Ahora, ¿qué pasará con el proceso contra "Jesús Santrich" por narcotráfico?

Al no extraditar al exjefe guerrillero, la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz remitió el expediente tanto a la Corte Suprema como a la propia JEP. Como no hay envío a EE.UU, la conducta que se le endilga a Santrich tiene que ser investigada por las autoridades nacionales.

Redacción Judicial
15 de mayo de 2019 - 10:21 p. m.
Jesús Santrich está detenido en la cárcel La Picota de Bogotá. / Cristian Garavito
Jesús Santrich está detenido en la cárcel La Picota de Bogotá. / Cristian Garavito

La decisión de la Jurisdiccional Especial para la Paz de no extraditar a Estados Unidos al exjefe guerrillero Seuxis Hernández, mejor conocido como Jesús Santrich, tiene varias implicaciones, como que este debe quedar en libertad este mismo martes pero también que los cargos de narcotráfico que se le endilgan deben ser evaluados por las autoridades nacionales. Así lo deja en claro la determinación de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz.

La Sección dejó en claro que no extraditar a Santrich no puede implicar, bajo ninguna circunstancia, que la conducta que le cuestiona las autoridades de Estados Unidos quede sin investigar. Se trata de su presunta participación de Hernández en un supuesto negocio de envío de diez toneladas de cocaína a ese país. Según la decisión, como la JEP no contó con elementos suficientes para evaluar si esa conducta se habría cometido antes o después de la firma del acuerdo de paz, el caso debe resolverse por las autoridades nacionales.

(Lea aquí: JEP niega extradición de "Jesús Santrich" a EE.UU. y ordena su libertad).

“(El asunto) incuestionablemente debe ser instruido y si es el caso, juzgado y sancionado, postura que sigue al principio aut dedere aut judicare (extraditar o juzgar), indistintamente si se procede por la justicia transicional o por la ordinaria”, dice la decisión. Esa fue la razón por la cual la Sección remitió el expediente a la Sala de Reconocimiento de Verdad de la misma JEP y a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, dado que Santrich fue elegido congresista por el partido que nació de la desmovilización de las Farc, a pesar de que no se ha posesionado en el cargo.

Según explicaron fuentes de la JEP a El Espectador, como no se evaluó la fecha en la que se habrían cometido los hechos, ambas justicias tendrán que activar sus competencias y verificar cada una si hay lugar a iniciar una investigación, teniendo como base “los elementos de prueba obtenidos legalmente”. El trasfondo de esta solución que propuso la Sección de Revisión del Tribunal de Paz, en sus propias palabras, va de la mano de los “postulados del Derecho Internacional Público”.

(También: “La JEP ha derrumbado el sucio montaje contra mí”: Jesús Santrich).

“(...) Según los cuales, el Estado colombiano tiene la obligación de investigar las graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario cometidas con ocasión del conflicto armado, al tiempo que da vía para que se judicialice la conducta alegada de narcotráfico por parte de las autoridades nacionales”, señala la decisión de 148 páginas de la JEP. En ese sentido, no es claro cuál sería el rumbo del caso contra Santrich ya que es posible que ambas jurisdicciones inicien respectivos procesos sobre los cargos que se le endilgan.

Por Redacción Judicial

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