Consejo de Estado niega tutela que pedía a Iván Duque no hablar del caso Uribe
La decisión la tomó el alto tribunal al considerar que el ciudadano que interpuso la tutela no era parte del proceso penal que se adelanta contra el expresidente y por tanto no estaba legitimado para ello. Otras dos decisiones de tutela del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le han pedido al Jefe de Estado mantener su imparcialidad sobre procesos judiciales.
El pasado 10 de agosto de 2020, el ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas presentó una tutela alegando que sus derechos habían sido vulnerados luego de que el presidente Iván Duque se pronunciara en medios de comunicación, lamentando y cuestionando la decisión de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia de dictar medida de aseguramiento contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La tutela fue negada en primera instancia por el Tribunal Superior de Cundinamarca, decisión que acaba de ser confirmada por el Consejo de Estado.
Rodríguez Vargas pedía a la justicia que se ordenara al presidente Duque no emitir juicio de valor alguno sobre los procesos penales en contra del Senador Álvaro Uribe Vélez, y que expresara el acatamiento irrestricto a cualquier decisión judicial. De hecho, ante el Consejo de Estado, el ciudadano aportó dos fallos de tutela fallados por el Tribunal de Cundinamarca que exhortaron al presidente que “sea imparcial en sus publicaciones, con el objeto de cumplir el mandato constitucional de simbolizar la unidad nacional y garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos independiente de la corriente política, creencias o ideales que profesen”.
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La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Martín Bermúdez, negó la tutela al estimar que Rodríguez no estaba legitimado para presentar la acción judicial pues no hace parte del proceso penal que se le adelanta al expresidente Álvaro Uribe por presunto fraude procesal y soborno. Y es que el ciudadano decía que sus derechos habían sido afectados porque votó al senado por Iván Cepeda, quien es contraparte del exsenador Uribe en dicho proceso penal.
“El voto en las urnas no le otorga la representación per se de los derechos fundamentales de quien resulte electo. El accionante no acreditó que fuera parte en el proceso penal ni que hubiera sido reconocido como víctima; tampoco expuso que estuviera actuando como agente oficioso de alguno de ellos, ni aportó poder que lo legitimara para actuar su representación. Por lo tanto, la protección invocada del debido proceso e igualdad resulta improcedente", dice la decisión.
(Lea: Soy y seré siempre un creyente en la inocencia y honorabilidad de Uribe: Duque.)
“Para la Sala, la persona que acude a la acción de tutela debe tener un interés directo y particular respecto de la solicitud de amparo. Según los argumentos del accionante, las declaraciones del presidente afectan el debido proceso del senador Iván Cepeda Castro, por quien votó en las elecciones de los años 2014 y 2018; agregó que este hecho afecta también a todas las personas que dieron su voto para que el senador los represente. En concepto de la Sala, la afectación que presenta el accionante no corresponde a una vulneración de un derecho propio, sino de quien lo representa democráticamente”, agrega la decisión.
A pesar de esta decisión, están vigentes las dos decisiones del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que hicieron el exhorto al presidente Iván Duque Márquez, “para que se abstenga de emitir opiniones que desconozcan la autonomía e independencia de las ramas del poder público de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política”. Una fue dictada el pasado 24 de agosto y la segunda el pasado 14 de septiembre.
El pasado 10 de agosto de 2020, el ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas presentó una tutela alegando que sus derechos habían sido vulnerados luego de que el presidente Iván Duque se pronunciara en medios de comunicación, lamentando y cuestionando la decisión de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia de dictar medida de aseguramiento contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La tutela fue negada en primera instancia por el Tribunal Superior de Cundinamarca, decisión que acaba de ser confirmada por el Consejo de Estado.
Rodríguez Vargas pedía a la justicia que se ordenara al presidente Duque no emitir juicio de valor alguno sobre los procesos penales en contra del Senador Álvaro Uribe Vélez, y que expresara el acatamiento irrestricto a cualquier decisión judicial. De hecho, ante el Consejo de Estado, el ciudadano aportó dos fallos de tutela fallados por el Tribunal de Cundinamarca que exhortaron al presidente que “sea imparcial en sus publicaciones, con el objeto de cumplir el mandato constitucional de simbolizar la unidad nacional y garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos independiente de la corriente política, creencias o ideales que profesen”.
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La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Martín Bermúdez, negó la tutela al estimar que Rodríguez no estaba legitimado para presentar la acción judicial pues no hace parte del proceso penal que se le adelanta al expresidente Álvaro Uribe por presunto fraude procesal y soborno. Y es que el ciudadano decía que sus derechos habían sido afectados porque votó al senado por Iván Cepeda, quien es contraparte del exsenador Uribe en dicho proceso penal.
“El voto en las urnas no le otorga la representación per se de los derechos fundamentales de quien resulte electo. El accionante no acreditó que fuera parte en el proceso penal ni que hubiera sido reconocido como víctima; tampoco expuso que estuviera actuando como agente oficioso de alguno de ellos, ni aportó poder que lo legitimara para actuar su representación. Por lo tanto, la protección invocada del debido proceso e igualdad resulta improcedente", dice la decisión.
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“Para la Sala, la persona que acude a la acción de tutela debe tener un interés directo y particular respecto de la solicitud de amparo. Según los argumentos del accionante, las declaraciones del presidente afectan el debido proceso del senador Iván Cepeda Castro, por quien votó en las elecciones de los años 2014 y 2018; agregó que este hecho afecta también a todas las personas que dieron su voto para que el senador los represente. En concepto de la Sala, la afectación que presenta el accionante no corresponde a una vulneración de un derecho propio, sino de quien lo representa democráticamente”, agrega la decisión.
A pesar de esta decisión, están vigentes las dos decisiones del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que hicieron el exhorto al presidente Iván Duque Márquez, “para que se abstenga de emitir opiniones que desconozcan la autonomía e independencia de las ramas del poder público de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política”. Una fue dictada el pasado 24 de agosto y la segunda el pasado 14 de septiembre.