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                                                                                                                              El último acto del contralor Maya contra los intereses de Odebrecht y sus socios

                                                                                                                              Ante la Corte Constitucional, el saliente contralor demandó un artículo de la Ley de Infraestructura. En el recurso, el jefe del ente de control explicó que se trata de una norma que podría obligar al Estado a pagarle a la firma brasileña los sobornos que pagó en Colombia.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              El contralor Edgardo Maya presentó una demanda en contra de la Ley de Infraestrucutra que podría afectar los intereses de Odebrecht y sus socios. / Archivo y EFE

                                                                                                                              El próximo viernes 31 de agosto, el contralor Edgardo Maya Villazón dejará su cargo como jefe de la Contraloría General de la República. No lo hará sin antes presentar un recurso judicial  de la más alta relevancia tanto para el mundo de la infraestructura en Colombia, como para el de los intereses de los inversionistas, los bancos y los constructores de todo el país. Como lo había anunciado tiempo después de que se aprobara la Ley 1882 de 2018, más conocida como la Ley de Infraestrucura, en el Congreso, Maya Villazón ya radicó en la Corte Constitucional una demanda en contra de uno de los artículos de la norma para que el alto tribunal lo declare inconstitucional. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Para el contralor, se trata de una norma que se aprobó y que firmó el gobierno de Juan Manuel Santos con un mico de por medio. Para Maya, el párrafo primero del artículo 20 de la ley es “un sacrilegio de la mayor indignidad”, dado que ampara nulidades absolutas por objeto o causa ilícita, y puede llevar a reconocer los gastos en sobornos o pagos indebidos. Esto, en otras palabras, significa que en casos en los que constructores, empresas o cualquier contratista del Estado que cometa una ilegalidad en sus convenios con la nación, recibirían la liquidación de sus contratos sin ninguna sanción por parte del propio Estado.

                                                                                                                              (Lea también: Las alertas de corrupción que no fueron oídas en la Ruta del Sol)

                                                                                                                              Para entender los alcances de la denuncia del contralor, el ejemplo para hacerlo es el caso de Odebrecht y sus socios. Antes de que estallara el escándalo de corrupción protagonizado por la firma brasileña, la constructora y sus asociados en Colombia demandaron a Colombia, ante un Tribunal de Arbitramento, por supuestos incumplimientos en el contrato de la Ruta del Sol 2. Cuando en el país se supo con certeza que este contrato lo consiguió la multinacional a punta de sobornos, el tema en el Tribunal tomó un giro inesperado por la solicitud que hizo el exdirector de la ANI, Luis Fernando Andrade.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le recomendamos: “Fui una piedra en el zapato para los accionistas de la Ruta del Sol 2": Luis Fernando Andrade)

                                                                                                                              Porque los mismos socios de Odebrecht confesaron que el contrato de la discordia lo consiguieron a través de sobornos. Es decir, a través de un objeto ilícito y, a manera de castigo, el Estado no tendría la obligación de pagarle a la concesionaria el valor de la liquidación como si nada hubiera pasado. Según la demanda de Maya, el artículo que demandó cambió por completo esta figura y, así una empresa o contratista pague sobornos, el Estado no tendría como castigarlo. El contralor explica que con la eliminación de esta figura se estaría dando paso al “reconocimiento de coimas y pagos indebidos en contratos”.

                                                                                                                              Pero en el recurso de Maya Villazón, que ya está en la secretaría de la Corte Constitucional, hay un elemento de todavía más importancia en este asunto. Según la demanda, el Congreso aprobó esta ley con efectos retroactivos y el propio gobierno de Juan Manuel Santos firmó el documento con esta irregularidad. En palabras sencillas, lo que esto significa es que la norma puede ser aplicada a cualquier caso que haya sucedido antes de aprobada la ley, incluido el caso de Odebrecht y su socio, Corficolombiana.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              (Lea también: Así va la investigación por Odebrecht)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Aplicar la norma cuestionada puede hacer que el Estado colombiano termine pagando a Odebrecht el soborno que cobró en el país esta multinacional”, explicó la Contraloría a través de un comunicado de prensa, en el que agregó que el Estado terminaría respondiendo por estos delitos. Para la Contraloría, “no es admisible que por virtud de esta reforma legal, las partes con pleno conocimiento, al celebrar y ejecutar un contrato en contravía del ordenamiento jurídico, se puedan ver beneficiadas, con reconocimientos que serían indebidos. Teniendo en cuenta que del delito no puede nacer derecho alguno”.

