones y no elige, el Gobierno le asignará una ACCAI aleatoriamente. Si usted ya estaba en un fondo privado, lo dejarán automáticamente en donde estaba, salvo que quiera cambiarse.

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Eduardo(7668)15 de enero de 2025 - 07:15 p. m.
La tal reforma pensional, siguiendo las pautas del Banco Mundial, destruye las futuras pensiones de la clase media profesional. Gaviria y Uribe nos golpearon con sus leyes 100 y 757. Petro remata la faena...
JOSE(25932)15 de enero de 2025 - 02:51 a. m.
Y cuando va alguien a reclamar su pensión, lo ponen a hacer papeles y lo hacen voltear, hasta que se la niegan.😁
Marco(88477)15 de enero de 2025 - 02:08 a. m.
Si se gana más de 2.3 salarios, ¿es obligatorio cotizar en un ACCAI, no se puede cotizar el 100% en Colpensiones?
  • Eduardo(7668)15 de enero de 2025 - 02:16 a. m.
    No, no se puede. La tal reforma, siguiendo las pautas del Banco Mundial, reventará las pensiones de muchos colombianos. Los fondos privados felices. Petro "corona" la labor destructiva de las pensiones iniciada por los neoliberales Gaviria y Uribe.
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