"Exfiscal Martínez tenía claro conflicto de intereses en caso Hyundai", abogado de Vernot

En entrevista con El Espectador el defensor del político y abogado Álex Vernot, Ignacio Álvarez, insistió en la inocencia de su cliente, quien está preso por sobornar a un exabogado del empresario Carlos Mattos. También dio detalles del pronunciamiento de la ONU en favor de su defendido y aseguró que la investigación benefició los intereses de Néstor Humberto Martínez, el exjefe del ente investigador.

Redacción Judicial
14 de septiembre de 2019 - 12:49 p. m.
Alex Vernot (der.) también denunció a Néstor H. Martínez ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. / Archivo El Espectador.
Alex Vernot (der.) también denunció a Néstor H. Martínez ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. / Archivo El Espectador.

A inicios de septiembre, al Gobierno llegó una comunicación del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU en el que se concluía que el papel de la Fiscalía General no fue "objetivo ni imparcial" en la investigación y acusación del abogado Álex Vernot. Este, desde el año pasado, esta preso de manera preventiva por presuntamente haber ofrecido un millonario soborno a Luis David Durán, un abogado que es investigado por, supuestamente, participar en un red que manipulo un proceso en el que está inmerso el empresario Carlos Mattos.  

(Vea: ONU cuestiona papel de exfiscal Néstor Humberto Martínez en proceso contra Alex Vernot)

Según la Fiscalía, el pago de sobornos a funcionarios de la Rama Judicial, incluidos jueces de la República, se dio con el fin de influir en decisiones judiciales que favorecieran al millonario empresario Carlos Mattos en el denominado caso  Hyundai. En 2015, la empresa surcoreana de automóviles cortó con Mattos su relación comercial, luego de 25 años de que Mattos representara a la multinacional en Colombia de manera exclusiva. Tras la determinación de Hyundai, Mattos comenzó a recurrir al camino judicial para evitar esa ruptura comercial por medio de jugadas ilegales, sostiene la Fiscalía.

En medio de esta situación, asegura el ente investigador, Luis David Durán -quien habría hecho parte de la manipulación en el reparto de un proceso de Mattos en la Rama Judicial por medio de coimas-  recibió una visita de Vernot en la que le ofreció US$2 millones para que no colaborara con la justicia. En septiembre de 2018, Alex Vernot fue detenido por su presunto intento de soborno, del cual Vernot ha negado desde el momento de su captura. Para el Grupo de Trabajo de la ONU, el hecho de que Néstor Humberto Martínez estuviera en cabeza de la Fiscalía desde que el caso Hyundai arrancó pone un manto de duda sobre la imparcialidad con que se llevó el proceso de Vernot.

Ese organismo de Naciones Unidas indicó, como se sabe, que Martínez fue abogado de Mattos antes de llegar a la Fiscalía, cuando el empresario comenzó sus pleitos judiciales con la matriz de Hyundai e, incluso, alcanzó a presentar un recurso judicial ante la jueza Ligia del Carmen Hernández, quien admitió haber recibido al menos $100 millones de parte de Mattos, en billetes guardados en cajas de zapatos. En entrevista con El Espectador, el abogado de Vernot, Ignacio Álvarez, insistió en la inocensia de su defendido y en el pronunciamiento del Grupo de Trabajo con respecto a las actuaciónes del exfiscal en este caso.

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Ustedes reclamaron ante la ONU que el debido proceso de Alex Vernot se violó. Pero en ese proceso han decidido también jueces de garantías y de conocimiento. ¿Cómo entender eso? 

Los jueces del caso fallaron al otorgarle pleno valor a la declaración del señor Luis David Durán, única prueba en base a la cual se privó de libertad al señor Vernot. Tal testimonio fue obtenido en secreto (es decir, no en audiencia pública, en donde se puede contrainterrogar al testigo), por una Fiscalía General que, tal y como verificó la ONU, no estaba actuando objetiva ni imparcialmente en el caso, y provino además de un testigo detenido, acusado de cohecho y en negociación de beneficios con la Fiscalía. 

Vernot ya fue llamado a juicio. ¿La declaración del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria podría afectar el proceso en ese estado?

La decisión del Grupo de Trabajo de la ONU se refiere únicamente a la arbitrariedad de la detención preventiva en que se encuentra el señor Vernot desde el 27 de septiembre de 2018. Esa decisión no exime al señor Vernot de comparecer al juicio al que ha sido llamado, y no afectaría tampoco dicho juicio.

Aparte de no haberse declarado impedido con más anterioridad, ¿qué otras irregularidades o actos indebidos encuentran en Néstor Humberto Martínez? 

El entonces Fiscal General, aunque fuera por guardar la apariencia de objetividad e imparcialidad, debería haber ordenado abrir de inmediato una investigación seria y exhaustiva de las amenazas que recibió otra abogada del señor Carlos Mattos, quien el 8 de octubre de 2018 recibió tres llamadas desde teléfonos de la Fiscalía General, y luego un mensaje de texto en su celular personal amenazándola con llevarla a la cárcel en los siguientes términos textuales: “le vamos a hacer lo mismo que a Vernot”. Esos hechos fueron informados formalmente a la Fiscalía el mismo día, por escrito, y entiendo que no se abrió ninguna investigación. Son hechos graves, que evidencian un uso intimidatorio, desviado y perverso del poder de la Fiscalía de hacer enviar a alguien a la cárcel. Fueron incluidos en la denuncia a la ONU, y tomados en cuenta en la respectiva decisión de ese organismo.

Carlos Mattos, afirman varios testigos, sobornó a gente de la Rama Judicial (hasta a jueces). ¿Por qué deberíamos creer que su abogado Vernot no trató de hacer lo mismo?

