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El ultimátum del Tribunal Administrativo a Cafesalud

Tras fallar una tutela se le exige a la EPS garantizar la prestación del servicio de salud a sus afiliados.

Redacción Judicial
18 de octubre de 2016 - 08:04 p. m.
El ultimátum del Tribunal Administrativo a Cafesalud

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio un plazo de 15 días al Ministerio de Salud y la EPS Cafasalud tomar medidas de fondo dirigidas a mejorar la prestación el servicio a la salud a todos  los afiliados. Tras fallar una acción de tutela se considera menester resolver los inconvenientes y fallas señaladas en la acción judicial.

En el fallo de 36 páginas se le ordena al Ministerio, la Superintendencia y a la EPS “presentar un plan de acción inmediata, con tiempos determinados en el que se garantice el derecho colectivo invocado en relación con los afiliados a Cafesalud hacia una solución estructural”. La Sección Primera ordenó medidas cautelares con el fin de solucionar las fallas.

En la acción judicial estudiada se hace referencia a la “continuidad de la vulneración, peligro, amenaza y agravio sistemático y masivo al acceso a la seguridad en salud, derecho de más de 5 millones de ciudadanos” violentado por las entidades demandadas por las constantes fallas en el servicio y la atención eficiente y oportuna para los afiliados.

En la extensa tutela se manifiesta que varios de los problemas presentados se deben a la falta de profesionales y fallas estructurales, esto debido a que no estaban preparados para atender a los afiliados que pasaron de la EPS SaludCoop intervenida por el Gobierno a medidos del año pasado. (Ver Cafesalud, en cuidados intensivos por corrupción)

La Sección Primera aceptó estos argumentos y ordenó un Plan de Acción Inmediata para que se garantice el derecho colectivo tutelado. “El Plan puede y debe recoger aquellas iniciativas que ya se encuentran en marcha, que a juicio de las entidades accionadas y de la Corte Constitucional allanan el camino para un derrotero claro en la prestación eficiente del servicio”.

“Una vez vencido el término de quince (15) días para la presentación del Plan Acción Inmediata por parte del Ministerio de Salud y de Protección Social, la Superintendencia de Salud y Cafesalud EPS, la Sala fijará fecha y hora para la realización de una audiencia” pública para estudiar el plan de acción. (Ver De la impunidad a la mala gestión del gobierno en Saludcoop)

En esta deberán participar actores populares, las asociaciones de usuarios, las acciones, el Defensor Delegado para la Salud Seguridad Social y la Discapacidad de la Defensoría del Pueblo, y el Ministerio Público, con la finalidad de examinar la implementación de las directrices presentadas por las entidades demandadas según el Plan de Acción Inmediata ordenado por la Sala”.
 

 

Por Redacción Judicial

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