A las 11:45 de la noche del viernes 8 de enero de 1999, cuatro lanchas con alrededor de 60 paramilitares arribaron por el río Magdalena al municipio de San Pablo, en Bolívar. Llegaron con intención de tomarse el pueblo y así fue. Se dividieron en dos grupos y atacaron a la población civil. El hecho dejó 14 personas muertas, varias heridas y una más secuestrada. Los afectados demandaron al Ministerio de Defensa porque las autoridades omitieron hacer su trabajo de defender la ciudadanía. El Consejo de Estado les dio la razón: la Nación y la fuerza pública fueron condenadas.
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Los hombres que atacaron a la población llegaron al billar Puerto Amor y asesinaron a cuatro personas. Después pasaron a la “Sodería” El Paraíso donde mataron a cinco más y, por último, llegaron a la discoteca Los Espejos donde asesinaron a otros cinco. Los establecimientos públicos, según el reporte, quedaban cerca a la estación de Policía por lo que los uniformados iniciaron un plan de defensa en las instalaciones y allí se acuartelaron. Respecto del resto de autoridades, la ciudadanía dijo que llamaron al Ejército y a la Armada para que ofrecieran apoyo, pero no acudieron.
Los familiares de las personas asesinadas presentaron un recurso de reparación para que el Estado respondiera por las falencias de la fuerza pública. Durante el proceso que empezó en el año 2000, la Policía pidió que se negaran las pretensiones de la demanda porque sus miembros no tenían conocimiento de la incursión paramilitar al municipio y no fueron advertidos por parte de la ciudadanía. Además, señalaron que los uniformados estaban en imposibilidad de proteger a la población civil porque las instalaciones de la estación de Policía también fueron atacadas.
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La Armada dijo que no hubo una falla en el servicio porque las muertes fueron causadas por miembros de un grupo al margen de la ley y no existía una obligación frente a la protección de la ciudadanía. De otro lado, el Ejército no contestó la demanda. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Bolívar les dio la razón a los demandantes y consideró que quienes no probaron parentesco de las víctimas no debían ser reparadas. El Ministerio de Defensa, en cabeza de la Armada y la Policía apelaron la decisión argumentando que las muertes fueron provocadas por paramilitares.
El caso llegó al despacho del magistrado Alberto Montaña del Consejo de Estado. Halló que, en efecto, la masacre ocurrió mientras la Policía estuvo acantonada y solo salió al pueblo cuando cesó el ataque que dejó 14 muertos, varios heridos y un secuestrado. De la Armada, tiene en el radar que recibió una llamada pidiendo auxilio, pero el comandante de la época decidió no zarpar inmediatamente, sino que esperó a un segundo llamado e hizo presencia seis horas después cuando la Sijín y la alcaldesa del municipio estaban haciendo el reconocimiento de los cuerpos.
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“La Sala, en consecuencia, no encuentra razonables los argumentos de las dos entidades demandantes, que sostuvieron que no se les podía imputar responsabilidad porque había mediado el hecho de un tercero. Ciertamente, la masacre fue cometida directamente por los miembros de las autodefensas, pero eso sólo fue posible por las omisiones de las fuerzas armadas, lo que asegura la incidencia de la falla del servicio en la ocurrencia del daño”, dice el fallo.
El alto tribunal explicó en su providencia que, si bien los hechos ocurrieron en medio del conflicto armado y fueron cometidos por terceros y no directamente por agentes estatales, el Gobierno si tiene la responsabilidad de responder si se prueba que las autoridades cometieron alguna omisión o apoyaron algún acto que comprometiera la integridad de la ciudadanía. En este caso, el Consejo de Estado explicó las irregularidades en las que estuvieron inmersas la Armada, la Policía y el Ejército.
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Sobre la omisión de la Policía, el alto tribunal tiene claro que el comandante de ese entonces activó el plan de defensa de las instalaciones y ordenó proteger únicamente la estación bajo la creencia errada de que estaba siendo hostigada por la guerrilla. Las pruebas dan cuenta de que, a pesar de escuchar los disparos durante varias horas, esa autoridades dejaron “completamente desprotegida” a la población civil desde las 11:45 de la noche hasta las 3:00 de la mañana cuando los paramilitares ya se habían ido y los civiles pudieron llamar a entregar a la policía un primer recuento de los muertos que quedaron en tres establecimientos públicos diferentes.
Respecto de la Armada, el Consejo de Estado dijo que también incurrió en “omisiones determinantes e injustificables”. Un informe de operaciones y la declaración del comandante de Flotilla dan cuenta que las unidades A.R.C. Fritz y A.R.C. Magangué estaban ubicadas a menos de 16 kilómetros del municipio de San Pablo, Bolívar, antes de la media noche cuando reportaron el hostigamiento. El documento aclaró que, si bien se ordenó zarpar inmediatamente, las unidades de la Armada no lo hicieron.
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“El comandante adujo que estaba muy oscuro y que las condiciones del río no permitían zarpar porque su nivel aumentaba el riesgo de encallar, a su vez, el riesgo de ser atacados por grupos al margen de la ley”, dijo el informe que tuvo en cuenta el Consejo de Estado. Además, añadió que el comandante exigió que se le diera la orden por escrito y, con esa excusa, zarparon horas más tarde con el mismo nivel de profundidad del río que había al momento de la primera llamada. “Navegaron sin novedad y llegaron a San Pablo a las 6:00am, cuando los paramilitares ya habían huido sin contratiempos, por el mismo río que, según el comandante de la Armada era innavegable”, dice el fallo.
En cuanto a la responsabilidad del Ejército, el alto tribunal le reprochó que haya actuado con “extrema displicencia” de su obligación de contribuir con la justicia, pues no participó una sola vez durante el proceso, ni para contestar la demanda, ni para alegar la conclusión, ni tampoco para aportar información relevante sobre el litigio. El alto tribunal concluyó que las fuerzas militares se ausentaron del casco urbano de San Pablo, sin justificación, durante el lapso en que ocurrió la masacre y sólo regresaron cuando los paramilitares ya habían sembrado el terror. “Esta subsección declaró que, en efecto, el Ejército también había incurrido en una conducta que había facilitado la incursión armada y la muerte de las víctimas”, explicó la providencia.
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Así las cosas, con la omisión de las fuerzas militares, el Consejo de Estado consideró que la Nación en cabeza del Ministerio de Defensa, la Policía, la Armada y el Ejército son responsables por no evitar la masacre ocurrida hace 23 años. Por esos hechos, el alto tribunal ordenó la reparación directa de cinco personas, familiares de quienes murieron en la incursión paramilitar que, según la denuncia del subteniente del Ejército, Wilson Germán Hernández, se perpetró por parte de las AUC que delinquían en el Sur de Bolívar.
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