Una reparación integral que incluya una compensación adecuada, recomendó la Comisión Interamericana de Derechos humanos en favor del exministro de comunicaciones Saulo Arboleda Gómez. Al mismo tiempo, el organismo ordenó al Estado que, a la brevedad posible, se le permita a Arboleda interponer un recurso de revisión de la sentencia que hace dos décadas lo condenó a 54 meses de prisión por el escándalo del Miti-miti.
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El pronunciamiento de la CIDH obedece a la insistencia del exministro para que la justicia admita que existieron violaciones al debido proceso en su expediente, y que además se le ha negado la posibilidad de dar ese debate pues su caso se resolvió en única instancia. Sin entrar en la primera controversia, la CIDH le sugirió a Colombia que se cumpla con la Convención Americana y se le permita a Arboleda la revisión de su caso.
Este capítulo jurídico tuvo su origen hace 24 años, cuando la revista Semana, en su edición del 17 de agosto de 1997, presentó un informe que incluyó unas conversaciones telefónicas entre el exministro Arboleda y su colega de Energía, Rodrigo Villamizar, durante las cuales quedaron al desnudo aparentes irregularidades de contratación en el desarrollo de una licitación para la concesión de emisoras en Frecuencia Modulada.
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El caso se conoció como el escándalo del Miti-miti porque ese fue el comentario del ministro Arboleda a su colega para precisar que así debía quedar esa licitación: mitad para amigos del gobierno de Ernesto Samper y mitad para contradictores. Aunque esas grabaciones telefónicas no fueron ordenadas por una autoridad judicial competente, y no se supo quién las hizo, de todos modos, se abrieron investigaciones disciplinarias y penales.
En lo penal, el fiscal de la época, Alfonso Gómez Méndez, tres días después de la publicación abrió investigación contra los ministros, a quienes meses más tarde, el 21 de octubre de 1998, acusó formalmente ante la Corte Suprema de Justicia por el presunto delito de interés ilícito en celebración de contratos. Hasta ese momento, el reparo principal en debido proceso era contra la supuesta ilicitud de las grabaciones telefónicas.
Sin embargo, el 14 de mayo de 1999 ocurrió un hecho que alteró el desarrollo del proceso. Aunque era claro por la conversación entre los dos interlocutores que la suerte jurídica de un ministro estaba ligada a la del otro, y de hecho ambos habían sido acusados por la Fiscalía en la misma causa, súbitamente la Corte Suprema Justicia rompió la unidad procesal. En una nueva valoración jurídica concluyó que Villamizar no había obrado como ministro.
(En contexto: ‘Miti’ condenado y ‘miti’ absuelto)
Según la Corte, cuando el ministro Rodrigo Villamizar llamó por teléfono a su colega Arboleda para recomendarle a un amigo para la licitación de las emisoras, hacía uso de una licencia para unos chequeos médicos en el exterior. Como la Corte determinó que esa llamada la había efectuado como particular, determinó que ya no tenía competencia para juzgarlo y, en lo referente a Villamizar, envió el caso a un juzgado penal de Bogotá.
Ante lo sucedido, el exministro Arboleda reclamó una nueva evaluación de su caso, por el cambio de perspectiva. Ya no era procesado por escuchar la recomendación de un ministro, sino de un particular, como muchos otros que se acercaron a recomendar sus propuestas de emisoras. Entre ellos, varios directores de medios de comunicación y, días antes de ser fiscal, hasta el propio Gómez Méndez quien recomendó la oferta de un conocido en Tolima.
No obstante, sus argumentos fueron desestimados, y en octubre de 2000, la Corte Suprema, si bien reconoció que no hubo detrimento patrimonial porque la emisora del escándalo no se concedió, lo condenó a 54 meses de prisión. En contraste, el expediente del exministro Rodrigo Villamizar tuvo un demorado trámite y terminó absuelto por prescripción. En conclusión, el caso se saldo en un miti-miti judicial: un ministro condenado y otro absuelto.
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En estas circunstancias, empezó la pelea de Arboleda por darle vuelta a un caso cerrado en única instancia. Primero probó con una tutela que al final desestimó la justicia; y luego sucesivamente, a través de cinco solicitudes de revisión -en 1997, 2011, 2012, 2015 y 2017-, todas inadmitidas por la Corte Suprema de Justicia. El eje argumental de las acciones: la presunta violación del debido proceso y el derecho a recurrir la sentencia.
En medio de las negativas de la Corte a revisar su caso, el tema fue avanzando en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que primero admitió conocer sus alegatos, y ahora pide reparar al exministro y permitirle que su caso sea revisado. El pronunciamiento se contextualiza en la discusión que llevó a la Corte Suprema a aceptar que los casos fallados en única instancia puedan ser revisados, como ocurrió con el exministro Andrés Felipe Arias.