Aborto, baldíos, entre otras: la bitácora de decisiones de la Corte Constitucional
Desde despenalizar el aborto hasta la semana 24, prohibir la pesca deportiva para proteger los animales, admitir licencia de maternidad y paternidad para parejas del mismo sexo, hasta declarar violación masiva de derechos en las personas privadas de la libertad en los centros de detención transitaria son algunas de las decisiones que tomó la Corte Constitucional durante este año.
El 2022 se está terminando como uno de los años en donde la Corte Constitucional dejó alrededor de tres decisiones históricas. Desde la despenalización del aborto, regular la adjudicación de los terrenos baldíos en el país, dejar sin piso la pesca deportiva por considerar que es maltrato animal, hasta declarar que existe una vulneración masiva de derechos a la población que se encuentra privada de la libertad en centros de detención transitorios, son algunas de las determinaciones. Los álgidos debates que enfrentaron los nueve magistrados tuvieron presencia de conjueces que apoyaron la deliberación de los temas.
Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.
El 2022 se está terminando como uno de los años en donde la Corte Constitucional dejó alrededor de tres decisiones históricas. Desde la despenalización del aborto, regular la adjudicación de los terrenos baldíos en el país, dejar sin piso la pesca deportiva por considerar que es maltrato animal, hasta declarar que existe una vulneración masiva de derechos a la población que se encuentra privada de la libertad en centros de detención transitorios, son algunas de las determinaciones. Los álgidos debates que enfrentaron los nueve magistrados tuvieron presencia de conjueces que apoyaron la deliberación de los temas.
Aborto
El primer tema que libró el alto tribunal fue la despenalización del aborto. En ese entonces el magistrado Antonio José Lizarazo y el hoy exmiembro de la corporación Alberto Rojas Ríos, fueron coequiperos para llevar ante la Sala Plena la propuesta de despenalizar el aborto en Colombia. Aunque la discusión sobre la práctica de ese procedimiento ya se había zanjado en 2006, una demanda que buscaba eliminar el delito de aborto del Código Penal abrió la puerta a que se debatiera nuevamente.
Lea aquí: La lucha de una indígena para acceder al aborto llega a la Corte Constitucional
La Corte decidió dejar en firme las tres causales para interrumpir el embarazo: cuando una mujer sea abusada sexualmente, cuando el riesgo de la madre esté en riesgo y cuando el feto tenga alguna malformación. Esas directrices las estableció el mismo alto tribunal en 2006, la novedad ahora es que desde febrero de este año las personas gestantes pueden también acceder a ese procedimiento hasta la semana 24. La decisión de la Sala Plena fue álgida, y con una votación de seis a favor y tres en contra, usando conjueces, le dieron la razón a Causa Justa, los demandantes del delito. Aquí puede encontrar la reciente decisión: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/C-055-22.htm
Aunque el alto tribunal dejó estipulado las reglas y órdenes para que se regule el aborto en Colombia conforme lo decretaron en febrero pasado, en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez reposa otra demanda que pretende deshacer lo que hasta el momento ha sentado una línea jurídica respecto de lo que es la despenalización del aborto. La abogada Natalia Bernal Cano con su recurso pretende que los no nacidos sean protegidos y tengan una figura jurídica. La especialista ha sido crítica de las decisiones emitidas por el alto tribunal en esta materia.
Los baldíos
Otra de las decisiones simbólicas de la Corte es sobre la deuda histórica que tenía la Nación con la adjudicación y tenencia de los terrenos baldíos. El magistrado Lizarazo volvió a ser el protagonista. Llevó ante la Sala Plena una ponencia en donde dejó claro que el Estado tenía que proteger los derechos de los campesinos y regularizar y formalizar la propiedad rural. En esta sentencia, la Corte adoptó una serie de medidas que deben cumplir algunas entidades del Gobierno para que la reforma agraria sea un hecho.
Desde crear una jurisdicción agraria, delimitar e inventariar los baldíos que hay en el país, hasta definir cuáles fueron otorgados entre los requisitos legales de la reforma campesina, fueron las órdenes que impartió el alto tribunal. Las entidades encargadas de esa labor, específicamente, son la Agencia Nacional de Tierras, el Ministerio de Ambiente y el Consejo Superior de la Judicatura que debe capacitar a los jueces para conocer de esos procesos de mientras se crea la jurisdicción especializada en esa materia. Lea aquí la decisión: https://www.corteconstitucional.gov.co/comunicados/Comunicado%2026%20-%20Agosto%2018%20de%20%202022.pdf
Pesca deportiva
De despenalización del aborto y adjudicar los baldíos, la Corte pasó a analizar prácticas de maltrato animal. En mayo, el alto tribunal tumbó las normas que regulaban la pesca deportiva que consistía en atraer, capturar y luego liberar a peces en diferentes partes del territorio. A juicio de la Sala Plena, esta actividad puede considerarse maltrato animal. La Corte, en su decisión, concluyó que la pesca puede ser artesanal, industrial, de subsistencia, científica, de control o de fomento, pero no deportiva.
