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Reforma tributaria, en manos de magistrado Pretelt

En manos del polémico magistrado quedó la revisión de la norma con las que se busca generar más recursos para suplir el hueco fiscal estimado en 10 billones de pesos.

Norbey Quevedo H.
27 de abril de 2015 - 08:34 p. m.
Reforma tributaria, en manos de magistrado Pretelt

 Casi dos meses después que salieran a luz pública los señalamientos del abogado Víctor Pacheco, quien acusó al magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Pretelt Chaljub, de solicitarle $500 millones para que se seleccionara una acción de tutela que evitara a la firma Fidupetrol el pago de $22.500 millones, en un pleito con la Gobernación del Casanare, el alto Tribunal designó a Pretelt para que estudie si uno de los proyectos más importantes del gobierno, la Reforma Tributaria aprobada en diciembre pasado, se ajusta a la Constitución.

Se trata de la ley 1739 de 2014 mediante la cual se modificó el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crearon mecanismos de lucha contra la evasión y se dictaron otras disposiciones. Son 77 artículos de una reforma que creó o cambió tributos como el impuesto a la riqueza, el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) y el Impuesto sobre la renta.

La norma también estableció mecanismos de lucha contra la evasión al Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza y gravamen a los movimientos financieros, asuntos que generaron gran inconformidad en los sectores real y financiero y por parte de los usuarios.

Ante la avalancha de críticas, un grupo de congresistas del Centro Democrático cuestionó la legalidad de la norma y presentó hace dos semanas una demanda de inconstitucionalidad contra la reforma. El grupo de parlamentarios demandantes son Ernesto Macías, Iván Duque, Fernando Araujo Rumie, Alfredo Ramos Maya y Pierre Eugenio García, quienes demandaron la reforma en su totalidad.

Según los accionantes, el Congreso de la República al expedir la reforma, incurrió en vicios en su trámite y desconoció el contenido de varias normas de la carta política. En su demanda dicen que el artículo 347 de la Constitución, plantea la posibilidad de presentar un proyecto de presupuesto general de la Nación desbalanceado, lo cual le imponía al gobierno el deber “de presentar, por separado, un proyecto de ley creando nuevas rentas o modificando las existentes, destinadas a financiar el monto de gastos contemplados en la ley de apropiaciones, es decir, a cubrir el déficit fiscal”.

Cuestionan los demandantes que a pesar de que la ley estudiada fue presentada por el gobierno como una ley de financiamiento, y por el contrario, se trata de una ley de naturaleza tributaria. Es por ello que se debe hacer un trámite legislativo diferente. En otras palabras, lo que el grupo de congresistas señala es que por el tipo de ley la gestión legislativa debió ir por otro camino. Dicen en su demanda que la norma buscaba crear o modificar las rentas existentes y no financiar el presupuesto general de la Nación.

Los denunciantes sostienen que el gobierno se excedió en los límites al tratar de financiar un presupuesto desbalanceado en razón de que “para realizar una reforma tributaria por mas de lo contemplado en hueco fiscal, para gravar futuras vigencias fiscales y modificar el estatuto tributario con artículos que no buscan un recaudo para financiar el presupuesto general de la Nación que no tienen ninguna relación con el presupuesto de 2015”.

Otro aspecto que destaca el grupo de congresistas por el cual consideran debe declararse inexequible la reforma tributaria, es la existencia de vicios de trámite. Señalan que la iniciativa desde su nacimiento estuvo viciada al agotarse su primer debate en las comisiones conjuntas, terceras y cuartas de la Cámara y el Senado y destacan que la Constitución y el reglamento del Congreso “no previeron para las reformas tributarias sesiones conjuntas en el primer debate, a menos que así las solicitara el Presidente de la República, mediante mensaje de urgencia”.

Para el grupo de congresistas del Centro Democrático en el trámite de la reforma tributaria se desconoció los principios de unidad de materia, participación ciudadana, consecutividad e identidad flexibles.

Con base en estos argumentos la Corte Constitucional admitió la demanda presentada y acaba de notificar al Congreso, a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, al Ministerio de Hacienda y a la Dirección de Impuesto y Aduanas DIAN, a fin de que hagan sus observaciones al respecto. De igual manera la Corte anunció que convocará al debate de constitucionalidad a 13 universidades, al Instituto Colombiano de Derecho Tributario, al Centro de Estudios Tributarios de Antioquia, a la Asociación Nacional de Industriales (Andi) y a Fedesarrollo.

El estudio de constitucionalidad de la norma, radicado con el expediente D-10691 se da en momentos en que surgió una denuncia en la que se sugiere que el magistrado Pretelt habría recibido $10 mil millones del movimiento político MIRA para mantener la personería jurídica, situación que desmintieron el Presidente del movimiento Carlos Baena y el propio magistrado.

A este escenario se suma la declaración del exjefe paramilitar Iván Roberto Duque conocido con el alias de Ernesto Báez quien denunció que el magistrado tuvo vínculos con las autodefensas, específicamente, con el mayor de los hermanos Castaño, Vicente Castaño, con quien asegura lo vio reunirse en varias oportunidades. El caso llegará ahora a la comisión de acusaciones y se adicionará a las denuncias por el escándalo Fidupetrol y los presuntos despojos de tierras en el Urabá antioqueño.

La reforma tributaria aprobada por el Congreso busca subsanar el hueco fiscal del gobierno estimado en 10 billones de pesos y paradójicamente su estudio de constitucionalidad está en manos del magistrado Jorge Pretelt Chaljub a quien públicamente varios ministros le han pedido que renuncie a su cargo.

Por Norbey Quevedo H.

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