Con tutela, Mockus busca tumbar fallo que anuló su elección

El senador del Partido Verde anunció que pondrá una tutela en contra de la decisión del Consejo de Estado con la cual perdió su curul en el Congreso. Su abogado en este caso será el excandidato presidencial, Humberto de la Calle.

Redacción Judicial
22 de abril de 2019 - 07:42 p. m.
El senador Antanas Mockus y el jefe negociador del gobierno con la guerrilla de las Farc en La Habana, Humberto de la Calle.  / Mauricio Alvarado - El Espectador
El senador Antanas Mockus y el jefe negociador del gobierno con la guerrilla de las Farc en La Habana, Humberto de la Calle. / Mauricio Alvarado - El Espectador

El senador Antanas Mockus no se quedó de brazos cruzados ante la anulación de su elección como congresista. El exalcalde de Bogotá puso una tutela ante el Consejo de Estado buscando tumbar la reciente decisión de ese alto tribunal con la que el senador perdió su curul. Su abogado en este proceso es el exjefe negociador del Acuerdo de Paz en La Habana, Humberto de la Calle.

.:La paradoja del proceso Mockus:.

La tutela en contra del fallo de la Sección Quinta estaría vulnerando derechos fundamentales de Mockus y de "más de 500.000 ciudadanos que depositaron su confianza en él y lo eligieron como Senador”, según se lee en la demanda. Por esto, en el escrito que radicaron ante el Consejo de Estado, en compañía de otros líderes de la bancada Verde, se pide dejar sin efectos la decisión del pasado 10 de abril.

La Sección Quinta del Consejo de Estado “canceló la credencial” que acredita a Antanas Moclus como congresista, porque, según argumentaron los magistrados, estaba viciada de nulidad. Todo a raíz de los contratos que Corpovisionarios, una entidad sin ánimo de lucro que fundó el exalcalde de Bogotá, celebró con el Estado en 2017, lo cual inhabilitaba a Mockus para ser elegido en cargos populares, porque era él quien figuraba oficialmente como representante legal de la organización, según se lee en el fallo.

(Lea también: La tras escena de la pérdida de la curul de Antanas Mockus)

Hay tres cargos en los que De la Calle y Mockus sustentan la tutela. En primer lugar, dicen que la Sección Quinta no era competente para pronunciarse sobre el tema ya que había otra decisión anterior de ese alto tribunal en revisión de la Sala Plena. Es decir que, si los magistrados de una sección querían decidir en la materia, que para el senador y su abogado ya eran cosa juzgada, debían llevar el proceso también ante la Sala Plena.

Por otro lado, argumentan que la Sección Quinta estaría violando el principio constitucional que obliga a la justicia a aplicar la norma más favorable cuando haya dos o más en disputa. En este caso, como se hizo una interpretación diferente a la que otra sección del mismo alto tribunal ya había hecho, se estaría violando el debido proceso. Además, agregan, “esa interpretación estricta, taxativa y restrictiva del alcance de las inhabilidades es aún más imperiosa cuando se trata de anular una elección popular pues están en juego también los derechos políticos de los electores”.

Por último, De la Calle desvirtúa las pruebas mismas del fallo argumentando que la esencia de la inhabilidad —los contratos de Corpovisionarios con el Estado— no tocan a Mockus. Según se lee en la tutela “lo cierto es que él no intervino en gestión de negocios ante entidades públicas ni celebró contratos en interés propio o de terceros. Así, la sentencia valoró entonces en forma totalmente errónea las pruebas en el proceso”.

(Le puede interesar: Tres datos para entender el fallo del Consejo de Estado contra Mockus

Como había advertido este diario, el asunto no tiene precedentes. La presidenta del Consejo de Estado, magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, explicó a El Espectador que las demandas de pérdida de investidura, como la nulidad electoral, tienen un análisis diferente. “En la pérdida de investidura se analiza la conducta de una persona y una conducta tiene una parte objetiva (lo que los demás ven) y una subjetiva (lo que los demás no ven, la intención con la que se hace algo). En la nulidad electoral a usted lo que le importa es sencillamente lo que se hizo, no si fue de buena o de mala fe, con buena o mala intención. Son dos formas de ver una misma situación”.

Mockus ya había explicado ante las autoridades que, desde 2006, quien firmaba todos los contratos de Corpovisionarios era Henry Murraín, director ejecutivo de la fundación. El Consejo de Estado encontró que, efectivamente, Murraín había sido delegado para ejercer esa función, pero ello no significaba que fuera el representante legal de Corpovisionarios, cargo que siguió en manos de Mockus. Según la decisión, la única forma de que el exalcalde perdiera la condición de representante legal era reformar los estatutos de la fundación. “Sin embargo, como esa ‘entrega’ no implica el despojo total de la función asignada o que este haya dejado de ostentarla, debe entenderse que el señor Antanas Mockus seguía desempeñando, al menos jurídicamente, el cargo de representante legal”, se lee en el fallo.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar