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Secuestrados y sin beneficios

Pese a que tienen ayudas otorgadas por ley, algunos bancos, jueces o funcionarios las niegan a los plagiados. En tres años se han logrado beneficios en cerca de 150 casos. Pero en el país hay actualmente 2.800 secuestrados.

Norbey Quevedo H. / Edwin Bohórquez
05 de julio de 2008 - 04:48 a. m.

El drama de los esposos Rodríguez* no puede ser peor. Son dos ancianos de 74 y 78 años que fueron secuestrados en 1999 por las Farc cerca a Gachetá en Cundinamarca. Pagaron un dinero por su liberación pero el grupo armado ilegal les hizo ‘conejo’. Como si fuera poco, hoy su familia no tiene certeza de su paradero y de si están vivos.

Y cuando se revisa su patrimonio, la finca lechera que poseían quedó abandonada. Por eso sus herederos creyeron que un paliativo a la situación económica sería sustituir la pensión que su longevo padre posee, pero los trámites y el tiempo acrecentaron la angustia de sus familiares que ni siquiera aún  tienen respuesta a su petición.

Las alarmas entre las familias de los plagiados y las organizaciones que luchan por sus derechos   se encienden en rojo. La razón es que pese a que existen dos normas que desde hace tres años expidieron el Congreso  (ley 986) y el Concejo de Bogotá (acuerdo 124) con el propósito de brindar beneficios a las víctimas del secuestro, pocas familias han sido receptoras de ayudas.

El asunto en cifras redondas registradas en el  Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal, Fondelibertad, una dependencia adscrita al ministerio de Defensa y la Fundación País Libre que asesoran y realizan los trámites, muestran que sólo en cerca de 150 casos de secuestros, el plagiado o sus familiares han recibido ayudas. Una proporción que resulta pequeña si se tiene en cuenta que actualmente hay en Colombia cerca de 2.800 personas en cautiverio.

La suspensión del pago de las obligaciones, la parálisis de los procesos judiciales, el acceso a servicios de salud, beneficios educativos, continuidad en el pago de salarios y exenciones tributarias, son en el papel, los beneficios a los que, desde 2005, tienen las víctimas del secuestro. Pese a ello, la realidad muestra que su aplicación es paupérrima. 

Una dificultad a la que se adicionan preferencias dependiendo del secuestrado: “Es claro que hay secuestrados de primera y secuestrados de segunda. Muchas veces notamos que los responsables de los beneficios agilizan y aprueban los trámites de acuerdo al nombre del plagiado”, explica un abogado experto en el asunto.

La Fundación País Libre, también reconoce la difícil aplicación de las normas. En un reciente informe al Congreso sobre el tema señaló que: “En el escenario actual, estos instrumentos de protección legal son insuficientes ante la desbordada barbarie que expresa el conflicto armado y ante las demandas de protección de los cientos de miles de víctimas por todo el país”.

A estos factores se suma la inquietud que generó entre las víctimas y las organizaciones que luchan contra este flagelo, la supresión del Programa Presidencial Contra la Extorsión y el Secuestro. La decisión fue tomada el pasado 30 de abril y según algunos miembros de Ong y víctimas era un programa con buena interlocución en esos asuntos. Sin embargo, un vocero de la Casa de Nariño le manifestó a El Espectador que todas las funciones del Programa quedaron en manos de Fondelibertad.           

Estadísticas de ese organismo  muestran que el  plagio en Colombia se redujo significativamente en los últimos años pasando de 1.038 secuestros en 1996 a 521 en 2007. Una situación que cambió así como el perfil del secuestrado: antes era susceptible de secuestro grandes empresarios, políticos, terratenientes o ganaderos, pero en los últimos años el plagio paso a ser asunto de personas de mediano nivel económico: “Por eso la aprobación de estos beneficios se volvió vital para el secuestrado y su familia”, explicó el abogado Edgar Gómez.


Los vericuetos de la tramitología para acceder a los beneficios por parte de las víctimas son enredados. Y aunque el sector financiero lo niega, entidades bancarias, juzgados, algunos ministerios, funcionarios públicos y empresas, se han convertido en el talón de aquiles de la víctimas del secuestro. “Pese a que la ley es específica, el tratamiento de que mucho bancos y juzgados le dan a los plagiados y su entorno familiar, es muy similar al de cualquier cliente”, destaca otro especialista en el tema.

En el caso del congelamiento de las obligaciones a nombre de la víctima, se ha detectado que cuando se trata de créditos hipotecarios o de consumo, la mayoría de entidades niegan el beneficio porque argumentan que el beneficio es para el secuestrado. De igual forma, es frecuente la solicitud de documentos innecesarios.

En los juzgados el asunto no es mejor. Es frecuente, que no se suspendan los procesos ejecutivos. El Espectador conoció de un caso en el que las víctimas solicitaron la medida hace tres años, no hubo respuesta y en junio el bien fue embargado.

