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En 1994, el ciudadano Mario Alcides Lopera murió a raíz de un impacto de bala en el barrio Gran Avenida de Bello (Antioquia). Sin embargo, su familia alega que la responsabilidad la tienen tanto el victimario como el Estado, por la “deficiente” atención médica recibida por Lopera. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), 28 años después, acaba de admitir el caso.
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El expediente da cuenta de que Lopera, momentos después del impacto, arribó a la Clínica “Víctor Cárdenas”, que entonces estaba a cargo del extinto y liquidado Instituto de Seguros Sociales, administrado por el Estado. Al parecer, Lopera no estaba afiliado a la institución, por lo cual fue remitido, a pesar de sus complicaciones, al Hospital Marco Fidel Suárez. Allí habría fallecido, aparte, por una “deficiente atención médica”.
Dos años después de la muerte, la familia de Lopera presentó una acción de reparación ante el Tribunal Administrativo de Antioquia. Señaló como posibles responsables al Ministerio de Salud, al Instituto de Seguros Sociales y al Hospital Marco Fidel Suárez. Argumentaron que la muerte fue ocasionada por “la pérdida de tiempo valioso y necesario en el Instituto”.
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El reloj quedó pausado para la familia de Lopera, hasta que en junio de 2008 el Tribunal rechazó la demanda. En este punto, inicia la situación de interés para la CIDH, porque la familia no se quedó de brazos cruzados y apeló. Sin embargo, le volvieron a negar las pretensiones y esta vez por una razón que se escapaba de sus manos: desde 2005 estaba vigente una Ley que les permitía apelar solo si la solicitud superaba los 500 salarios mínimos. Y ellos no pedían tanto.
En su petición ante la CIDH, que fue enviada en 2009, la familia de Lopera aseguró que Colombia los privó de su derecho a una segunda instancia, dado que al momento de interponer su acción de reparación (1996) no estaba vigente la Ley de 2005. Incluso, reclamaron por la cantidad de tiempo que tomó la decisión de primera instancia. El proceso estuvo tan dilatado que, incluso, las normas internas del país cambiaron.
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La CIDH consideró que las decisiones judiciales que rodearon el caso de Lopera necesitan un estudio de fondo, dado que podrían haber vulnerado los derechos a las garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial. Sin embargo, explicó que no puede entrar a verificar falencias sobre presuntos responsables de la muerte de la víctima, puesto que la misma familia nunca presentó denuncias penales o quejas disciplinarias.
“El Estado argumenta que no inició investigaciones de oficio, dado que no hubo duda alguna de las propias autoridades judiciales sobre la idoneidad de la atención médica recibida por la presunta víctima”, se lee en otra parte de la decisión. Colombia fue, en 2021, el país garante del sistema interamericano que más casos envió a la CIDH (568). Asimismo, la mayoría de casos admitidos tuvieron su origen en expedientes del país (71). Si la CIDH estima que el caso es grave, podría remitirlo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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