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Corte Suprema condena al congresista Pedro Suárez Vacca por prevaricato cuando era juez

El representante a la Cámara por el Pacto Histórico también deberá pagar una multa equivalente a cerca de COP 175 millones. Suárez Vacca fue condenado por el delito de prevaricato por acción agravado, en la modalidad de delito continuado por hechos ocurridos cuando era juez en Boyacá.

Redacción Judicial

10 de julio de 2026 - 04:27 p. m.
El representante a la Cámara por el partido Colombia Humana también deberá pagar una multa equivalente a cerca de COP 175.075 millones.
Foto: Archivo Particular
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La Corte Suprema de Justicia condenó este 10 de julio al representante a la Cámara por el Pacto Histórico Pedro José Suárez Vacca a cinco años y ocho meses de prisión por su el delito de prevaricato por acción agravado, en la modalidad de delito continuado. Los hechos por los que fue condenado ocurrieron entre 2008 y 2009, cuando el ahora político se desempeñaba como juez quinto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Tunja (Boyacá).

Según detalló la Sala Especial de Primera Instancia, cuando Suárez Vacca ejercía ese cargo concedió y mantuvo la prisión domiciliaria a favor de un condenado por los delitos de tráfico agravado de estupefacientes y secuestro simple, “pese a que la Ley 750 de 2002 excluía expresamente ese beneficio para quienes hubieran sido condenados por este último delito”.

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En su momento, el entonces juez sustentó la decisión en que el condenado era padre cabeza de familia y que, presuntamente, sus hijos se encontraban en estado de abandono, situación que, según afirmó, se habría evidenciado durante una inspección judicial. Sin embargo, dicha diligencia no se habría realizado. En su lugar, lo que existía era un acta elaborada en la oficina del juez.

En ese sentido, la Sala estableció que, al adoptar la decisión del 23 de enero de 2008 y al ratificarla el 15 de septiembre de 2009, “el entonces juez omitió verificar los antecedentes penales del solicitante y desconoció las restricciones legales aplicables”. La alta Corte también señaló que, para la segunda providencia, el entonces juez ya conocía la condena por secuestro simple y, aun así, mantuvo el beneficio.

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La Sala concluyó que las decisiones de Suárez Vacca no fueron actuaciones aisladas, “sino manifestaciones sucesivas de una misma voluntad dirigida a conceder y mantener un beneficio legalmente improcedente. Por ello, encontró acreditada la modalidad continuada de la conducta y la responsabilidad penal del acusado”.

A esto, agregó: “Aunque la defensa intentó enmarcar la conducta dentro de un posible error derivado de la carga laboral del despacho y de la práctica consistente en delegar en otros funcionarios la elaboración de proyectos de providencia para su posterior revisión y suscripción, tal explicación no resulta de recibo en este caso”.

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Por estos hechos, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema lo condenó a cinco años y ocho meses de prisión, al pago de una multa equivalente a cerca de COP 175 millones y a una inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por nueve años, dos meses y 11 días. Además, la alta Corte negó a Suárez Vacca la posibilidad acceder al beneficio de prisión domiciliaria, por ser un delito doloso contra la administración publica.

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