JEP tendrá 6 meses para decidir si bomba al Nogal es estudiada como un caso independiente

La decisión se da en respuesta a una tutela de un grupo de víctimas que pidió que su caso sea estudiado de forma independiente o, por lo menos, sean acreditados como víctimas del caso 001, en el que está vinculado alias “El Paisa”.

Redacción Judicial
12 de enero de 2020 - 08:06 p. m.
La JEP tendrá que decidir en los próximos 6 meses si el atentado al Club el Nogal será estudiado como un caso independiente.  / Archivo El Espectador
La JEP tendrá que decidir en los próximos 6 meses si el atentado al Club el Nogal será estudiado como un caso independiente. / Archivo El Espectador

Hasta el momento, la Justicia Especial para la Paz (JEP) tiene 7 casos independientes sobre crímenes cometidos en el conflicto. Entre esos casos está el secuestro, los falsos positivos, el reclutamiento de menores, y otros hechos atroces de la guerra en Colombia. Sin embargo, en ninguno de ellos está contemplada la bomba en contra del Club El Nogal, atentado terrorista cometido por hombres de las Farc, comandados por alias El Paisa, el 7 de febrero de 2003.

Por esta razón, el 23 de agosto del año pasado, un grupo de víctimas de este atentado terrorista radicaron un memorial en el que solicitaron a la JEP información sobre cómo acreditarse como víctimas, específicamente a través de un grupo que los represente de manera colectiva, y que se abriera un nuevo caso individual en el que se investigue el atentado al club o, en su defecto, que fueran acreditados como víctimas en el caso 001, proceso que investiga los actos de secuestro y desaparición realizados por las Farc.

(Puede ver: "Sin ‘El Paisa’, una parte de la verdad del conflicto quedará oculta': víctimas)

Aunque la solicitud fue radicada en la ventanilla única de la JEP, pasaron varios meses sin que hubiera una respuesta de alguna de las partes del tribunal transicional. Por esta razón, las víctimas, no contentas con la acción de la JEP, interpusieron una tutela bajo la premisa de que les habían violado su derecho fundamental a la petición. Esta solicitud sí fue estudiada a los pocos días de haberse radicado.

Allí el Tribunal Transicional reconoció que no solo se habría podido atentar contra el derecho a la petición, sino al debido proceso, elemento que no había sido contemplado por los representantes legales de las víctimas. Asimismo, se supo que la primera solicitud de las víctimas llegó a múltiples dependencias, pero cada una de estas señalaba que no era su competencia y la remitía a otra oficina. De esta forma, la petición pasó a perderse entre las muchas solicitudes que llegan a la JEP en estos días.

(Vea también: ¿Por qué la JEP ordenó capturar al "Paisa"?)

Por esta razón, el tribunal especial considero que se había superado el plazo máximo para responder un memorial, ya que llevaba más de tres meses de haberse recibido. Por otro lado, sobre la posible falta en contra del debido proceso, la JEP aseguró que no había sido así ya que, debido a la congestión judicial, no se había tenido tiempo de entrar a analizar si se abría un nuevo caso, que sería el 008, o si las víctimas del Club Nogal eran acreditadas en el caso 001, sobre todo en el capítulo de las agresiones realizadas por El Paisa.

En este último apartado, la JEP decidió no tutelar los derechos de las víctimas frente a una posible vulneración al debido proceso, esto debido a que todavía quedaba tiempo para decidir de qué manera se acreditarían los demandantes como víctimas ante el tribunal especial.

(También: Condenan a la Nación por atentado al club El Nogal)

Sin embargo, la Subsección Quinta de Tutelas de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz sí decidió exhortar a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas para que en un plazo no mayor a 6 meses establezca si se abre un caso para priorizar la judicialización de los hechos relacionados al atentado al Nogal o si los accionantes son acreditados como víctimas en el caso 001.

Esta decisión no fue compartida por al magistrado Adolfo Murillo, que consideró que había una vulneración al debido proceso y la única forma de subsanarlo era decretando medidas y no a través de un exhorto, que, a consideración del togado, no tiene la fuerza vinculante para solucionar la petición de los accionantes.

(Vea: Preguntas sin resolver en el atentado al club El Nogal)

El próximo 7 de febrero se cumplirán 17 años del atentado al Club El Nogal, acto terrorista del que las Farc ya aceptó su responsabilidad ante los familiares de las víctimas y la opinión pública. Este atentado fue ejecutado por la columna móvil Teófilo Forero de las Farc, comandada en ese entonces por Hernán Darío Velásquez, conocido en las Farc y las disidencias como El Paisa.

Ya que El Paisa abandonó el proceso de reincorporación, la verdad y la posibilidad de justicia que puede entregar la JEP en este caso podría verse afectada. Y es que al atentado al Nogal fue uno de los hechos más cruentos cometidos por las Farc durante el conflicto. El bombazo dejó como resultado 36 muertos y más de 200 heridos. Son algunas de estas víctimas las que están pidiendo hoy que su caso sea estudiado de forma independiente por la JEP.

Por Redacción Judicial

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