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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena en contra de Juan Carlos Abadía Campo, exgobernador del Valle del Cauca, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. El caso está relacionado con un desvío de recursos destinados a dotar bibliotecas escolares.
Los hechos ocurrieron el 29 de enero del 2010, cuando el entonces gobernador Juan Carlos Abadía; su secretario de Educación; Eiber Gustavo Navarro Piedrahita; y Luz Delly Martínez Cárdenas, representante legal de la Fundación Calimío, firmaron un convenio para dotar 40 bibliotecas públicas de escuelas y colegios en varios municipios del Valle del Cauca.
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El valor del contrato fue de COP 1.072 millones, de los que la Gobernación del Valle aportaría COP 1.000 millones y la Fundación Calimío COP 72.000 millones. La entrega de los textos escolares se subcontrató con la Fundación Calimío, Ediciones Alfa y Omega y Editorial La Clave del Saber, firmas que, según la Corte, se apropiaron de al menos COP 817 millones en sobrecostos.
La sentencia señala que la contratación para dotar las bibliotecas del departamento estuvo plagada de irregularidades, como haberse apoyado en una normatividad que no correspondía, no elaborar estudios previos serios para la contratación, no haber publicado la licitación en el Secop y no haber verificado la idoneidad de la Fundación Calimío para ejecutar el contrato.
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“En consecuencia, el entonces gobernador Juan Carlos Abadía Campo transgredió dolosamente los principios de la administración pública consignados en el artículo 206 de la Constitución Política y los principios rectores de la contratación estatal, entre ellos, los de economía -planeación-, transparencia -selección objetiva- y responsabilidad”, dice la sentencia.
El proceso en contra de Juan Carlos Abadía inició en marzo 2017, cuando fue imputado ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. El 15 de agosto de 2018 llegó a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, instancia ante la cual fue acusado y juzgado. Finalmente, el 20 de noviembre de 2023 fue declarado culpable y condenado a 21 años de prisión.
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En el fallo de 61 páginas conocido este martes, el alto tribunal señaló que, en efecto, la administración de Juan Carlos Abadía debía hacer la contratación siguiendo le procedimiento estipulado en la Ley 80 sobre contratación pública. Sin embargo, omitió hacerlo y presentó cotizaciones que solo tenían como objetivo hacer creer que la contratación se hacía bajo los términos de la ley.
“Las cotizaciones presentadas por dos editoriales y una fundación (...) sirvieron, en realidad, para darle apariencia de legalidad al trámite y hacer ver un análisis de precios del mercado que no ofreció criterios claros para fijar el valor del convenio y de su cofinanciación a cargo de la fundación”, se lee en la sentencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
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Aunque la defensa de Juan Carlos Abadía argumentó la decisión de celebrar el convenio con la Fundación Calimío fue para proteger los recursos de la adminsitración departamental, para la Corte Suprema el exgobernador desconoció sus funciones de actuar bajo la ley: “El funcionario conocía la materia, concretamente, los deberes del cargo para el que fue elegido popularmente, entre otros, los concernientes a garantizar la legalidad de la gestión contractual y ejercer la vigilancia de quienes impulsaron la preparación del convenio, pues así lo juró al tomar posesión de su cargo”.
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