La vivienda mínima en tiempos de pandemia

¿Cuál es el tamaño mínimo de una vivienda? Una pregunta que vuelve a la discusión arquitectónica en estas épocas de encierro y aislamiento para protegerse de la COVID-19.

Maarten Goossens - Marc Jané - Camilo Villate* / Especial para El Espectador
14 de mayo de 2020 - 07:43 p. m.
Ilustración de W Heath Robinson / https://archive.org/details/opensource_image?&sort=-downloads&page=2
Ilustración de W Heath Robinson / https://archive.org/details/opensource_image?&sort=-downloads&page=2

La caricatura de imagen principal que presenta este texto es una de las máquinas absurdas ideadas por el ilustrador y caricaturista de comienzos del siglo XX William Heath Robinson, dibujada a principios del siglo XX para exponer las dificultades de vivir “en el aire”, es decir en apartamentos. Es una ilustración que muestra, por una parte, la desafortunada sociedad machista de la época y, por otra, detalla un artefacto que se despliega de la fachada de un edificio y permite a los habitantes de una vivienda "salir" a vivir su vida doméstica tomando sol y aire fresco sin tener que estar en contacto con nadie.

En estos días de encierro y aislamiento sí que sería útil disponer de uno de estos artefactos, en especial a quienes no tenemos balcón o habitamos en pisos altos. Más allá de esta preocupación de privilegio, la pregunta por cuál es el tamaño mínimo de una vivienda ha estado presente en el debate urbano y arquitectónico hace más de siglo y medio.

En parte como respuesta a la crisis social y salubre de las ciudades industriales, se fundaron en 1928 los CIAM, o Congresos Internacionales de Arquitectura Moderna, que fueron el laboratorio para pensar  las ciudades buscando las mejores condiciones de habitabilidad. Uno de los puntos de lanza en esta discusión fue el diseño de la vivienda producida en serie.

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En los congresos de 1929 (Frankfurt) y 1930 (Bruselas), este fue el tema principal. Bajo el nombre Das Existenzminimum, (el mínimo existencial), se buscó definir cuál es el tamaño y cualidades de la vivienda para el mínimo nivel de vida o la vivienda mínima, concluyendo que el espacio mínimo vital debería estar en torno a los 40 m2 para una familia de entre seis y ocho integrantes (lo habitual para la época). Adicionalmente en este congreso, la discusión se centró en la cuestión de la vivienda en altura o de baja altura. Para Le Corbusier y Walter Gropius era clara la pertinencia de la primera; otros miembros del CIAM, entre ellos Ernst May, no apoyaban esta posición.

El dilema sobre el tamaño y calidad mínimos de la vivienda ha estado desde ese momento en discusión permanente. En la reciente reunión Habitat III-Conferencia de las Naciones Unidas sobre la vivienda y el desarrollo urbano sostenible, realizada en Quito en 2016, mediante la Declaración De Quito Sobre Ciudades y Asentamientos Humanos Sostenibles Para Todos, suscrita por jefes de Estado y de Gobierno, ministros y representantes de alto nivel, se declaró el objetivo común de lograr cumplir el derecho a una vivienda adecuada, sin que se entienda muy bien, en especial en términos de tamaño, que significa adecuada. En Colombia, nuestra carta magna en el artículo 51 dice: "Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna". Al igual que respecto a la declaración de Quito en cuanto a la búsqueda de una vivienda adecuada, falta saber qué significa el término vivienda digna.

Hablando específicamente de Bogotá, el decreto 190 de 2004, el Plan de Ordenamiento Territorial que aún se encuentra vigente, determinó que el área mínima de una vivienda es la resultante de multiplicar el número de alcobas por 15 m2. Esto en la práctica significa que se pueden hacer unidades de vivienda con un área de 15 m2 con la única condición de que sean de una sola alcoba.

Recientemente hemos visto cómo en Bogotá están proliferando las torres de aparta-estudios de este tamaño. En buena medida, los promotores de estos proyectos, con áreas que oscilan entre los 15 y 25 m2, argumentan su reducida área en dos factores: el primero que este tipo de miniviviendas son normales en otras ciudades más desarrolladas que Bogotá: Nueva York, Hong Kong, Paris, entre otras. Y, por otro lado, además de su justificación legal amparada en el mínimo de los 15 m2 por alcoba, justifican su reducida área en el argumento que estos proyectos cuentan con varios espacios comunales: zonas para esparcimiento, cocinas, zonas de ropas, espacios de trabajo, gimnasio, etc.

