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En la mañana de este martes 9 de junio, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dio a conocer la decisión de expulsar al coronel en retiro José Pastor Ruiz Mahecha, “por incumplir grave e injustificadamente el régimen de condicionalidad”. El exmilitar enfrentaba un juicio adversarial por casos de falsos positivos ocurridos en el Batallón La Popa, de Valledupar (Cesar).
Ruiz Mahecha estaba involucrado en dos de los macrocasos de la JEP. El caso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas de civiles presentados ilegítimamente como bajas en combate. Y el caso 08, que aborda crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública u otros agentes del Estado en asociación con grupos paramilitares y/o terceros civiles.
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En el primer caso, fue imputado como máximo responsable en el subcaso Costa Caribe por los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, por hechos ocurridos cuando se desempeñó como jefe de inteligencia y de operaciones del Batallón de Artillería La Popa, en Valledupar. El exmilitar no aceptó responsabilidad y fue llamado a juicio adversarial.
En el otro macrocaso, fue llamado a comparecer en el marco del subcaso Ariari-Guayabero-Guaviare-Caguán, Florencia y zonas aledañas, por el homicidio de Jorge Andrés Beltrán Cortés, una persona con discapacidad asesinada el 24 de abril de 2005 en la vereda Doce de Octubre, en Cartagena del Chairá (Caquetá), cuando Ruiz Mahecha comandaba el Batallón de Contraguerrilla Número 55 de la Brigada Móvil Seis del Ejército.
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La JEP le abrió en marzo pasado un incidente de desacato a Ruiz Mahecha porque no estaba aportando verdad efectiva a los procesos que adelantaba en su contra la justicia transicional y porque “desconoció de manera reiterada la verdad judicial establecida en sentencias condenatorias ejecutoriadas e incumplió los compromisos asumidos ante la justicia transicional”, como lo determinó la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP.
La Unidad de Investigación y Acusación (UIA), conocida como la Fiscalía de la JEP, el mismo organismo que llevó a Ruiz Mahecha a juicio adversarial, le pidió al Tribunal para la Paz expulsarlo de esa instancia y devolver sus procesos a la justicia ordinaria, porque “el compareciente no realizó aportes verídicos, genuinos y efectivos al esclarecimiento de la verdad”.
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Fue la Subsección Cinco de la Sección de Ausencia de Reconocimiento, integrada por los magistrados Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra, María del Pilar Valencia y Gustavo Salazar Arbeláez, la que estudió el caso y tomó la decisión. Solo la magistrada Valencia hizo salvamento de voto y se apartó de la decisión mayoritaria de esa instancia.
“El comportamiento del compareciente resulta incompatible con las obligaciones derivadas del régimen de condicionalidad. En lugar de asumir la verdad judicial establecida en las sentencias condenatorias como un punto de partida mínimo para contribuir al esclarecimiento de los hechos, Ruiz Mahecha insistió reiteradamente en desconocer su responsabilidad penal”, señaló la JEP.
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Agrega la decisión que el exmilitar “sostuvo que fue condenado injustamente con base en falsos testimonios, negó cualquier articulación con estructuras paramilitares y afirmó que las operaciones militares objeto de condena correspondieron a actuaciones legítimas en combate”. Cuando llegó a la JEP, Ruiz Mahecha ya tenía tres sentencias ejecutoriadas de la justicia ordinaria.
“Estas conductas evidencian una falta de compromiso con los fines del Sistema Integral para la Paz y afectan de manera directa los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición”, señala la decisión. Ahora, todos los procesos en contra de Ruiz Mahecha regresarán a la justicia ordinaria. Puntualmente a la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía y al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia (Caquetá), para que continúe con el juicio en su contra.
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