En noviembre del año pasado, la Corte Constitucional recibió una demanda que busca eliminar que los congresistas sean investigados bajo la Ley 600 del 2000, es decir, el sistema inquisitivo. El abogado Yefferson Dueñas, con su recurso, busca que los aforados sean investigados bajo el actual Código de Procedimiento Penal que le dio vida a la Ley 906 del 2004. La discusión del tema está por empezar. Inicialmente, fuentes del alto tribunal le confirmaron a este diario que la iniciativa del abogado fue acogida por el magistrado ponente Jorge Enrique Ibáñez. No obstante, para llegar a una deliberación de fondo primero se deben resolver dos impedimentos de los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes.
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El caso tiene relevancia porque desde hace 22 años los congresistas, representantes a la cámara y gobernadores, quienes tienen condición de aforados son investigados y juzgados por el mismo juez, es decir, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Si la iniciativa de Dueñas prospera en la Corte Constitucional, los miembros del legislativo serían investigados y juzgados de una manera diferente: un fiscal los investigaría y la Corte Suprema los juzgaría. Esa hipótesis sería ideal para el abogado debido a que, a su juicio, la aplicación de la Ley 600 del 2000 a actuaciones penales por hechos ocurridos con posterioridad al 31 de diciembre de 2008 es contraria a la Constitución
El tema también cobra importancia porque la mayoría de los congresistas que resultan envueltos en una investigación penal buscan renunciar a su curul para que el proceso quede en manos de la Fiscalía. A su juicio, hay más garantías procesales. El expediente del exsenador y expresidente Álvaro Uribe, así como el de los exsenadores Richard Aguilar, Edwin Ballesteros, Eduardo Pulgar y Álvaro Hernán Prada, aunque no guardan una relación directa con el análisis que se llevará a cabo durante los próximos días en el alto tribunal, lo que sí tienen en común es que renunciaron a su cargo para hacer el cambio en su proceso judicial de la Ley 600 del 2000 a la Ley 906 del 2004.
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Si bien ese tipo de actuaciones están alejadas de la discusión que se registrará en el alto tribunal, la hipótesis del abogado Dueñas al solicitar la eliminación de la ley que investiga aforados no persigue que los congresistas no sean investigados, por el contrario, su intención es que la Corte Suprema siga manteniendo la competencia para juzgarlos, pero, bajo el actual Código de Procedimiento Penal. Palabras más palabras menos lo que busca es que los miembros del legislativo sean investigados con las mismas garantías que una persona que no cuenta con una condición congresional.
El panorama jurídico en el país para investigar y juzgar está así: el presidente de la República, los magistrados de las altas cortes y de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y el fiscal general son investigados, inicialmente, por la Comisión de Acusación en la Cámara de Representantes, y cuando el caso pasa a juicio lo revisa la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, que finalmente pone una condena. Los congresistas y gobernadores son investigados por la Corte Suprema, y el resto de los colombianos son judicializados a través de la Fiscalía por la Ley 906.
Entonces, en ese orden, la demanda solo persigue que se cambie la forma en la que se investiga y juzga a los congresistas. La Sala Plena de la Corte Constitucional tiene la intención de conocer y analizar a fondo el proceso durante los próximos días. No obstante, primero deben resolver los impedimentos que presentaron los magistrados Linares y Reyes Cuartas.
Los impedimentos
El primero que llegó fue el del magistrado Alejandro Linares. Lo presentó el pasado 20 de abril, y en la misiva de dos páginas dijo que se hacía a un lado de la discusión porque, finalmente, el debate llevaría a que posiblemente se cambien las reglas de juego para investigar aforados en Colombia. En este momento, sobre el magistrado reposa una denuncia en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes que presentó el abogado Jaime Lombana, quien defiende los intereses del expresidente Uribe.
El caso, de alguna forma, vincula indirectamente la discusión que se realizará en el alto tribunal. El magistrado Linares fue el ponente de un fallo de tutela que dejó con calidad de imputado al expresidente y líder del Centro Democrático. Una vez Uribe renunció a su cargo en el Congreso, su proceso quedó en manos de la Fiscalía, sin embargo, se desconocía el punto en el que quedaría.
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Un juzgado le dio la calidad de imputado al exsenador. Es decir, equiparó la indagatoria que rindió en la Corte Suprema de Justicia a la imputación de cargos que realiza la Fiscalía. Él y su defensa no estuvieron de acuerdo con la decisión y presentaron una acción de tutela con la que buscaban tumbar esa condición. El caso fue analizado por el despacho del magistrado Linares quien llevó ante la Sala Plena que al expresidente no se le vulneró ningún derecho y que, en efecto, debía seguir el rumbo de su proceso judicial conforme ya lo había decidido el juzgado.
Si bien el análisis que realizó el magistrado Linares podría entenderse como un tema relativamente cercano al que se va a discutir, su impedimento se da por cuenta de una investigación que se surte en su contra en la Comisión de Acusaciones en la Cámara de Representantes, por una salida en falso en los medios de comunicación en la que explicó la decisión tomada sobre el expediente de Uribe. Además, entregó otra serie de apreciaciones que culminaron en acciones legales no solo en su contra sino también contra el expresidente Juan Manuel Santos.
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Así las cosas, el magistrado Linares dijo “dado que los demandantes plantean a la Corte que la aplicación de la Ley 600 de 2000 -de tendencia inquisitiva- a actuaciones penales por hechos ocurridos con posterioridad al 31 de diciembre de 2008 es contraria a la Constitución, y que las investigaciones penales a cargo de la Comisión de Investigación y Acusación se rigen por dicha normatividad, considero que la decisión que se adopte en el asunto de la referencia podría impactar la ley aplicable a los procesos penales que se adelantan en mi contra”.
El otro impedimento también de dos páginas llegó la semana pasada, y está firmado por el magistrado Reyes quien aseguró que también tiene un proceso que reposa en la Comisión de Acusaciones por lo cual considera pertinente alejarse de la discusión. “El análisis de los cargos que se plantearon en la demanda y la decisión que se llegare a adoptar, puede integrar las investigaciones penales contra otros aforados, incluyendo a los magistrados de altas corporaciones, lo que podría afectarme, comoquiera que determinará el procedimiento penal -ya sea la Ley 906 de 2004 o la Ley 600 de 2000- que regirá las investigaciones que eventualmente puedan presentarse en mi contra, así como las indagaciones que actualmente cursan en la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes frente al suscrito”, explicó.
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Para Reyes está claro que podría haber un interés de su parte que “puede ir más allá de lo intelectual dado que, si por ejemplo, la tesis de encontrar que la Ley 906 comporta un margen de garantía muy superior al ofrecido por la Ley 600, es obvio que se preferiría ser investigado y juzgado sobre las bases del actual Código de Procedimiento y no del inquisitivo desarrollado en la Ley 600″. Las manifestaciones de los magistrados Reyes y Linares no han sido analizadas de fondo por la Sala Plena, por lo que se espera que durante los próximos días se resuelvan sus pretensiones, y posterior a ello, empiece el debate que podría abrir una nueva ventana a como se investiga en el país.
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