Este jueves, Jorge Alberto García García, exintegrante de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), se presentará en la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) para una entrevista con el fin de obtener un cargo público. El asunto no tendría mayores inconvenientes, salvo que todos los detalles en esta historia importan: García aspira a ser comisionado de la CNSC a pesar de que ya fue comisionado entre el 7 de diciembre de 2009 y el 6 de diciembre de 2013 y de que existe una ley (la 909 de 2004) que, explícitamente, indica que los comisionados “en todo caso no serán reelegibles para el período siguiente”. Respaldado por una tutela del Consejo Superior de la Judicatura, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Angelino Lizcano, García está a punto de conseguir que su reelección sea un hecho.
En 2014, la ESAP abrió el concurso para escoger al nuevo integrante de la CNSC —cuyo rango salarial es el de un ministro—, luego de que el pasado 6 de diciembre se terminara el período de Carlos Humberto Moreno Bermúdez. García se inscribió para el proceso, pero, según los evaluadores de la ESAP, la Ley 909 de 2004 lo inhabilitaba para participar porque apenas había pasado un año desde su salida de la institución y la norma especificaba que debía esperar todo un período institucional (es decir, cuatro años). Contrariado por esta decisión, García presentó una tutela ante el Consejo Seccional de la Judicatura en Bogotá, el 28 de octubre, argumentando que la ESAP había violado sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y a la participación en cargos públicos.
García alegó además que se le había vulnerado su derecho al trabajo y exigía continuar en el concurso de méritos para elegir al comisionado de la CNSC, pero, en esta instancia, la Judicatura respaldó los argumentos esgrimidos desde el comienzo por la ESAP y rechazó la petición de García. Además de la Ley 909, la Judicatura incluyó un concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado emitido el 3 de julio de 2014 por una petición de la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, quien preguntaba, entre otras cosas, por el tiempo de inhabilidad de los comisionados para ser reelegidos. La respuesta de la Sala Civil —que, como se sabe, no es vinculante— fue contundente: cualquier exintegrante de la CNSC que aspire a ser reelegido tendrá que esperar a que pase un período institucional (cuatro años).
La Sala de Consulta lo resumió así: “En criterio de la Sala, para efectos de la prohibición de reelección, el elemento determinante es el tiempo de duración establecido para el período institucional, esto es, cuatro años”. García, sin embargo, tiene otra interpretación de la norma y así lo dejó saber en la tutela que interpuso contra la ESAP. Alegó que no dejarlo participar en el concurso era un error pues esa regla aplicaba sólo para los comisionados en ejercicio y que, además, la norma tampoco lo afectaba porque su período había terminado en diciembre de 2013 y, por ende, no se trataba de una reelección. Su posición encontró eco en el magistrado Angelino Lizcano, quien el pasado 20 de noviembre —10 días después de que la ESAP hubiera publicado la lista final de los puntajes obtenidos por los participantes en el concurso— ordenó que el proceso se suspendiera.
La ESAP, entonces, tuvo que acatar la decisión de Lizcano, cuyo nombre ha salido una y otra vez salpicado en escándalos como el del carrusel de pensiones, que terminó con una Comisión de Acusación inhibiéndose de investigar. En más de una ocasión, Lizcano ha sido señalado de haber formado parte de un “bloque” con los magistrados Pedro Sanabria, Julia Emma Garzón y Henry Villarraga. Este último renunció en noviembre de 2013, señalado de haber intentado ayudarle al coronel (r) Róbinson del Río, investigado por “falsos positivos”. Y fueron precisamente Lizcano, Sanabria y Garzón, junto con el expresidente de la Judicatura Wilson Ruiz Orjuela, quienes terminaron ordenándole a la ESAP que permitiera que Jorge Alberto García continuara participando en el concurso para elegir al próximo comisionado de la CNSC. Los demás miembros de la Judicatura, en desacuerdo con la decisión, salvaron su voto.
Haciendo caso al fallo de tutela, el 23 de enero de este año García recibió la calificación por las dos pruebas que había alcanzado a presentar con la ESAP antes de que le impidieran seguir en el proceso: 99,93 puntos en la de conocimientos y 76,06 en el examen de competencias, posicionándose dentro de los primeros puestos en la lista general de concursantes. El Espectador quiso conocer los detalles del caso en palabras del excomisionado, pero García declaró que consideraba indebido manifestarse en un proceso que no ha concluido y que, por demás, ya había tenido otro inconveniente, revelado por este diario en noviembre del año pasado: un cambio de reglas a último minuto que la ESAP nunca explicó y que modificó la manera como los concursantes fueron evaluados.
Así las cosas, en tres días la ESAP recibirá a García para hacerle la última prueba, la entrevista, y proseguir con la revisión de su hoja de vida. Si obtiene el puntaje más alto entre todos los concursantes y se ubica en el primer lugar en la lista de elegibles, el presidente Juan Manuel Santos deberá designarlo de nuevo comisionado, a pesar de que, como la Sala de Consulta del Consejo de Estado ha señalado, la idea de la ley era evitar que un miembro de la CNSC volviera a tener acceso a ese cargo a lo largo de los cuatro años siguientes a su período recién terminado, en busca de garantizar la rotación de los “guardianes” de la meritocracia. Y en medio de todo este asunto están los demás aspirantes que participan en la convocatoria, quienes reclaman juego limpio.