En el tema salarial o pensional  también existen complicaciones. Para acceder al beneficio la víctima debe iniciar un proceso conocido como declaración de ausencia, en este caso, según el informe de la Fundación País Libre: “En la práctica hemos notado que en la mayoría de casos, las demandas son inadmitidas o rechazadas porque el juez desconoce la existencia del procedimiento”. Ello genera el no pago de salarios y la desafiliación a la seguridad social.

Con respecto a los beneficios en educación y salud poco se aplican, porque tres años después de expedida la ley, aún los ministerios correspondientes no han expedido los decretos reglamentarios.


Frente a las exenciones tributarias para los secuestrados otorgadas por el Concejo de Bogotá, se destaca que se han generado esquemas que han permitido, como el caso de Clara Rojas, ser eximida del pago del impuesto predial.

Otro factor al que se le atribuye las pocas reclamaciones de beneficios es que no se conocen entre las víctimas y el propio Estado poco ha hecho para hacerlas conocer.  

En suma, además del flagelo que sufren los secuestrados y sus familias, se adiciona la indolencia de algunos sectores y personas, que además de no entender que se trata de un compromiso legal otorgar los beneficios, también se trata de un asunto humanitario.

(*) apellido cambiado a petición de la fuente

¿A qué tienen derecho?

Salario y pensión

El empleador deberá continuar pagando el salario y las prestaciones sociales, y en el caso de servidores públicos que no devenguen salario, se les pagarán honorarios. Si en el tiempo de secuestro la persona adquiere el derecho a pensión, el curador provisional o definitivo de bienes podrá adelantar los trámites necesarios para el pago respectivo.

Salud y educación

Se debe garantizar la protección al cautivo y a su núcleo familiar, y a quienes no tenían empleador el Gobierno Nacional deberá reglamentar los mecanismos y procedimientos para garantizar el acceso a la salud y el acceso a la educación de los hijos.

Asistencia psicológica

Y también psiquiátrica a través del Programa Presidencial contra la Extorsión y el Secuestro, que debe proveer programas de asistencia para estos dos fines con el ánimo de lograr la recuperación psicosocial no sólo del afectado sino de sus allegados. En el caso de funcionarios de la Fuerza Pública, le corresponderá a la institución a la que pertenezca.


Del Concejo de Bogotá

El predio del secuestrado estará exento del pago del impuesto predial unificado y lo mismo para el caso de los automóviles. Sólo deberá cumplir con esas obligaciones hasta que sea liberado. En caso de muerte en cautiverio, las exenciones se mantendrán durante dos años, sin exceder el término máximo de 10, de acuerdo con la Ley 1333 de 1986.

Sanciones generales

Las entidades bancarias que no cumplan la ley serán sancionadas por la Superintendencia del ramo. A los empleadores, asumirán penas del Código Sustantivo Laboral y en el caso de los servidores públicos que no acaten la ley, incurrirán en causal de mala conducta y se verán sujetos a sanciones del régimen disciplinario aplicable.

Historias de secuestrados

Gustavo Moncayo. Tuvimos que pagar todas las deudas. Nunca nadie nos ayudó con esos costos. Mi hijo tenía una moto y sacamos de los ahorros para pagarla, porque ni siquiera el Gobierno se ocupó de esos gastos ni nos congelaron la deuda. Luego, para poder sobrevivir y empezar a trabajar en la misión humanitaria, hipotecamos la casa por $20 millones y eso tampoco nos los dejaron quieto. Son 10 años que hemos tenido que pagar puntualmente lo que se debía y por eso tuve que retirar a mis hijos de la universidad.

Deyanira de Beltrán.  Las deudas de mi esposo, Orlando Beltrán, fueron congeladas cuando pasamos la carta en la que Fondelibertad aclaraba que estaba registrado como secuestrado. Los bancos suspendieron esos pagos y nos ofrecieron reestructurar la deuda, que fue la opción que escogimos. En materia tributaria, también se congelaron. Lo grave es que a la gente que fue liberada y llegó enferma le quitaron, además del salario, la seguridad social y los dejaron abandonados a su suerte.

Patricia Perdomo.  Tuvimos que radicar toda la serie de cartas necesarias para que los procesos se congelaran y no siguieran adelante. Antes de la Ley 986 sufrimos por todo el tema de los cobros, que no los hicieron efectivos, pero después logramos parar eso y ahora sabemos que existe un año después de la liberación para mirar los acuerdos a los que se debe llegar. Hay un desconocimiento de la ley y por eso hago un llamado a todos los familiares de los secuestrados para que hagan efectivas las normas que tenemos, porque muchos han perdido las pocas cosas que han conseguido.

Consuelo Cordón. Mi hermano Orlando Cordón, comerciante, fue secuestrado hace cinco años y cinco meses. La casa que tenía en Villa Café, en la parte alta de Neiva, fue rematada por la DIAN, que era donde él vivía. Nos quitaron la casa a pesar de que llevamos los certificados que dan fe sobre su estado actual, secuestro. Además, la DIAN nos tiene embargada la casa paterna donde él aparece en la escritura. Y eso es lo único que nos queda. Ellos sólo responden que no se puede hacer nada.

 

Por Norbey Quevedo H. / Edwin Bohórquez

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