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Más de 166.000 trabajadores pudieron hacer su cambio de régimen durante los dos años en que operó la Ventana de Oportunidad de Traslado pensional, que se creó con la Reforma Pensional, en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.
El mecanismo venció el pasado 16 de julio y permitía que un usuario se cambiara de Colpensiones a fondos privados (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia) o viceversa.
Esta posibilidad se abrió “para que más de un millón de trabajadores, que bajo la Ley 100 no podían trasladarse, lo lograran por esta vía”, precisó Jenny Aguirre, vicepresidente de Operaciones de Asofondos (Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía).
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El mecanismo usado para que las personas revisaran el régimen que más les convenía era la doble asesoría. Según reporte preliminar de Asofondos, durante dos años, se atendieron bajo dicha modalidad a más de 237.000 afiliados y, en promedio, cada mes se recibieron más de 7.000 solicitudes de traslados de regímenes.
Las cifras obedecen a los registros consolidados con corte al cierre de la ventana y no incluyen las solicitudes recibidas a través de los canales alternos, físicos y electrónicos, habilitados por las diferentes entidades durante los últimos días del proceso.
El balance de Asofondos muestra que la mayoría de los traslados se dieron hacia la entidad pública (Colpensiones) que le conviene solo al 5% de los trabajadores, que son quienes tienen más altos ingresos.
“Desde Asofondos fuimos reiterativos en señalar que la evidencia muestra que a 9 de cada 10 trabajadores les conviene más un fondo privado, bien sea porque es más fácil pensionarse ahí y con el mismo monto o porque si no logra requisitos, le devolverán más plata que en Colpensiones”, puntualizó la Asociación.
En últimas, la alternativa les permitió a muchos tomar sus decisiones de manera informada, bajo criterios objetivos, sin costo alguno ni intermediación de abogados, “fue un mecanismo útil para garantizar información fundamental que permitió a miles decidir sobre su futuro pensional”.
En este tiempo, las AFP priorizaron la atención y contacto de los afiliados a quienes, con base en la información disponible, podía convenirles evaluar un cambio de régimen, invitándolos a acceder a la doble asesoría.
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Ahora, ¿qué pasará con los traslados pensionales?
Ya que finalizó el plazo para la Oportunidad de Traslado, esta posibilidad seguirá operando bajo los lineamientos de Ley 100, es decir, de ella se podrán beneficiar quienes estén a más de 10 años de la edad de pensión (mujeres con menos de 47 años y hombres con menos de 52 años), como ha funcionado desde la creación de la ley, hace más de 30 años.
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