Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.

Ministro de Educación ya no tiene orden de arresto: tribunal había reversado la decisión

Aunque en primera instancia el Juzgado Tercero Laboral de Medellín sancionó al ministro de Educación, Daniel Rojas, con tres días de arresto y dos salarios mínimos, el Tribunal Superior de Medellín ya había revocado esta medida.

Paula Casas Mogollón

03 de octubre de 2025 - 06:30 p. m.
Daniel Rojas, ministro de Educación.
Foto: Óscar Pérez
PUBLICIDAD

En un incidente de desacato publicado el 2 de octubre, el Juzgado Tercero Laboral de Medellín sancionó al ministro de Educación, Daniel Rojas, con tres días de arresto y dos salarios mínimos. Sin embargo, el 23 de septiembre, el Tribunal Superior de Medellín ya había revocado la medida. El proceso jurídico contra Rojas se remonta al 22 de julio, cuando la Gobernación de Antioquia y la Secretaría de Educación enviaron un derecho de petición.

(Lea: ¿Quién se quedará con la rectoría de la U. del Atlántico? Listos los 5 candidatos)

Mauricio Alviar, secretario de Educación de Antioquia, en entrevista con El Espectador, cuenta que el Ministerio de Educación le hizo un requerimiento a la Gobernación del departamento para el pago de COP 3.800 millones por una sanción de mora, la cual está relacionada con las cesantías de los maestros del magisterio.

Una vez se hace ese requerimiento, añade Alviar, “la Gobernación y la Secretaría de Educación le solicitamos al ministerio los soportes que nos mostraban por qué debíamos pagarle ese dinero”. Al no tener una respuesta clara, ambas entidades enviaron un derecho de petición a la cartera.

En el derecho de petición solicitaron varios documentos, como los comprobantes de pago efectuados a los docentes especificando valores, fechas y concepto del pago; las actas de conciliación suscritas en sede judicial o extrajudicial que hayan dado lugar a los pagos que se pretenden cobrar al Departamento; y la relación detallada de los expedientes administrativos individuales de los docentes que dieron lugar a la sanción moratoria, incluyendo fechas de radicación, actos de reconocimiento, ejecutorias y órdenes de pago.

(Puede leer: ¿Interesado en estudiar un posgrado virtual en español? Hay becas del 70 % y 100 %)

Aunque el Ministerio de Educación respondió el 4 de septiembre, tanto la Gobernación de Antioquia como la Secretaría de Educación consideraron que no hubo una respuesta de fondo, por lo que presentaron una tutela. “No hubo una respuesta a la tutela y, al final, hubo un incidente de desacato”, añade Alviar.

Read more!

Desde el ministerio, William Felipe Hurtado, jefe de la oficina asesora jurídica de la cartera, cuenta a este diario que “se respondió entregando todo el expediente administrativo y así mismo se informó al despacho y con base en esta misma respuesta se presentó recurso impugnación”.

El pasado 2 de octubre, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito emitió el incidente de desacato en el que ordenó que “José Daniel Rojas Medellín, en su calidad de Ministro de Educación, reciba una sanción con multa equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes y tres días de arresto”.

En el incidente también ordenó que este expediente fuera remitido al Tribunal Superior de Medellín, específicamente a la Sala Laboral. Sin embargo, el juzgado desconoció que el pasado 23 de septiembre, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito ya se había pronunciado por este caso.

No ad for you

(Le puede interesar: Así aumentarán las matrículas y pensiones de colegios privados para 2026)

En un documento de 10 páginas, el tribunal revocó “el fallo objeto de impugnación, de fecha y procedencia conocidas y en su lugar, declara improcedente la acción de tutela por inexistencia actual de vulneración a los derechos fundamentales del accionante”.

Read more!

Cabe recordar que las medidas de desacato tienen un trámite obligatorio, que se llama consulta. Allí, el tribunal debe decidir si esa medida procede o no, pero, aclara Hurtado, “como ya había revocado la sentencia, lo que va a decir es que no procede el desacato porque ya fue revocada”.

👩‍🏫📄 ¿Quieres conocer las últimas noticias sobre educación? Te invitamos a verlas en El Espectador. ✏📚

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.