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Ordenan a De la Espriella suspender bombardeos en zonas donde pueda haber menores de edad

El juzgado 34 de familia de Bogotá admitió una tutela en la que se pedía frenar operaciones aéreas ofensivas” sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados". Aunque no se ha resuelto de fondo, el juez ordenó la medida cautelar. Acá los detalles.

Redacción Judicial

03 de septiembre de 2026 - 12:27 p. m.
El presidente Abelardo de la Espriella lideró consejo de seguridad en Cúcuta tras atentado en Los Patios (Norte de Santander). Lo acompañó el ministro del Interior, Rodrigo Lara, y el ministro de Defensa, Jorge Mora.
Foto: Cor
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Un juzgado de Bogotá acaba de ordenarle al gobierno de Abelardo de la Espriella que suspenda inmediatamente cualquier bombardeo en zonas donde pueda haber presencia de menores de edad. Así lo determinó la justicia al admitir una tutela en la que, dentro de otras cosas, se solicitó “frenar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados”.

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Concretamente la decisión del juzgado 34 de familia de Bogotá ordena al gobierno de De la Espriella que “se abstengan de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados, hasta tanto se adopten y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias y se determine, conforme a la información disponible y a los protocolos operacionales aplicables, que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo perseguido”.

Asimismo, advirtió a las autoridades que “deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de esta determinación, observando el interés superior y la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los principios de distinción, precaución y proporcionalidad y las obligaciones constitucionales e internacionales aplicables a la protección de la niñez en contextos de conflicto armado”.

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La acción fue presentada en contra del jefe de Estado, Abelardo de la Espriella; el ministro de Defensa, Jorge Mora; el ministro del Interior, Rodrigo Lara; el comandante de las Fuerzas Militares, el general Erik Rodríguez; el comandante del Ejército, el general José Bertulfo Soto; el comandante de la Fuerza Aeroespacial, el general Juan Jaime Martínez; y el comandante de la Armada, el vicealmirante Javier Alfonso Jaime.

La decisión se da en el marco de la polémica por la muerte de por lo menos cuatro menores de edad en dos bombardeos adelantados por el nuevo gobierno. El primero, ocurrido el pasado 10 de agosto en el Catatumbo, donde murió un menor de 16 años; el segundo, en Guaviare, el pasado 27 de agosto, en el que murieron dos menores de 15 años y uno de 16, como resultado de la Operación Amon, contra las disidencias de alias Calarcá.

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En su momento, el ministro de Defensa salió a decir que los menores “eran combatientes”. Según dijo, el gobierno de Abelardo de la Espriella “observó todos los estándares legales para los ataques aéreos estratégicos durante el planeamiento y la ejecución” de la ofensiva.

A través de un comunicado el jefe de la cartera de Defensa, el general en retiro Jorge Mora, señaló que la operación en cercanías del rio Inirida, en el municipio de El Retorno (Guaviare) tenía como objetivo una estructura del Bloque Jorge Suárez Briceño, liderada por alias Cotiz. En ella, dice, murieron 10 personas, según el alto funcionario, “todos ellos combatientes”.

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Sobre la muerte de los menores dijo que “el reclutamiento y la utilización de menores de edad en el conflicto constituye un crimen de guerra y una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario”. Tras conocerse que tres de los muertos eran menores de edad, aseguró que “es clara la responsabilidad de los Grupos Armados Organizados narco terroristas, que infringen no solo el Estatuto de la Corte Penal Internacional, como también la normatividad nacional que establece como tipo penal el reclutamiento ilícito”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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