:format(jpeg)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/elespectador/Z7YEDF2IKBBY5DES3E5JRJ67AA.jpg)
A través de dos acciones de tutela, los familiares de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela buscaban tumbar la condena de 13 años en su contra por lavado de activos. Los recursos llegaron a la Corte Constitucional en noviembre del año pasado tras una insistencia que presentó la Defensoría del Pueblo argumentando que los familiares y trabajadores de Drogas La Rebaja tenían el derecho al debido proceso, la doble conformidad y el recurso de casación para que estudiaran nuevamente su sentencia. El alto tribunal no les dio la razón puesto que se surtieron una serie de procedimientos previos en la Corte Suprema de Justicia.
En este caso, 14 personas, entre trabajadores de la droguería y familiares de los Rodríguez Orejuela, fueron llevadas ante los estrados judiciales en mayo de 1999 por las irregularidades que se presentaron con la dispensadora de medicamentos y las rentas ilícitas que derivaba el narcotráfico. Aunque para 2012, un juzgado especializado de Bogotá los absolvió en primera instancia, el Tribunal Superior de Bogotá, en marzo de 2019, los condenó a 25 años de prisión por lavado de activos.
Lea aquí: Rebajan pena a familiares de los Rodríguez Orejuela por lavado de activos
Entre los condenados se encontraban Amparo Rodríguez de Gil, Alfonso Gil Osorio, Soraya Muñoz Rodríguez, Claudia Pilar Rodríguez Ramírez, Luz Stella Pérez Gómez, Pedro Nicolás Arboleda, Pablo Emilio Daza, Tiberio Fernández, Ricardo Calderón Ascanio, José de Jesús Naizaque Puentes, María Consuelo Duque Martínez, Jairo Serna Serna, Diego Durán Daza y Herberth Rueda Fajardo. Cada uno interpuso recursos de apelación para tumbar la pena y estos llegaron a la Corte Suprema.
En julio de 2020, la Sala Penal ratificó que estas personas sí sabían que a través de esa droguería se encubrían las ganancias que obtenían los Rodríguez Orejuela del narcotráfico y participaban en ello. No obstante, disminuyó la pena de 25 a 13 años y en la misma decisión absolvió a nueve empleados de la droguería que solo eran trabajadores y no tenían relación con las rentas ilícitas de los dueños del cartel de Cali.
Lea también: Quién es quién en la supuesta carta de los Rodríguez Orejuela a Pastrana
Así las cosas, la Corte dejó sin culpa penal a Fernando Gamba Sánchez, Carlos Alberto Mejía Aristizábal, Luis Alberto Castañeda, Alexander Celis Pérez, Luis Carlos Rozo Barón, Diego Vallejo Bayona, Hernando Gutiérrez, Justo Pedraza y Luis Fernando Franco. En su caso, el alto tribunal, en julio de 2020, ordenó levantar las órdenes de captura expedidas en su contra. No obstante, el resto de los condenados continuaron su batalla jurídica que llegó hasta la Corte Constitucional. Ya habían agotado los recursos de apelación e impugnación ante la Corte Suprema y solo les quedaba el camino de la tutela.
El caso quedó en manos de la magistrada Paola Andrea Meneses y durante marzo decidió dejar en firme la sentencia, precisamente, porque a los condenados no se les vulneró los derechos al debido proceso y acceso a la administración puesto que se resolvieron los recursos de impugnación y doble conformidad que presentaron los condenados ante el alto tribunal.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.