Adicionalmente, y en especial en el centro de la ciudad, han aparecido varios proyectos que se venden como vivienda estudiantil, donde ya las unidades privadas inclusive se reducen a un espacio de un área inferior a los 15 m2 donde cabe la cama, eventualmente un escritorio y algunas veces baño privado.

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Es así como aparece ahora en el léxico de las inmobiliarias que promueven proyectos de este tipo por muchas zonas de la ciudad, palabras elegantes como Micro-living  o Co-living para proyectos de vivienda con áreas privadas mínimas en los que los espacios colectivos deben ofrecer aquellos servicios y lugares para realizar actividades necesarias para la vida que, en la exigua área privada que se entrega, no se pueden desarrollar.

Figura 2. Imagen interior de un miniapartamento en Chapinero. Fuente: @oscarpel

En este difícil momento en el que todos los habitantes del planeta estamos viviendo aislados de manera obligada, en el área privada que tengamos a nuestra disposición como vivienda particular, sí que resulta prudente reflexionar sobre ese mínimo vital o existencial que se discutía hace casi 100 años: Das Existenzminimum, que significa una vivienda adecuada (Habitat III) o, más localmente, a lo que se refiere nuestra Constitución del 91 con el derecho a una vivienda digna.

Sin dejar de lado que buena parte de nuestra ciudad está conformada por viviendas de construcción informal, lo que no garantiza unos mínimos de calidad y seguridad, es muy difícil imaginar que las condiciones de habitabilidad en edificios recién construidos y habitados puedan ser adecuadas al tener que compartir cocinas, patios de ropa, zonas de estudio, en momentos en que nuestra propia vida puede depender literalmente de mantener una distancia física con nuestros semejantes.

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Pero el problema no acaba ahí. Muchos de estos conjuntos o edificios de apartamentos se comercializan como vivienda de interés social-VIS, es decir que se llega inclusive a entregar estos apartamentos sin acabados (ver figura 3), para estar dentro del rango de precio para que se reciban los beneficios que otorga el gobierno para proyectos VIS.[MG1]  A esto, además habría que sumarle el hecho de que, así el diseñador y promotor digan que son apartamentos de solo una alcoba, o pensados para ser habitados por una o dos personas máximo, en la práctica pueden  ser habitados por grupos familiares muchos más numerosos.

Inclusive se llega a ofrecer al posible comprador que en el área que se vende en obra gris (sin acabados) y renunciando al derecho a disponer de una sala, se puede tener un apartamento de dos alcobas en menos de 30 m2 (ver figura 4). Habría que entender cómo se obtiene la licencia de construcción de un edificio de apartamentos de 2 alcobas en menos de 30 m2 de área privada por unidad y como el promotor garantiza que en esta unidad de 2 alcobas, de 24 m2 de área privada, tan solo duerma una persona en cada habitación y no se habite por 4 o más personas, lo que seguramente ocurrirá.

En el congreso CIAM de 1930, Ernst May --uno de los protagonistas de este congreso--, respecto de la pertinencia de la vivienda de alta densidad en altura, declara refiriéndose a su trabajo como diseñador de proyectos de vivienda mínima en Frankfurt: "…cuántos fracasos nos hubiéramos ahorrado si cada arquitecto de viviendas pequeñas hubiera sido obligado a vivir un par de semanas con una familia trabajadora antes de empezar a diseñar".

Tal vez los tiempos hayan cambiado y en estos momentos ya no estamos ante la emergencia sanitaria que alguna vez vivieron las ciudades industriales de la Europa de alrededor de 1900; sin embargo, sigue perfectamente vigente la pregunta por las condiciones que el espacio de la vivienda requiere para no afectar la salud física y mental del habitante. En una próxima entrega, continuaremos abordando el tema de la vivienda mínima en el ámbito local y que tiene muchas facetas: entre otros, los beneficios económicos que reciben los promotores al hacer proyectos VIS en Bogotá y en zonas turísticas aledañas y que luego acaban en propiedad de personas de estratos altos que compran por inversión o como vivienda turística.

* Miembros del grupo de investigación Las formas de la producción en arquitectura.

** Las opiniones acá expresadas son personales y no comprometen a la Universidad de los Andes.

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Por Maarten Goossens - Marc Jané - Camilo Villate* / Especial para El Espectador

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