El alto tribunal llegó a esa conclusión con una ponencia de la magistrada Diana Fajardo que se concentró en dos argumentos: por un lado, que esa práctica va en contravía de lo que los abogados llaman el principio de precaución. Y, por otro, que podría considerarse una forma de maltrato, que hoy en día está prohibido. Lea la decisión de la Corte: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/C-148-22.htm
Lea también: La pesca deportiva se practica en el 80% de los departamentos de Colombia
Aunque la decisión cayó bien para algunos colectivos ambientalistas y protectores de animales, se conoció que alrededor del 80% de los departamentos del país practican la pesca deportiva como una forma de tener economía en su territorio. Comunidades indígenas, quienes se vieron afectadas por la decisión de la Corte, presentaron recursos que piden anular el fallo porque consideran que se están vulnerando sus prácticas ancestrales. Esa decisión debe zanjarse durante el próximo año.
El ECI de detenciones transitorias
De materia ambiental, la Corte pasó a verificar si en los centros de detención transitorios había violación masiva de derechos para la población privada de la libertad. El alto tribunal concluyó que la situación era tan crítica que debía decretarse un estado de cosas inconstitucional para resolver la crisis carcelaria en el país. El panorama no es nada diferente al que se viene conociendo desde 1998 cuando el mismo alto tribunal estipuló que la población privada de la libertad vive en condiciones precarias.
Si bien la Corte ha dicho que a las personas condenadas o sindicadas que se encuentran en establecimientos carcelarios se les debe disminuir en cierta medida los derechos que tienen respecto de su movilidad por los hechos delictivos cometidos, eso no quiere decir que esa población deba vivir en una situación precaria y vulnerando sus derechos. En su análisis, la Corte constató que la situación de hacinamiento de los establecimientos penitenciarios y carcelarios se desbordó.
Por ello, el alto tribunal entregó unas directrices al Ministerio de Justicia y el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) para tomar medidas y evitar que la crisis carcelaria siga siendo un dolor de cabeza para los Gobiernos. Desde crear nuevos cupos en las cárceles hasta generar nueva infraestructura y fomentar una política pública en esa materia fueron las órdenes que impartió el alto tribunal. Lea aquí el fallo: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/SU122-22.htm
Lea también: Violación al Acuerdo de Paz y otros estados inconstitucionales en Colombia
La maternidad y paternidad en parejas LGBTI
En Colombia, el derecho a la igualdad ha sido uno de los pilares y el que más ha defendido la Corte Constitucional. Aunque en muchas ocasiones no se ha acatado su llamado, el alto tribunal ha sentado grandes precedentes en esa materia. Por ejemplo, años atrás dio vía libre al matrimonio en parejas del mismo sexo y les otorgó poder para que pudieran adoptar hijos. En un nuevo espaldarazo a la comunidad LGBTI, la Corte les dijo que podían tener derecho a la licencia de maternidad y maternidad.
En el análisis que la Corte hizo a una demanda en contra de la ley de seguridad social, el alto tribunal explicó que el concepto de la familia colombiana se ha construido a partir de categorías binarias sobre la sexualidad: la dupla hombre-mujer. Y la apropiación de esa idea ha dado lugar a leyes y diseños normativos que responden a un “modelo ideal de conducta sexual o moral”. No obstante, a su juicio, esa situación ha permitido fenómenos de desigualdad, como en este caso en el sistema de seguridad social, que deben ser corregidos.
Lea aquí: Con demanda piden que a parejas LGBTI les sea reconocida la licencia de maternidad
“Es claro que las parejas adoptantes del mismo sexo, que conforman una familia, requieren el mismo tiempo de cuidado para los niños y niñas que una pareja heterosexual adoptante y que es determinante que ambas cuenten con el espacio para construir vínculos y poder prodigarle afecto y amor. Es decir, ambas parejas que adoptan deben brindar las mismas garantías, aunque en la primera los roles binarios de madre y padre no encajan con las expectativas sociales y lo que implica un modelo de familia nuclear”, explicó la Corte. Aquí puede leer la decisión: https://www.corteconstitucional.gov.co/comunicados/Comunicado%2039%20-%20Noviembre%2023%20de%202022.pdf
Los análisis del alto tribunal en este año pasaron de estudiar la crisis carcelaria que padece el país hasta situaciones ambientales, de igualdad y de salud. El próximo año también promete ser un espacio de grandes determinaciones. Los estudios estarán entre verificar si las reformas del nuevo Gobierno se ajustan a la Constitución hasta resolver demandas y tutelas que pueden sentar precedentes importantes para algunas comunidades.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.