El gobierno de Gustavo Petro tendrá que presentar un nuevo Plan de Acción para garantizar a los niños y niñas Wayuu los derechos a la salud, el agua potable y la alimentación. La obligación llega por decisión de la Corte Constitucional, que consideró que los planes presentados hasta el momento para atender la problemática no dan realmente solución ni garantías a los menores de edad.
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La orden del alto tribunal obliga a que en un plazo máximo de mes y medio la Presidencia de la República y a los Ministerios de Salud, Vivienda, Ambiente, Agricultura y Hacienda, entre otras entidades del Gobierno, presenten el pan con el que darán cumplimiento al auto 696 de 2022, que adoptó medidas cautelares para la protección de los derechos de la niñez Wayuu.
Previo al auto, la Corte Constitucional decidió en la sentencia T-302 de 2017, que hay una “vulneración generalizada, masiva, desproporcionada e injustificada de derechos fundamentales de la niñez Wayuu constituía un Estado de Cosas Inconstitucional -ECI-”. Con las cosas así, el alto tribunal emitió órdenes para que el Gobierno subsane la situación y garantice los derechos de los niños.
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En mayo del año pasado, la Corte dijo que era hay “condiciones que generan el desconocimiento de los derechos fundamentales tutelados a las y los niños Wayuu”. Por su parte, la Sala Especial de Seguimiento concluyó que el plan que había presentado el Gobierno, entonces encabezado por Iván Duque, no cumplió ni los objetivos ni los parámetros establecidos.
La Corte Constitucional señaló que “de las 83 acciones propuestas, únicamente, 44 fueron asociadas de manera explícita a un objetivo; no se advirtió que dicho plan hubiera formulado índices de goce efectivo de derechos, que permitan el seguimiento y valoración de las acciones que se llevarán a cabo”. Por otra parte, el alto tribunal recalcó que “se notó la ausencia de cronogramas, articulación entre las entidades y precisión respecto de cuáles de estas deberán cumplir las acciones; y (aunque en el actual Plan hay propuestas de asignación de cuantiosos recursos, ello, en sí mismo, no representa un indicador del cumplimiento de las obligaciones que tienen entidades del orden nacional y local con la población vulnerada”.
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La Corte expresó la preocupación de que, casi cinco años después de la Sentencia, “las entidades estatales aún cuentan con funcionarios que desconocen todos los fundamentos que llevó a esa declaratoria y las obligaciones que de él se derivan”. En el jalón de orejas, el alto tribunal le ordenó a la Consejería Presidencial que remitiera un plan integrado y unificado en el que se evidencie una real articulación entre las entidades del orden nacional y territorial, para la superación de las problemáticas.
Dentro de la orden de la Corte, la Contraloría deberá auditar la ejecución de los recursos públicos destinados a los proyectos presentados en el Plan. De igual manera, el alto tribunal ordenó informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre esta decisión, ya que se relaciona con las medidas cautelares adoptadas por dicho órgano internacional en La Guajira.
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