                                                                                                                              El contralor Edgardo Maya presentó una demanda en contra de la Ley de Infraestrucutra que podría afectar los intereses de Odebrecht y sus socios. / Archivo y EFE

                                                                                                                              El próximo viernes 31 de agosto, el contralor Edgardo Maya Villazón dejará su cargo como jefe de la Contraloría General de la República. No lo hará sin antes presentar un recurso judicial  de la más alta relevancia tanto para el mundo de la infraestructura en Colombia, como para el de los intereses de los inversionistas, los bancos y los constructores de todo el país. Como lo había anunciado tiempo después de que se aprobara la Ley 1882 de 2018, más conocida como la Ley de Infraestrucura, en el Congreso, Maya Villazón ya radicó en la Corte Constitucional una demanda en contra de uno de los artículos de la norma para que el alto tribunal lo declare inconstitucional. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Para el contralor, se trata de una norma que se aprobó y que firmó el gobierno de Juan Manuel Santos con un mico de por medio. Para Maya, el párrafo primero del artículo 20 de la ley es “un sacrilegio de la mayor indignidad”, dado que ampara nulidades absolutas por objeto o causa ilícita, y puede llevar a reconocer los gastos en sobornos o pagos indebidos. Esto, en otras palabras, significa que en casos en los que constructores, empresas o cualquier contratista del Estado que cometa una ilegalidad en sus convenios con la nación, recibirían la liquidación de sus contratos sin ninguna sanción por parte del propio Estado.

                                                                                                                              (Lea también: Las alertas de corrupción que no fueron oídas en la Ruta del Sol)

                                                                                                                              Para entender los alcances de la denuncia del contralor, el ejemplo para hacerlo es el caso de Odebrecht y sus socios. Antes de que estallara el escándalo de corrupción protagonizado por la firma brasileña, la constructora y sus asociados en Colombia demandaron a Colombia, ante un Tribunal de Arbitramento, por supuestos incumplimientos en el contrato de la Ruta del Sol 2. Cuando en el país se supo con certeza que este contrato lo consiguió la multinacional a punta de sobornos, el tema en el Tribunal tomó un giro inesperado por la solicitud que hizo el exdirector de la ANI, Luis Fernando Andrade.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le recomendamos: “Fui una piedra en el zapato para los accionistas de la Ruta del Sol 2": Luis Fernando Andrade)

                                                                                                                              Porque los mismos socios de Odebrecht confesaron que el contrato de la discordia lo consiguieron a través de sobornos. Es decir, a través de un objeto ilícito y, a manera de castigo, el Estado no tendría la obligación de pagarle a la concesionaria el valor de la liquidación como si nada hubiera pasado. Según la demanda de Maya, el artículo que demandó cambió por completo esta figura y, así una empresa o contratista pague sobornos, el Estado no tendría como castigarlo. El contralor explica que con la eliminación de esta figura se estaría dando paso al “reconocimiento de coimas y pagos indebidos en contratos”.

                                                                                                                              Pero en el recurso de Maya Villazón, que ya está en la secretaría de la Corte Constitucional, hay un elemento de todavía más importancia en este asunto. Según la demanda, el Congreso aprobó esta ley con efectos retroactivos y el propio gobierno de Juan Manuel Santos firmó el documento con esta irregularidad. En palabras sencillas, lo que esto significa es que la norma puede ser aplicada a cualquier caso que haya sucedido antes de aprobada la ley, incluido el caso de Odebrecht y su socio, Corficolombiana.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              (Lea también: Así va la investigación por Odebrecht)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Aplicar la norma cuestionada puede hacer que el Estado colombiano termine pagando a Odebrecht el soborno que cobró en el país esta multinacional”, explicó la Contraloría a través de un comunicado de prensa, en el que agregó que el Estado terminaría respondiendo por estos delitos. Para la Contraloría, “no es admisible que por virtud de esta reforma legal, las partes con pleno conocimiento, al celebrar y ejecutar un contrato en contravía del ordenamiento jurídico, se puedan ver beneficiadas, con reconocimientos que serían indebidos. Teniendo en cuenta que del delito no puede nacer derecho alguno”.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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