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Fuerza Aérea cambió de nombre y la Procuraduría busca tumbárselo en la Corte

El cambio de nombre de la Fuerza Aérea iría en contra de lo ya estipulado en la Constitución Política. El hecho fue demandado por un grupo de ciudadanos y ahora lo apoya la Procuraduría. Acá los detalles.

03 de noviembre de 2023 – 05:56 p. m.
AME3061. PROVIDENCIA (COLOMBIA), 30/05/2023.- Fotografía cedida por la Fuerza Aérea de Colombia (FAC) que muestra al personal de apoyo que se prepara para las labores de extinción de un incendio forestal que arrasa una parte de la isla de Providencia, lideradas por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que sigue descargando agua de forma aérea y vigilando "permanentemente" la zona, en el archipiélago de San Andrés (Colombia). El incendio está controlado en un 95 %, informó la UNGRD, cuyo director, Olmedo López, presidió este martes un Puesto de Mando Unificado (PMU) para dar seguimiento a la situación. EFE/ FAC SÓLO USO EDITORIAL/SÓLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO)
La Fuerza aérea Colombiana cambió de nombre a mediados de este año; sin embargo, procuraduría asegura que esto sería inconstitucional.
Foto: EFE - FAC

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La Procuraduría, encabezada por Margarita Cabello Blanco, le está pidiendo a la Corte Constitucional que se eche para atrás el cambio de nombre que tuvo la Fuerza Aérea a mediados de este año. A través de un concepto enviado al alto tribunal, el Ministerio Público dice que es inconstitucional que la Fuerza Aérea Colombiana ahora se llame Fuerza Aeroespacial Colombiana, porque el cambio se hizo a través de una ley y no a través de una reforma constitucional, como insiste el ente de control.

El cambio de nombre se hizo a través de la Ley 2302 de 2023, en la cual se establecen las medidas para “garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial”. Sin embargo, tres ciudadanos demandaron que el artículo 5° de la norma, ya que, según ellos, no se tuvieron en cuenta los lineamientos y procedimientos que exige la Constitución, y el Congreso habría expedido una ley ordinaria y no un acto legislativo.

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De acuerdo con lo expuesto en la ley, el Estado debía tener un papel clave en la promoción, el desarrollo del sector espacial y las actividades vinculadas al espacio exterior, por lo que con la norma buscaban “establecer medidas” para garantizar este proceso y vincularlo a una rama de las Fuerzas Militares.

Según los demandantes, lo que tenía que hacer el Congreso era presentar un acto legislativo, el cual sí sirve para modificar la Carta Política, por lo que tiene que tener una discusión de ocho debates, el doble de lo que tuvo esta ley (cuatro debates). Además, los ciudadanos que piden tumbar la norma argumentando que como la Constitución es la norma más importante del país, no podría haber otra que pase sobre ella, lo que en este caso, a su parecer, ocurrió al cambiar el nombre de la Fuerza Aérea.

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El ente de control señaló en el concepto que envió a la Corte que “si bien el Congreso puede modificar la Constitución, lo cierto es que no puede hacerlo por medio de una ley, pues se les desconoce los principios de supremacía y rigidez constitucional”. Por ahora, la decisión sobre qué nombre se le otorgará a la otrora Fuerza Aérea está en manos del alto tribunal, que sigue recibiendo conceptos de entes de control y expertos para destrabar el tema.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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