Corte absuelve a excongresista Zulema Jattin por irregularidades en contratación

El alto tribunal consideró que en la época en que se celebraron los convenios eran inaplicables las prohibiciones que se incluyeron en la Ley 1150 de 2007, por lo que la exparlamentaria actuó con el convencimiento de que podría suscribirlos sin las exigencias que se aplicaron.

Redacción Judicial
01 de diciembre de 2017 - 11:18 p. m.
Zulema Jattin Corrales, expresidenta de la Cámara de Representantes.  / Archivo particular.
Zulema Jattin Corrales, expresidenta de la Cámara de Representantes. / Archivo particular.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a la excongresista Zulema Jattin Corrales por los delitos de celebración indebida en la celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

Los hechos que investigó el alto tribunal se remontan a finales del 2004 y principios del 2005 cuando Jattin Corrales, en su condición de presidente de la Cámara de Representantes, suscribió tres convenios interadministrativos con la Universidad de Cartagena para remodelar las instalaciones de la comisión cuarta, mejorar el sonido e iluminación.

En el proceso se demostró que los convenios interadministrativos se cumplieron a satisfacción, por lo cual en la acusación se reparó en la formalidad de los convenios y no en el resultado de los mismos”, precisó el alto tribunal. (Le podría interesar: Zulema Jattin se declaró inocente en proceso por irregularidades en contratación)

El alto tribunal consideró que para la época de celebración de los convenios entre entidades públicas eran inaplicables las prohibiciones que introdujeron en la Ley 1150 de 2007 y, por lo mismo, estimó que Jattin Corrales “muy posiblemente actuó con el convencimiento de que podía suscribir convenios con entidades públicas sin las exigencias que se imponen cuando se contrata con particulares”.

Asimismo, la Sala tuvo en cuenta la legislación vigente en esa época y la absolvió al considerar que se generaba una “duda inadmisible” en relación con la legalidad de la alternativa que seleccionó, es decir, los convenios interadministrativos. La Corte tuve en cuenta conceptos de asesores externos y el equipo jurídico de la corporación.

En cuanto al delito de peculado por apropiación, consistente en haberle pagado al claustro universitario $8 millones, más de lo que un tercero podía cobrar por mejorar la iluminación y el sonido de la corporación, la Sala consideró que no existía evidencia  de que esa suma de dinero la haya empleado la Universidad en sus objetivos misionales. “Tampoco que haya sido desviada a favor de terceros. Por duda, entonces, se absolvió a Jattin Corrales por dicho delito. (Lea: Corte Suprema dictó medida de aseguramiento contra Zulema Jattin)

Por Redacción Judicial

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