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Un alto debate político y judicial se ha generado en torno al decreto que convoca la consulta popular, un documento que ya tendría listo el gobierno del presidente Gustavo Petro. Con este mecanismo, el Ejecutivo no solo estaría buscando darle oxígeno a la reforma laboral, sino también medirse en las urnas debido al clima electoral que se avecina para 2026. En la noche del pasado viernes 6 de junio, se conoció que el primer mandatario citó a todos los ministros a la Casa de Nariño para que firmaran el decreto presidencial, el cual, para ser válido, necesita de la firma de los 19 jefes de cartera.
Sin embargo, hasta el momento no es claro quiénes firmaron o no el documento, pero para el presidente Petro sí hay una decisión inamovible: “Ministro que no firme el decreto presidencial de inmediato se va“. Así lo escribió en sus redes sociales, pues es claro que, para que avance ese mecanismo, necesita el apoyo de todos sus ministros. No obstante, algunos de ellos averiguaron primero con sus abogados de confianza cuáles podrían ser las implicaciones legales de poner su sello en el documento presidencial, y si esto podría traerles consecuencias.
Ministro que no firme el decreto presidencial de inmediato se va.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 7, 2025
El poder presidencial es poder del pueblo https://t.co/N7oWkE4iP6
Desde sectores de oposición, ya se habla de un posible prevaricato (cuando un servidor público dicta una resolución a sabiendas de que es contraria a la ley) en caso de que los miembros del gabinete firmen el documento presidencial. “La cosa es simple: el ministro que firme el inconstitucional decreto para convocar la consulta, pasando por encima de la decisión del Senado, será denunciado por prevaricato”, señaló, por ejemplo, la representante de Cambio Radical, Carolina Arbeláez.
Este diario habló con abogados expertos en derecho penal que dieron algunas luces sobre lo que podría pasar en caso de que los ministros firmen el decreto y no reconozcan el trámite que se le dio a la consulta popular en el Senado, en donde se hundió por 49 votos contra 47. Tanto el presidente Petro como el ministro del Interior, Armando Benedetti, han señalado que la votación en la cámara alta sufrió seis vicios constitucionales, lo que invalidaría la decisión.
La cosa es simple ministro que firme el inconstitucional decreto de @petrogustavo para convocar la consulta popular pasando por encima de la decisión del senado será denunciado por prevaricato.
— Carolina Arbeláez (@kroarbelaez) June 7, 2025
Colombia unida jamás se arrodilla.
Para Iván Cancino González, abogado experto en derecho penal, la consulta puede salir adelante vía decreto únicamente cuando el Congreso no ha gestionado su votación. “El Congreso sí le dio trámite y sí se votó. La votación quedó en firme. La norma no amerita interpretaciones y no hay la más mínima posibilidad de que el presidente pueda, en este momento, convocar la consulta popular por decreto”, señala. Respecto a la firma de los ministros, el jurista afirma que “estarían rayando el código penal y la ley disciplinaria”.
No obstante, para Cancino, tipificar una presunta conducta delictiva en caso de que los jefes de cartera firmen el decreto, no es un tema sencillo. Se podría estar hablando, según el experto, tanto de prevaricato como de abuso de autoridad, pero no es algo que se pueda definir a la ligera. De por sí, dice, poner su firma en el documento ya es una actuación ilegal, pues la votación en el Senado fue clara. “La norma establece que para que el decreto sea válido tiene que tener la firma del presidente y de todos los ministros, de tal manera que si lo firman ya hay una decisión contraria a derecho”. El jurista agrega que ahora la cuestión es definir si esa decisión de firmar es con dolo (con intención) o no, “y, en este momento, no hay lugar a interpretaciones, entonces sí sería dolosa”.
De acuerdo con el abogado, un escenario favorable para el Ejecutivo sería que el Consejo de Estado determinara que el Congreso no cumplió con los trámites de votación de la consulta popular, lo que obligaría a repetir la votación en el Legislativo. “Eso tampoco legitima a convocar una consulta por decreto, lo que viola la Constitución de manera flagrante”, precisó el jurista. Determinar si hubo o no irregularidades en el trámite podría determinarse también a través de un fallo de tutela.
Justamente, el pasado viernes, el presidente Petro aseguró que un fallo del Juzgado 6 Civil del Circuito de Bogotá ordenó repetir la votación de la consulta en un término no mayor a 48 horas. Ante esas declaraciones, expertos en la materia salieron al paso y desmintieron esa afirmación: el fallo judicial indica que el presidente del Senado, Efraín Cepeda, debe responder formalmente a un recurso de apelación presentado por la senadora María José Pizarro respecto al resultado que ella considera irregular, pero no habla de fraude o de repetir la votación. Cepeda, por su parte, señaló que la apelación si fue respondida y que se debe considerar el asunto como “hecho superado”.
Al parecer, los accionantes de la tutela pasaron por alto un detalle clave al informar al juez, pues la apelación interpuesta por la senadora María José Pizarro el 14 de mayo ya había sido respondida por el Senado de la República el 21 de mayo de 2025, lo que significa que la… pic.twitter.com/fxWOmCKS1H
— Efrain Cepeda (@EfrainCepeda) June 7, 2025
En todo caso, otros expertos consultados tienen una visión diferente del panorama que podrían enfrentar los ministros de Gustavo Petro. Francisco Bernate Ochoa, profesor y presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, si bien señala que los jefes de cartera seguramente sí serán denunciados en caso de firmar el decreto, no sería del todo claro si estarían incurriendo en el delito de prevaricato. “Se puede abrir esa discusión, pero en la medida que el funcionario actúe amparado por una opinión o un concepto, como ha manifestado el doctor Eduardo Montealegre (uno de los expertos detrás de la convocatoria a consulta popular vía decreto), pues el funcionario considera que está actuando correctamente y un prevaricato no tendría ninguna vocación jurídica de funcionar”, apunta.
De acuerdo con el jurista, el punto central que desvirtúa un posible delito de prevaricato es la creencia que podrían tener los jefes de cartera de estar actuando conforme a la ley, pues existen conceptos de personas expertas, como el exfiscal y nuevo ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, entre otros abogados especialistas en el asunto, que señalan que apoyar el decreto no configuraría un delito. Este es el caso, por dar un ejemplo, del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien activamente ha señalado las presuntas inconsistencias de la votación en el Senado y ha estado encargado del borrador de la consulta.
Así las cosas, todo está servido para que los ministros analicen sus opciones y decidan, como lo solicitó el primer mandatario, firmar el decreto presidencial de consulta popular, o, por el contrario, salir del gabinete, como lo sugirió el propio jefe de Estado en su trino, en el que agregó que “el poder presidencial, es el poder del pueblo”.
Efraín Cepeda hizo trampa, no lo digo yo sino un juez de la República al fallar que los derechos de @PizarroMariaJo fueron vulnerados al no abrirse la votación nuevamente después de solicitada la apelación. Ese es solo uno de los seis vicios que hay. ¿Y ahora qué van a hacer?…
— Armando Benedetti (@AABenedetti) June 7, 2025
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