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Consejo de Estado pide a Petro evitar “tono incendiario” tras suspender decreto de pensiones

Sigue la tensión entre las altas cortes y la Casa de Nariño tras los señalamientos del presidente Gustavo Petro, en los que aseguró que la decisión de suspender provisionalmente el decreto con el que se ordenó el traslado de dineros de fondos privados a Colpensiones respondería a una “decisión inconstitucional” y a un “golpe de Estado”.

Redacción Judicial

12 de mayo de 2026 - 09:58 a. m.
El Consejo de Estado aseguró que los comentarios del presidente podrían poner en peligro a quienes toman las decisiones judiciales.
Foto: Juan Diego Cano
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Después de la decisión del Consejo de Estado de suspender el traslado de COP 5 billones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a Colpensiones y suspender la totalidad del decreto que ordenaba el paso de los dineros, volvieron a crecer las tensiones entre el Ejecutivo y el poder judicial. En esta oportunidad, el alto tribunal respondió al reproche hecho por el presidente Gustavo Petro, quien aseguró: “Un poder constituido como el Consejo de Estado no tiene ninguna legitimidad para anular los derechos de la gente que trabaja. Esa es una decisión inconstitucional y es un golpe de Estado contra el pueblo constituyente y soberano”.

Por su parte, el Consejo de Estado pidió que se respeten sus decisiones judiciales: “El tono incendiario del primer mandatario no amerita ni justifica una respuesta en similar sentido, sino un ejercicio ponderado que, en defensa de nuestra Constitución, vigente y fortalecida, recuerde a todas aquellas voces que desean terminar, en vez de implementar, nuestra carta de derechos, la importancia capital que, en esta y en todas las democracias, tiene la separación de poderes”.

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Asimismo, el Consejo de Estado aseguró que las manifestaciones del presidente y de otras cabezas del poder Ejecutivo son consideradas como inquietantes: “La desinformación y la descontextualización de las decisiones judiciales deterioran la confianza institucional, debilitan el Estado de derecho que el país ha construido y defendido, y se traducen en señalamientos y hostigamientos contra quienes asumen, cada día, la responsabilidad de juzgar”.

En ese sentido, el Consejo de Estado señaló que la libertad de expresión no puede ser usada para “edificar mensajes que privilegian el impacto” y que, además de poner en peligro a las instituciones, amenazan la integridad física de las personas que toman las decisiones jurídicas. Por último, el alto tribunal aseguró que la existencia, competencias y legitimidad del Consejo de Estado surge de la misma Constitución Política, la cual estableció la separación de poderes.

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En otro trino, el presidente Gustavo Petro solicitó que se demande penalmente al magistrado ponente de esta decisión, el togado Juan Enrique Bedoya Tovar: “Dado que la sentencia del magistrado del Consejo de Estado a favor del interés de los banqueros y en contra del interés general de los trabajadores y de la ley vigente que aquí muestro, pido demandar penalmente por prevaricato al magistrado ponente”.

Al respecto, la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) emitió un comunicado en el que rechazó el pronunciamiento del jefe de Estado y anunció que solicitará medidas de protección especial en favor de la Rama Judicial y del Magistrado Bedoya Escobar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante la Relatoría para la Independencia Judicial de Naciones Unidas.

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La decisión del Consejo de Estado se dio el pasado lunes 11 de mayo y con ella suspendió la totalidad del decreto 415 de 2026, expedido el pasado 23 de abril. La resolución del Ejecutivo ordenó a los fondos de pensiones transferir a Colpensiones más de COP 27 billones en las siguientes semanas.

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Sin embargo, el pasado 28 de abril, la Sección Segunda del Consejo de Estado había suspendido una parte de las medidas, con la que se había ordenado el traslado del dinero. Esos dineros era de quienes se había pasado de fondos privados al púbico, pero no se han pensionado.

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La más reciente decisión es sobre los dineros de quienes se trasladaron de un fondo privado al Colpensiones y que ya cumplieron con todos los requisitos de pensión. La demanda que pide tumbar todo el decreto sostiene que las medidas de Gobierno van en contra de reglamentaciones previas. El documento argumenta que el Ejecutivo incurrió en una extralimitación de funciones y violó el principio de confianza legítima de los ciudadanos.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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