Por tres motivos: el primero es que existe un derecho humano a la presunción de inocencia, mientras no exista una condena, que se aplica a ambos. Alex Vernot ha ejercido la profesión legal por más de 30 años, ha sido también político, y nunca antes había sido objeto de una investigación penal. El segundo motivo es que lo único que existe actualmente en contra de Vernot es una cuestionada declaración de un testigo, ante una Fiscalía que estaba procediendo sin objetividad, sin imparcialidad y amenazando impunemente a otra abogada de enviarla a la cárcel, como a Vernot. El tercer motivo es que de acuerdo al principio 18 de Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la independencia de la judicatura, “Los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones”.

¿De qué hablaron entonces Vernot y Luis David Durán cuando Vernot lo visitó en la cárcel?

El señor Vernot ha señalado públicamente que se trató de una reunión de trabajo entre dos abogados que trabajaban para el mismo cliente, sobre aspectos relativos a la defensa del cliente común.

¿Qué intenciones tendría Durán para mentir en contra de Vernot? 

Negociar beneficios, incluyendo obtener su libertad, como en efecto obtuvo.

¿Qué pasó entre Mattos y Vernot luego de la captura de este último? 

Desconozco la respuesta a esa pregunta. 

¿Insisten en que es obligatorio para el Estado colombiano acatar las conclusiones del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria? ¿Con base en qué argumentos? 

Colombia ratificó la Carta de la ONU, y aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que es un instrumento vinculante. Asimismo, Colombia ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) es un organismo creado en el seno de la ONU, cuyo mandato fue extendido recientemente por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, institución creada con el voto favorable de Colombia. El GTDA, por mandato entonces de los propios Estados, e interpretando tratados e instrumentos internacionales ratificados por los Estados, determina si una detención es arbitraria y dispone las reparaciones correspondientes. De acuerdo a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, los Estados deben cumplir de buena fe sus obligaciones internacionales, lo que incluye acatar las decisiones del mencionado Grupo de Trabajo. 

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU goza de amplio respeto y respaldo internacional. Está conformado por cinco expertos independientes, quienes se comprometen a mantener la independencia, eficiencia, competencia e integridad a través de la probidad, imparcialidad, honestidad y buena fe. No son miembros del personal de las Naciones Unidas y no reciben ninguna remuneración u otros beneficios. Asimismo, la propia Corte Constitucional de Colombia ha dejado muy claro que “la obligación de respeto, garantía y protección de los derechos humanos se encuentra consagrada en diversos instrumentos y tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad” (Sentencia C-579 de 2013), y que “tanto la jurisprudencia de las Cortes Internacionales de Derechos Humanos, como las recomendaciones de los organismos internacionales que tienen funciones de monitoreo, seguimiento o control respecto del cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, también tienen fuerza vinculante al momento de interpretar el alcance de los derechos fundamentales” (Sentencia C-08 de 2016).

¿Qué les dice a ustedes que el Gobierno haya respondido a destiempo en este caso? 

No mucho, porque si hubiera respondido a tiempo el resultado seguramente no habría variado. De hecho, nosotros anexamos a nuestra denuncia copias del acta relativa a la audiencia en donde se decidió privar de libertad al señor Vernot y muchos otros documentos de sustento. El Grupo de Trabajo analizó cuidadosamente todo el caso, y concluyó que “la actuación de la Fiscalía General de la Nación no fue objetiva ni imparcial en la investigación y acusación del señor Vernot”, lo que constituye una violación grave al debido proceso que hace arbitraria la detención. Por tanto, señaló, Colombia debe “poner al señor Alexandre Vernot inmediatamente en libertad”.

El Gobierno dijo que va a pedir reconsideración. ¿Quién va a revisar ese recurso? 

Ese recurso no va a ser revisado, pues un artículo de las regulaciones del Grupo de Trabajo contempla claramente que no procede cuando el Gobierno haya omitido responder la denuncia internacional dentro del plazo establecido para ello. De manera que debe ser rechazado de entrada, sin revisión de fondo, por el propio Grupo de Trabajo.

¿Es posible que en la reconsideración el Grupo de Trabajo se eche para atrás? 

Estoy convencido que no va a modificar sus conclusiones, porque Colombia no respondió a tiempo y porque no existe ningún hecho nuevo relevante para revisar la decisión por iniciativa propia del Grupo de Trabajo.

Ustedes hablan en el caso ante Naciones Unidas de una prima de éxito que no se le habría pagado a Néstor Humberto Martínez. ¿Eso cómo se conecta con el caso Vernot? 

El entonces Fiscal General tenía un claro conflicto de intereses en el caso de Carlos Mattos, por haber sido previamente su abogado, por haber diseñado total o parcialmente la estrategia legal del caso conocido como “Hyundai”, y por ser aparentemente acreedor de una prima de éxito pendiente de pago. Ese impedimento se aplica también en el caso de Vernot, a quien se acusa de hechos que, según alegó la Fiscalía, habría cometido como abogado de Mattos, por su trabajo en el mismo proceso seguido contra Carlos Matos en que el entonces Fiscal General se declaró tardíamente impedido.  Es decir, el cuestionado accionar de la Fiscalía General no fue solo contra Mattos, sino también contra sus abogados y sus familiares.

¿Algún otro punto que quisieran resaltar o aclarar?

Colombia se ha caracterizado por ser un Estado que asume con debida seriedad y compromiso su obligación internacional de cumplir de buena fe con las decisiones de los organismos internacionales de derechos humanos. Hago un respetuoso llamado a las autoridades colombianas a hacer honor, en el caso del señor Vernot, a esa importante tradición política y jurídica.

 

Por Redacción Judicial

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